Subvenciones para la financiación a centros privados del Servicio de Educación de Cataluña en entornos desfavorecidos
Información Rápida
Objetivo
Esta subvención busca dar financiación adicional a centros privados que ofrecen el Servicio de Educación de Cataluña en entornos socioeconómicos desfavorecidos, evitando la discriminación del alumnado de familias con menos recursos.
¿Quién puede solicitarlo?
Centros educativos de titularidad privada que tengan concierto educativo para las enseñanzas de educación infantil de segundo ciclo, educación primaria, educación secundaria obligatoria o educación especial, y que tengan un porcentaje superior al 10% de alumnos con necesidades educativas específicas derivadas de situaciones socioeconómicas o socioculturales desfavorecidas.
Requisitos principales
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y la Generalitat, y de las obligaciones con la Seguridad Social.
- No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
- Cumplir con las obligaciones que establecen los artículos 32, 33 y 36 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.
- Estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
- Cumplir con la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales.
- Cumplir con la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal.
- Cumplir con la normativa vigente en materia de transparencia.
Plazos
Plazo de solicitud: del 27/02/2025 al 12/03/2025. Plazo para aportar documentación: del 27/02/2025 al 31/12/2025. Plazo para justificar la subvención: del 01/09/2025 al 30/09/2025.
Duración del trámite
6 meses (plazo máximo para recibir respuesta)
Información adicional
La finalidad de la subvención es evitar la discriminación del alumnado de familias en situación económica más desfavorecida, supliendo las aportaciones que las familias no pueden realizar por motivos económicos y que sirven para financiar las actividades complementarias del centro.
Resumen
Este trámite permite solicitar subvenciones para financiar centros privados del Servicio de Educación de Cataluña en entornos desfavorecidos durante el curso 2024-2025. El objetivo es evitar la discriminación del alumnado de familias con dificultades económicas.
Quién puede usar este servicio:
Entidades titulares de centros educativos privados concertados que cumplan ciertos requisitos.
Antes de empezar:
Es importante revisar los requisitos y la documentación necesaria para realizar la solicitud.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Poderes o documentación acreditativa de la representación, si procede.
- Escritura digitalizada de constitución pública y de los estatutos, y de todas las modificaciones.
- Evidencia de haber hecho accesibles al público las cuentas anuales en caso de asociaciones.
- Certificación emitida por un auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, en caso de sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 3/2004.
- Cualquier otra documentación que se establezca en la convocatoria correspondiente.
- Memoria explicativa del cumplimiento de la finalidad y de la actividad subvencionada.
- Memoria económica.
- Declaración de la persona titular del centro conforme la subvención concedida se ha destinado íntegramente a las actividades subvencionadas.
- Declaración de la titularidad del centro conforme no se ha discriminado económicamente a ningún alumno.
Requisitos previos:
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- No encontrarse en ninguna de las circunstancias que impiden ser beneficiario de una subvención.
- Cumplir con la normativa de política lingüística.
- Estar al corriente de pago por reintegro de subvenciones.
- Cumplir con la normativa de prevención de riesgos laborales.
- Cumplir con la normativa de protección de datos.
Costes y plazos:
- Este trámite no tiene coste.
- Plazo de solicitud: del 27/02/2025 al 12/03/2025.
- Plazo para aportar documentación: del 27/02/2025 al 31/12/2025.
- Plazo para justificar la subvención: del 01/09/2025 al 30/09/2025.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Solicitar la subvención: A través de internet, en el plazo indicado.
- Aportar documentación: Adjuntar la documentación requerida a través de internet.
- Recibir respuesta de la Administración: La resolución se publicará en el DOGC y en el Tablero electrónico de la Generalitat de Cataluña.
- Justificar la subvención: Presentar la justificación a través de internet.
- Recibir la subvención: Se realizará en dos pagos, un anticipo del 80% y un pago final del 20% tras la justificación.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
Una vez presentada la solicitud y la documentación, la Administración valorará la solicitud y emitirá una resolución.
Plazos de resolución:
El plazo máximo para recibir respuesta es de 6 meses a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOGC.
Siguientes pasos:
En caso de concesión, justificar la subvención en el plazo establecido para recibir el pago restante.
Ayuda
Contacto:
- Buzón de contacto: https://ovt.gencat.cat/gsitfc/AppJava/generic/conqxsGeneric.do?webFormId=391&topicLevel1.id=860&topicLevel2.id=19023&topicLevel3.id=25930&set-locale=ca_ES
Recursos adicionales:
- Normativa relacionada: Resolución EDF/554/2025, Orden EDF/262/2024