Subvenciones para el desarrollo de iniciativas que contribuyan al fomento del periodismo y al fortalecimiento del espacio catalán de comunicación

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Son subvenciones para apoyar iniciativas en el ámbito de los medios de comunicación.
Son actuaciones subvencionables:

  • Realización de actividades formativas, informativas y de difusión; organización de cursos, congresos, jornadas, seminarios, conferencias, exposiciones, formación profesional y otros que tiendan a la difusión y el conocimiento de los medios de comunicación y el periodismo.
  • Actuaciones de investigación, estudios e investigaciones en el ámbito de los medios de comunicación.
  • Proyectos de modernización y mejora tecnológica.
  • Actividades que fomenten la cohesión social y territorial de barrios, municipios o comarcas en relación con el medio de comunicación.
  • Creación de nuevas áreas, departamentos o unidades en beneficio de la gestión interna de la entidad y los servicios que ofrece en el ámbito de los medios de comunicación.
  • Iniciativas dirigidas a ampliar el mapa informativo y comunicativo del sector.
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Fuera de plazo.

A quién va dirigido

A fundaciones y asociaciones relacionadas con el fomento de los medios de comunicación.
A organizaciones representativas de los empresarios o de los trabajadores.
A los colegios profesionales.
A agrupaciones de personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, aunque no tengan personalidad jurídica.

Organismo responsable

Normativa

Documentación relacionada

Solicitar la subvención

Plazos

Fuera de plazo.

Documentación

Para solicitar una subvención es necesario aportar la siguiente documentación:
1. La solicitud rellenada, de acuerdo con el formulario normalizado, que contendrá:

  • La memoria detallada y explicativa de la actuación para la que se solicita la subvención.
  • El presupuesto total de ingresos y gastos de la actuación, desglosado por partidas.
  • La autorización expresa para la utilización de cualquiera de los contenidos de la publicación objeto de la subvención para su difusión en el ámbito interno de la Generalidad de Cataluña.

2. Un ejemplar reciente de la publicación, en caso de ayudas a prensa en soporte papel. Cuando la solicitud se realice por medios telemáticos, el ejemplar de la publicación se puede enviar en formato digital.

En el formulario de solicitud deben constar las declaraciones y la memoria siguientes:

  1. Declaración responsable de no estar sometido a ninguno de los supuestos de prohibición de obtener subvenciones, de conformidad con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  2. Declaración de no estar sometido a ninguno de los supuestos de prohibición establecidos por el artículo 92 bis del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre.
  3. Declaración sobre si se han solicitado u obtenido otras ayudas públicas o privadas para la misma actuación, incluidos los importes solicitados y concedidos.
  4. Declaración responsable conforme se ha emitido certificado del órgano competente de la entidad donde consta la aprobación de la realización de la actuación para la que se solicita la subvención.
  5. Declaración responsable conforme se ha emitido certificado del órgano competente de la entidad donde se acredita que hay previsión de crédito para atender la aportación propia prevista en el plan de financiación de la actuación.
  6. Declaración conforme cumple los requisitos de los artículos 33 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística, respecto a los centros laborales y en las empresas que tengan establecimientos abiertos al público en Cataluña, cumplir los requisitos establecidos en los artículos 32.1 y 32.3 de esta Ley.
  7. En caso de que tenga una plantilla de 50 o más personas trabajadoras, declaración responsable de cumplir con la cuota legal de reserva de puestos de trabajo en la plantilla de la empresa prevista en el artículo 42.1 del Texto refundido de la Ley general de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o con las medidas alternativas de carácter excepcional previstas por el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, y por el Decreto 86/2015, de 2 de junio.
  8. En caso de que tenga una plantilla igual o superior a 25 personas, memoria que indique los medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo, y para intervenir en sus centros de trabajo, de acuerdo con los agentes sociales, de conformidad con la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
  9. Cuando se utilice cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor, declaración que diga que se cumple lo dispuesto en la normativa sobre propiedad intelectual.
  10. Declaración de adecuación de la entidad a los Códigos éticos que se establecen en las bases 3.7 y 3.8.

  11. Declaración responsable de no haber sido sancionada por resolución administrativa firme o condenada por sentencia judicial firme por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género.

  12. Declaración responsable, en su caso, tener residencia fiscal fuera del territorio español.

  13. En el caso de fundaciones, declaración responsable que acredite el cumplimiento del deber de presentación de las cuentas anuales ante el Protectorado, de acuerdo con el artículo 336-3 del Código civil de Cataluña.

  14. En el caso de asociaciones y fundaciones ya constituidas, declaración responsable, de haber dado cumplimiento a la previsión de adaptación de los estatutos e inscripción de esta adaptación en el registro correspondiente, según la disposición transitoria primera de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, y en la Ley 5/2011, de 19 de julio, de modificación de la anterior, en su caso.

  15. Declaración de cumplimiento de las demás obligaciones previstas en estas bases y la normativa general de subvenciones en caso de ser beneficiario de subvención.

