Subvenciones para la elaboración y mejora de instrumentos de descripción de fondos del patrimonio documental de Cataluña custodiados en archivos
Son subvenciones para apoyar la elaboración de instrumentos de descripción de fondos documentales que formen parte del patrimonio documental de Cataluña y que estén custodiados en archivos
La finalidad es contribuir a la elaboración del Inventario del Patrimonio Cultural Catalán con respecto al ámbito del patrimonio documental.
Las bases específicas establecen las siguientes definiciones:
a) Instrumento de descripción: término genérico que engloba cualquier medio de descripción o de referencia elaborado o recibido por un archivo en el proceso de establecimiento de un control administrativo o intelectual de la documentación. Los instrumentos de descripción fundamentales son las guías, inventarios, catálogos, registros, índices, etc.
b) Norma de Descripción Archivística de Cataluña (NODAC): es el instrumento creado para desarrollar la ISAD (G), para hacerla compatible con otras normas específicas y para adecuarla a la realidad de los archivos de Cataluña. La NODAC convierte en la herramienta que los archivos catalanes deben utilizar para la elaboración de las descripciones archivísticas.
Estas subvenciones son de tramitación telemática obligatoria y necesitará disponer de un certificado digital para poder tramitar la solicitud. Es necesario navegar con el Firefox o on el Google Chrome.
Ofrecemos un servicio para ayudarle a cumplimentar y tramitar las solicitudes telemáticamente. Puede enviar un correo electrónico a osic@gencat.cat para acogerse a este servicio.
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Plazo de solicitud: del 12 al 25 de abril de 2016
A quién va dirigido
A las entidades locales o entes dependientes que sean titulares de archivos.
Organismo responsable
- Departament de Cultura
- Oficina de Suport a la Iniciativa Cultural
- Centre de Restauració de Béns Mobles de Catalunya
Normativa
Documentación relacionada
Solicitar la subvención
Plazos
El plazo para presentar las solicitudes es del 12 al 25 de abril de 2016.
Documentación
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
- Proyecto de actividad o actuación
- Presupuesto completo y detallado del proyecto
- Declaración responsable sobre la categoría profesional de la persona que dirige el archivo.
- Documentación acreditativa según la cual cumple los requisitos del artículo 21 de la Ley 10/2001, de 13 de julio, de archivos y gestión de documentos y el artículo 8 del Decreto 190/2009, de 9 de diciembre, de los requisitos de los archivos del Sistema de Archivos de Cataluña, del procedimiento de integración y del Registro de Archivos de Cataluña.
- Documentación de la trayectoria académica técnica y titulación del archivero o archivero responsable del proyecto, en caso de que esta persona no ocupe una plaza de técnico archivero.
- Si de la consecución del proyecto deriva la necesidad de adquirir material específico de archivo (material fungible y no inventariable), se tienen que aportar los presupuestos correspondientes.
A partir del día siguiente de la publicación de la relación provisional de subvenciones concedidas, los solicitantes propuestos dispondrán de 10 días hábiles para presentar la documentación siguiente:
- Documento de aceptación de la subvención
Requisitos
- Realizar la actividad subvencionada dentro del año natural.
- Realizar la actividad subvencionada en el ámbito territorial de Cataluña.
- No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones , que imposibilitan convertirse en beneficiario de las subvenciones.
- En cumplimiento del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, ninguna entidad (pública o privada) podrá ser beneficiaria de una subvención si se encuentra en una de las circunstancias de crisis que establece la UE en el Reglamento 651/2014. Esta medida afecta a las sociedades mercantiles (SA, SL) públicas y privadas, pero también asociaciones, fundaciones, cooperativas, autónomos o profesionales, ONG, etc. que tengan una actividad económica. Por actividad económica se entiende el ofrecimiento de bienes y servicios en un mercado para conseguir unos ingresos, a pesar de que su finalidad sea social o sin ánimo de lucro.
- Cumplir con las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalidad de Cataluña, y con las obligaciones de la Seguridad Social.
- Cumplir con los requisitos que la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística , establece en los artículos siguientes:
- Artículo 36.4, que obliga a que los carteles de los centros de trabajo y las informaciones que haya en su interior, estén por lo menos en catalán.
