Subvenciones para la mejora de infraestructuras de telecomunicaciones en edificios

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Ofrecer ayudas económicas para mejorar las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios residenciales y edificios de entidades públicas, facilitando el acceso a servicios de radiodifusión sonora, televisión digital y banda ancha ultrarrápida.

¿Quién puede solicitarlo?

Comunidades de propietarios de edificios o conjuntos de edificaciones sujetos al régimen de propiedad horizontal y entidades del sector público que necesiten adaptar las instalaciones de telecomunicaciones en sus edificios.

Requisitos principales

  • Cumplir con los requisitos del punto 4.1 de la ORDEN VPD/112/2022.
  • Presentar certificado del acuerdo de la junta de propietarios.
  • Presentar informe técnico de renovación.
  • Presentar presupuesto desglosado de la actuación acordada.
  • Cumplir con el código ético del punto 4.2 de la misma Orden.

Plazos

Solicitud: del 30 de agosto al 31 de octubre de 2024. Ejecución de actuaciones: hasta el 31 de diciembre de 2024. Justificación: máximo tres meses desde la finalización de la actuación, con fecha límite el 31 de diciembre de 2024.

Duración del trámite

Máximo 6 meses desde la solicitud.

Información adicional

Las subvenciones se conceden por orden de presentación de las solicitudes con la documentación completa hasta agotar el presupuesto disponible. El importe de la subvención no puede superar el coste de la actividad subvencionada.

Resumen

Este trámite permite solicitar subvenciones para mejorar las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios, facilitando el acceso a servicios de radiodifusión sonora, televisión digital y banda ancha ultrarrápida.

Quién puede usar este servicio:

  • Comunidades de propietarios de edificios o conjuntos de edificaciones sujetos al régimen de propiedad horizontal.
  • Entidades del sector público que necesiten adaptar las instalaciones de telecomunicaciones en sus edificios.

Antes de empezar:

  • Asegúrate de cumplir con los requisitos y tener la documentación necesaria.
  • Ten en cuenta que las subvenciones se conceden por orden de presentación de solicitudes completas.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Documentación indicada en el Real Decreto 990/2021 para la solicitud.
  • Documentación indicada en el punto 14.2 de la ORDREN VPD/112/2022 para la justificación.
  • Certificado del acuerdo de la junta de propietarios (modelo normalizado).
  • Informe técnico de renovación (modelo normalizado).
  • Presupuesto desglosado de la actuación acordada (modelo normalizado).

Requisitos previos:

Costes y plazos:

  • Este trámite no tiene tasas asociadas.
  • Plazo de solicitud: del 30 de agosto al 31 de octubre de 2024.
  • Plazo de ejecución de actuaciones: hasta el 31 de diciembre de 2024.
  • Plazo de justificación: máximo tres meses desde la finalización de la actuación, con fecha límite el 31 de diciembre de 2024.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Solicitar: Presentar la solicitud online a través de los enlaces proporcionados.
  2. Consultar el estado del trámite: Verificar el estado de la solicitud en el área privada o mediante el teléfono 012.
  3. Presentar documentación o desistir: Aportar documentación adicional si es necesario o desistir de la solicitud.
  4. Recibir la respuesta de la Administración: La resolución se notificará en un plazo máximo de seis meses.
  5. Justificar y recibir la subvención: Presentar la documentación justificativa y recibir el pago.

Información sobre cada etapa:

  • Solicitar: El trámite solo se puede realizar por internet. Es necesario disponer de firma digital.
  • Consultar el estado del trámite: Se puede consultar el estado a través del área privada, el estado de mis gestiones o el teléfono 012.
  • Presentar documentación o desistir: Se puede aportar documentación adicional o desistir de la solicitud mediante los formularios disponibles.
  • Recibir la respuesta de la Administración: La resolución se notificará en el tablero electrónico de la Administración de la Generalitat de Cataluña.
  • Justificar y recibir la subvención: Se debe presentar la documentación justificativa en el plazo establecido para recibir el pago.

Tiempos de espera:

  • El plazo máximo para recibir respuesta es de seis meses desde la fecha de solicitud.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • Una vez verificada la justificación, se realizará el pago de la subvención.

Plazos de resolución:

  • El plazo máximo de resolución es de seis meses desde la fecha de solicitud.

Siguiente pasos:

  • Ejecutar la actuación subvencionada antes del 31 de diciembre de 2024.
  • Presentar la documentación justificativa en el plazo establecido.

Ayuda

Contacto:

Recursos adicionales:

Pasos a realizar

  1. Solicitar
  2. Consultar el estado del trámite
  3. Presentar documentación o desistir
  4. Recibir la respuesta de la Administración
  5. Justificar y recibir la subvención

Preguntas frecuentes


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