Subvenciones para el favorecimiento de la continuidad de los locales comerciales (programa 2)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración

El objetivo de este programa es el de dinamizar el comercio mediante proyectos de recuperación de los locales situados en la trama urbana consolidada del municipio, o en el casco histórico y sus ensanches con el fin de garantizar el mix comercial óptimo y adecuado a cada zona, incrementando el atractivo y evitando la ruptura del contínuo comercial.

Leer más

Para garantizar que se está utilizando la última versión de los formularios en el momento de la tramitación, hace falta que cada vez que se tengan que utilizar, los descargéis. Si reutilizáis los documentos para otras ocasiones, puede pasar que se prente una versión obsoleta.

El plazo para presentar las solicitudes es del 4 de julio de 2016 hasta al 31 de diciembre de 2016, o hasta agotar el presupuesto.

A quién va dirigido

A empresas de comercio, servicios, artesanía y moda.

Organismo responsable

Normativa

Trámites relacionados

Solicitar la subvención

Plazos

El plazo para presentar las solicitudes es del 4 de julio de 2016 al 31 de diciembre de 2016, o hasta agotar presupuesto.

Documentación

Con la solicitud se tiene que adjuntar la documentación que se detalla a continuación:

  • Documentación gráfica (fotografía del interior y la fachada del establecimiento o equivalente) que acredite que el local estaba desocupado antes de realizar la actuación para la cual se solicita la subvención.
  • Presupuesto detallado de la actuación.

Requisitos

Las personas y las entidades solicitantes han de cumplir los requisitos recogidos en la base 3 y la base 2.4 del annexo 2 de la RESOLUCIÓN por la cual se aprueban las bases reguladoras para la concessión de subvencions en el ámbito del comercio, de los servicios, la artesania y la moda para el año 2016, y se abre la convocatòria correspondiente.

Requisitos según la base 2.4 del anexo 2

  • Que la inversión mínima subvencionable sea de 1.000,00 euros.
  • En caso de compra, ser el titular del contrato de compra.
  • En caso de alquiler o autorización de uso, ser el titular del contrato de arrendamiento del local comercial o de la utilización del uso.
  • En caso de concesión administrativa, ser el titular de la concesión administrativa del local comercial.
  • Sólo pueden ser objeto de este programa aquellos establecimientos que estén desocupados en el momento de su compra, alquiler u otorgamiento de la concesión administrativa o uso, y los establecimientos provenientes de una compra/venta del negocio por falta de relevo<A[relevo|relieve]>
  • Los establecimientos se tienen que destinar a la explotación de alguna actividad de comercio al detalle, de promoción de la artesanía o de impulso a la moda.
  • Tienen que disponer del correspondiente permiso municipal.
  • Quedan excluidas aquellas inversiones que superen los 60.000,00 euros.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

Tipología de acciones subvencionables:

  • La compra, arrendamiento o concesión administrativa de locales.
  • El uso de escaparates de locales cerrados.
  • La continuidad de la empresa comercial.
  • La ampliación de la superficie de venta anexionando un nuevo local.

Cuantía de la subvención

Hasta el 50% de los gastos subvencionables con un máximo de 3.000,00 euros.

Conceptos subvencionables

  • Los gastos generados por la compra, el alquiler o los trámites de la concesión administrativa.
  • Los gastos derivados de la apertura del establecimiento (obras, proyectos de interiorismo, instalaciones, mobiliario, actuaciones de mejora de escaparates, etc.).

Otras

En todas las actuaciones tiene que constar el patrocinio y logotipo del Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña, siguiendo las indicaciones del apartado 21.2 de las bases o de la página web www.ccam.cat. Las propuestas de los materiales se tienen que enviar a la dirección electrónica ccam@gencat.cat, con el fin de poder obtener el visto bueno previo del Consorci de Comerç, Artesania i Moda de Catalunya.

Plazos

Del04.07.2016al 31.12.2016

Por internet

¿Cómo hacerlo?

  1. Descargar el formulario de solicitud.
  2. Rellenar y validar el formulario. Adjuntar en el apartado "Otra documentación adjunta" del formulario aquella documentación que se considere adecuada.
  3. Guardar el formulario en vuestro ordenador.
  4. Enviar el formulario.
  5. La persona solicitante recibirá el acuse de recibo y copia del formulario enviado. Si no se recibe esta información quiere decir que el proceso no se ha finalizado correctamente.

Para poder obtener la identificación digital las personas solicitantes se pueden dirigir a las oficinas incluidas en la web del idCAT. Pueden consultar también el dossier "Qué hay que hacer si quiero utilitzar un certificado digital".

Si se hace el trámite sin certificado digital es imprescindible que, una vez enviado el formulario de solicitud y en un plazo máximo de diez días hábiles, se presenten ambos documentos debidamente firmados a las Oficinas de Gestión Empresarial (OGE) o al Consorci de Comerç, Artesania i Moda de Catalunya (CCAM).


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.