- Artículos 32.1 y 32.3, que obligan a que las empresas que tengan establecimientos abiertos al público en Cataluña puedan atenderlo en catalán y que tanto la señalización y carteles como la documentación de su oferta comercial estén al menos en catalán.
- Si se dispone de una plantilla igual o superior a 50 personas, dar ocupación, al menos, a un 2% de trabajadores con disminución sobre la plantilla total, o bien aplicar las medidas que establecen el artículo 38 de la Ley 13/1982, de 7 de abril , el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril , y el Decreto 322/2011, de 19 de abril .
- Si la plantilla es igual o superior a 25 personas, disponer, con el acuerdo de los agentes sociales, de los medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo y utilizarlos adecuadamente, tal como disponen los artículos 5 y 29 de la Ley 5/2008, de 24 de abril , del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
- Si para la realización de la actividad objeto de la subvención se utiliza cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor, debe cumplirse con lo que dispone la normativa sobre propiedad intelectual.
- Ser titular de un archivo que cumpla los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Ley 10 / 2001, de 13 de julio, de archivos y documentos:
a) Aplicar el sistema de gestión de la documentación que corresponda a los fondos que reúnen, de acuerdo con las normas técnicas básicas fijadas por la Administración de la Generalidad.
b) Disponer del personal suficiente: los archivos deben contar con personal técnico y cualificado suficiente en número para cubrir las necesidades del archivo y para alcanzar los objetivos de la Ley 10/2001. La dirección y el personal técnico de los archivos deben tener las titulaciones, la formación y las condiciones que se establece en el artículo 8 del Decreto 190/2009, de 9 de diciembre, de los requisitos de los archivos del Sistema de Archivos de Cataluña, del procedimiento de integración y del Registro de Archivos de Cataluña.
c) Disponer de las instalaciones necesarias para garantizar la preservación de los fondos documentales y tener unas instalaciones y un horario de apertura al público que permitan su acceso. El horario de servicio al público debe ser de un mínimo de diez horas semanales.
El instrumento de descripción de fondos documentales debe aplicar la Norma de Descripción Archivística de Cataluña (NODAC).
Solo se admite un proyecto de actuación por solicitante.
No son admitidas las solicitudes que se refieran a proyectos de actuación genéricos.
Tasas
No hay tasas asociadas a este trámite.
Otras informaciones
Criterios de valoración
La valoración de los proyectos se tiene que hacer de acuerdo con los criterios siguientes:
a) El valor cultural del fondo documental desde el punto de vista de la función social inherente al patrimonio documental o, a los efectos de dar publicidad activa de los instrumentos de descripción, el grado de relevancia del fondo o serie documental a describir (hasta 3 puntos).
b) El grado de corrección metodológica del proyecto (hasta 2 puntos).
c) Viabilidad técnica del proyecto presentado (hasta 2 puntos).
d) Viabilidad económica de la actuación (hasta 1 punto).
e) El grado de adecuación a los requerimientos que establecen los estándares nacionales e internacionales en descripción documental. (hasta 1 punto).
f) El equilibrio territorial (hasta 1 punto).
Para poder ser beneficiario de la subvención hace falta que el proyecto obtenga un mínimo de 1,5 puntos por el criterio que establece el apartado 7.1.a; 1 punto, como mínimo, por cada uno de los criterios que establecen los apartados 7.1.b y 7.1.c, y un mínimo de 5 puntos sobre la puntuación total.
Comisión de valoración
Los nombres de las personas que forman parte de la comisión de valoración se publicaran en breve
Plazos
Del12.04.2016al 25.04.2016
Por internet
Consulte las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)
Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs
Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya
Calle Provença 339, 08037, Barcelona
Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)
Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus
Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)
Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona
Tel. 932723100
Consorci Hospitalari de Vic
Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic
Tel. 938891111
Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)
Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona
Tel. 932275706
Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)
Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona
Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)
Carrer Girona 20, 08010, Barcelona
Consorci del Parc Fluvial del Llobregat
Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella
Tel. 938250689
Cataluña Radio
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