Subvenciones para el fomento de la adquisición de vehículos de bajas emisiones destinados al servicio de taxi que operan en zonas de protección especial del ambiente atmosférico

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Son subvenciones destinadas a la compra de vehículos de bajas emisiones para el servicio de taxi que operan en zonas de protección especial del ambiente atmosférico con el objetivo de mejorar la calidad del aire en aquellos municipios donde existe una elevada densidad de tráfico.
El plazo para efectuar la compra subvencionada es desde el 1 de julio de 2014 hasta el último día de presentación de las solicitudes.
Son objeto de la subvención la compra de los vehículos siguientes:

  • Vehículos eléctricos puros.
  • Vehículos eléctricos de autonomía extendida y vehículos híbridos enchufables.
  • Vehículos híbridos no enchufables de gasolina con emisiones inferiores o iguales a 120 g CO2/km y 60 mg NOx/km (Euro 5 o superior).
  • Vehículos que utilicen como fuente de energía GLP y gas natural, o bifuel con motor de gasolina.
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El plazo para presentar las solicitudes es desde el 5 de febrero de 2015 hasta el 4 de abril de 2015 (incluido).

A quién va dirigido

  • A personas físicas o jurídicas titulares de una licencia de taxi.
  • A personas jurídicas que establezcan un contrato de renting o leasing con titulares de una licencia de taxi.

En cualquiera de los casos, la licencia de taxi debe ser del Área Metropolitana de Barcelona o de cualquiera de los municipios que están dentro de la zona de protección especial del ambiente atmosférico: Martorell, Rubí, Sabadell, Sant Quirze del Vallès, Santa perpetua de Mogoda, Terrassa, Granollers, la Llagosta, Martorelles, Mollet del Vallés, Montmeló, Montornès del Vallès, Parets del Vallés o Sant Fost de Campsentelles.

Organismo responsable

Normativa

Solicitar la subvención

Plazos

El plazo para presentar las solicitudes es desde el 5 de febrero de 2015 hasta el 4 de abril de 2015 (incluido).

Documentación

Documentación que debe adjuntarse a la solicitud:

  1. Fotocopia compulsada u original y fotocopia del documento acreditativo de la representación en el caso de personas físicas que actúan mediante representante.
  2. Fotocopia compulsada u original y fotocopia del contrato de compra del vehículo.
  3. Fotocopia compulsada u original y fotocopia de la factura de compra debidamente desglosada.
    En la factura deberá constar la matrícula o bastidor, marca, modelo y versión del vehículo adquirido.
  4. Justificación del pago de la compra del vehículo.
  5. Fotocopia compulsada u original y fotocopia de la licencia de taxi emitida por la administración correspondiente.
  6. En el caso de personas jurídicas que establezcan un contrato de renting o leasing con el titular de una licencia de taxi, la empresa que compra el vehículo deberá entregar fotocopia compulsada u original y fotocopia de la licencia del taxi en la que estará vinculada la ayuda, así como un certificado en el que se comprometa a repercutir el total de la subvención al titular de la licencia de taxi, mediante una reducción de las cuotas de renting o leasing.
  7. Fotocopia compulsada u original y fotocopia de la ficha técnica del vehículo adquirido, especificando la cifra de las emisiones de CO2 (g/km) y NOx (mg/km) o sinó, en lo que respecta a NOx, el estándar euro y el combustible o sistema de propulsión utilizado.
  8. En el supuesto de vehículos híbridos no enchufables y en los casos en los que la ficha técnica no especifique las emisiones de CO2 (g/km) y NOX (mg/km), se deberán justificar las emisiones con otra documentación oficial del fabricante.
  9. Los vehículos transformados a vehículos a gas, deberá presentarse la correspondiente homologación del departamento de la Administración de la Generalitat de Cataluña competente en materia de industria, la fecha de la cual deberá corresponder también al período comprendido desde el 1 de julio de 2014 hasta el último día de la presentación de las solicitudes.
  10. Solicitud de transferencia bancaria (Word o PDF) para pagos de la Tesorería de la Generalitat de Cataluña a acreedores/as, que consta adjunto al modelo normalizado de solicitud, debidamente cumplimentado.


El Departamento de Territorio y Sostenibilidad comprobará de oficio los datos siguientes:

  • DNI del solicitante, en el caso de personas físicas.
  • NIF de la persona solicitante, en el caso de personas jurídicas.
  • DNI de la persona que representa a la persona física o jurídica solicitante.
    En el supuesto de que denegueis expresamente comprobar de oficio los datos anteriores, debereis aportar, junto con la solicitud, fotocopia compulsada u original y fotocopia de la documentación acreditativa.
  • Inscripción y estatutos de la persona jurídica en los registros correspondientes.
  • Representación de las personas jurídicas.


No es necesario presentar la documentación si ya ha sido presentada en el Departamento de Territorio y Sostenibilidad siempre que no hayan transcurrido cinco años desde su presentación y no se hayan modificado los datos.

Requisitos

  1. No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  2. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Generalitat de Cataluña y con la Administración General del Estado, y de las obligaciones ante la Seguridad Social.
  3. En el caso de personas jurídicas, estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente.
  4. En el caso de empresas con establecimientos abiertos al público: cumplir las obligaciones que establecen los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de Política Lingüística.
  5. En el caso de empresas sin establecimientos abiertos al público: cumplir las obligaciones que establece el artículo 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de Política Lingüística.
  6. En el caso de empresas con 50 trabajadores/as o más: dar empleo a personas con discapacidad en un porcentaje mínimo de un 2% de la plantilla respectiva, en cumplimiento de la obligación prevista en el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de Minusválidos, o del cumplimiento alternativo de la cuota de reserva a favor de las personas con discapacidad que regulan el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, y el Decreto 322/2011, de 19 de abril.
  7. En el caso de empresas con una plantilla igual o superior a 25 personas: utilizar medios, con el acuerdo de los agentes sociales, para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo e intervenir en los centros de trabajo.
  8. En el caso de empresas, no haber recibido ayudas de minimis por importe superior a 200.000 euros, incluida la ayuda que se solicita, durante el ejercicio fiscal en curso en el momento de la publicación de la convocatoria y los dos anteriores.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.


Otras informaciones

Se considera gasto subvencionable el importe de la compra del vehículo.

El importe de las subvenciones a otorgar en esta convocatoria es:

  • Por la compra de un vehículo eléctrico puro 4.000 ?
  • Por la comprade un vehículodel restode tipologíasprevistas en la base2.1 de la Orden TES/291/2014,de 23 de septiembre: 1.000 ?

Sólo será subvencionable el IVA que grava el valor de los gastos encaso de que el/la beneficiario/a de la subvención tenga la consideración de consumidor/a final.

La concesión estará supeditada a la fecha de presentación de la solicitud con la documentación completa, hasta agotar el crédito disponible en la convocatoria.

Plazos

Del05.02.2015al 04.04.2015

Presencialmente


Puntos de tramitación

También se puede presentar:

  • En cualquiera de los lugares previstos en el artículo 25 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de Régimen Jurídico y de Procedimiento de las Administraciones Públicas de Cataluña, en relación con el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

Tel. 902627781

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