Subvenciones para la internacionalización de la moda (programa 6)
El objetivo de este programa es estimular y promover la participación individual de los diseñadores y marcas de moda en showrooms comerciales internacionales temporales de moda y/o ferias internacionales y aumentar la presencia de diseñadores y marcas catalanas en el exterior y potenciar la diversificación de mercados.
Leer másEl plazo para presentar las solicitudes es del 4 al 26 de julio.
A quién va dirigido
A empresas de diseño de moda que participen en espacios de venta efímeros temporales internacionales.
Organismo responsable
Normativa
Trámites relacionados
- Subvenciones a la competitividad de la empresa de comercio y servicios a través de las entidades (programa 1)
- Subvenciones para el favorecimiento de la continuidad de los locales comerciales (programa 2)
- Subvenciones para la implementación de herramientas de innovación tecnológica (programa 3)
- Subvenciones para la participación en actividades feriales sectoriales, multisectoriales y profesionales del comercio y los servicios en Cataluña (programa 4)
- Subvenciones para la comercialización de la artesania (programa 5)
Solicitar la subvención
Plazos
El plazo para presentar las solicitudes es del 4 al 26 de julio.
Documentación
Con la solicitud se ha presentar la documentación que se relaciona a continuación:
- Anexo de datos específicos, según modelo normalizado (versión catalana).
- Plan de Expansión Internacional de la marca/empresa.
Requisitos
Las personas y las entidades solicitantes han de cumplir los requisitos recogidos en la base 3 y la base 6.4 del anexo 2 de la RESOLUCIÓN por la cual se aprueban las bases reguladoras para la concessión de subvencions en el ámbito del comercio, de los servicios, la artesania y la moda para el año 2016, y se abre la convocatòria correspondiente.
Requisitos específicos según base 6.4 anexo 2:
- Que la inversión mínima subvencionable para la totalidad de los gastos de participación en las diferentes actuaciones sea de 1.000 euros, siendo el gasto de cada una de las ferias de, como mínimo, 500 euros.
- Que el showroom, feria, etc. se realice fuera del Estado Español.
Tasas
No hay tasas asociadas a este trámite.
Otras informaciones
Tipología de acciones subvencionables:
Participación como expositores en showrooms y/o ferias u otros acontecimientos similares internacionales que se realicen fuera de Cataluña y del Estado Español.
Cuantía de la subvención
- Pequeñas y medianas empresas:
- Por ferias, showrooms comerciales y otros similares que tengan lugar en la Unión Europea, hasta el 20% de los gastos subvencionables.
- Por ferias, showrooms comerciales y otros similares que tengan lugar fuera de la Unión Europea, hasta el 50% de los gastos subvencionables.
- Para microempresas y autónomos:
- Por ferias, showrooms comerciales y otros similares que tengan lugar en cualquier ciudad fuera de Cataluña y del Estado Español, hasta el 50% de los gastos subvencionables.
La máxima cuantía que se podrá otorgar por beneficiario será 5.000 euros.
Gastos subvencionables
Los gastos derivados de la participación en showroom, feria, etc. y que estén clasificadas como:
- Transporte y seguro de la colección / productos a exponer.
- Contratación del espacio donde se haga el showroom / exposición.
- Producción del espacio del showroom / exposición.
- Promoción de la participación en el showroom / exposición.
Otras
En todas las actuaciones tiene que constar el patrocinio y logotipo del Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña, siguiendo las indicaciones del apartado 21.2 de las bases o de la página web www.ccam.cat. Las propuestas de los materiales se tienen que enviar a la dirección electrónica ccam@gencat.cat, con el fin de poder obtener el visto bueno previo del Consorci de Comerç, Artesania i Moda de Catalunya.
Plazos
Del04.07.2016al 26.07.2016
Por internet
¿Cómo hacerlo?
- Descargar el formulario de solicitud y el Anexo de datos específicos según modelo normalizado.
- Rellenar y validar el formulario y el documento Anexo de datos específicos. Adjuntar en el apartado "Otra documentación adjunta" del formulario Anexo de datos específicos y aquella documentación que se considere adecuada.
- Guardar el formulario en vuestro ordenador.
- Enviar el formulario.
- La persona solicitando recibirá el acuse de recibo y copia del formulario enviado. Si no se recibe esta información quiere decir que el proceso no se ha finalizado correctamente
Para poder obtener la identificación digital las personas solicitantes se pueden dirigir a las oficinas incluidas en la web del idCAT. Pueden consultar también el dossier "Qué hay que hacer si quiero utilizar un certificado digital".
Si se hace el trámite sin certificado digital es imprescindible que, una vez enviado el formulario de solicitud y en un plazo máximo de diez días hábiles, se presenten ambos documentos debidamente firmados a las Oficinas de Gestión Empresarial (OGE) o al Consorci de Comerç, Artesania i Moda de Catalunya (CCAM).