  16. Si procede, declaración sobre exención de repercutir el IVA o de estar sujeto a la regla de prorrata.

  17. Cuando la actividad objeto de la solicitud de subvención esté vinculada a un medio de comunicación, declaración responsable del compromiso de adoptar medidas para fomentar los derechos de las mujeres para dar cumplimiento al mandato del artículo 25 de la Ley 17/2015, y el artículo 23 de la Ley 5/2008.

Requisitos

Las actividades objeto de estas subvenciones deben realizarse totalmente durante el año de la convocatoria.
La lengua vehicular de las actividades y medios objeto de estas subvenciones debe ser el catalán o el aranés.
Para obtener la condición de beneficiarios de las subvenciones, los solicitantes deben cumplir los requisitos y condiciones:

  1. No estar sometido a ninguno de los supuestos de prohibición de obtener subvenciones, de conformidad con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  2. Cuando el solicitante sea una entidad sin ánimo de lucro, estar inscrito en el registro correspondiente.
  3. Cuando la entidad solicitante sea una asociación o fundación, haber adaptado los estatutos según la disposición transitoria primera de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, y en la Ley 5/2011, de 19 de julio, de modificación de la anterior.
  4. Cuando la entidad solicitante sea una fundación, estar al corriente del cumplimiento del deber de presentación de las cuentas anuales ante el Protectorado, de acuerdo con el artículo 336-3 del Código civil de Cataluña, aprobado por la Ley 4/2008 , de 24 de abril.
  5. Cuando el solicitante sea una persona física, estar dado de alta en el censo del impuesto sobre actividades económicas en aquellos supuestos en los que sea obligatorio, en el epígrafe que corresponda.
  6. Cuando para la realización de la actividad objeto de la subvención se utilice cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor, cumplir lo dispuesto en la normativa sobre propiedad intelectual.
  7. Cumplir lo establecido en los artículos 33 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística, respecto a los centros laborales, y en las empresas que tengan establecimientos abiertos al público en Cataluña, cumplir los requisitos establecidos en los artículos 32.1 y 32.3 de la citada Ley.
  8. En caso de que tenga una plantilla de 50 o más personas trabajadoras, cumplir con la cuota legal de reserva de puestos de trabajo en la plantilla de la empresa prevista en el artículo 42.1 del Texto refundido de la Ley general de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o con las medidas alternativas de carácter excepcional previstas por el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, y por el Decreto 86/2015, de 2 de junio.
  9. En caso de que tenga una plantilla igual o superior a 25 personas, disponer de medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo e intervenir en sus centros de trabajo, de acuerdo con los agentes sociales, y utilizarlos adecuadamente, de conformidad con la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
  10. No haber sido sancionada por resolución administrativa firme o condenada por sentencia judicial firme por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género.

La ejecución de la actividad subvencionada puede ser subcontratada en su totalidad o bien parcialmente, en los términos establecidos en el artículo 29 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y en el artículo 68 del Reglamento que la desarrolla, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. Cuando la actividad concertada con terceros exceda del 20 por ciento del importe de la subvención y el importe sea superior a 60.000 euros, la subcontratación estará sometida al cumplimiento de los requisitos:

  1. Que el contrato se realice por escrito.
  2. Que la celebración del mismo se autorice previamente la persona titular de la Secretaría de Comunicación del Gobierno.

Estas subvenciones son incompatibles con la percepción de otras ayudas para el mismo objeto otorgadas por cualquier departamento u organismo de la Generalidad de Cataluña. Sin embargo, la percepción de estas subvenciones es compatible con la obtención de otras ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de otras administraciones o entes públicos o privados, siempre que el importe total no exceda el coste de la actividad subvencionada.
Si se trata de una agrupación de personas sin personalidad jurídica, cada uno de los integrantes de la agrupación deberá cumplir los requisitos que exigen estas bases reguladoras, los cuales se acreditarán mediante la documentación prevista en las bases.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Actuaciones subvencionables

En el caso de las actividades formativas, informativas y de difusión sólo se subvencionará la parte estrictamente vinculada con la actividad (ponentes, alquiler de salas, material), quedando específicamente excluidos los gastos de representación y restauración.
En ningún caso podrán optar a estas subvenciones las iniciativas dirigidas a los medios que incurran al menos en uno de los supuestos siguientes:

  1. Medios financiados o gestionados de forma total o parcial por instituciones públicas.
  2. Medios cuyo contenido sobrepasa el 60% de publicidad propia o ajena

El incumplimiento de los requisitos no enmendables o la presentación de la solicitud fuera del plazo establecidos comporta la no admisión de la solicitud.

Plazos

Del06.05.2016al 20.05.2016

Por internet

El enlace "Solicitar con certificado digital" permite descargar la solicitud electrónica de subvención. Hay que rellenarla, validarla, adjuntar el formulario específico de la solicitud electrónica de subvención (PDF) y, en caso de ayudas en prensa en papel, un ejemplar reciente de la publicación (PDF, ZIP o RAR ). Una vez realizadas todas estas acciones hay que guardar la solicitud y enviarla desde la misma página.
El peso total del formulario con los archivos adjuntos no puede superar los 5MB. En caso de que supere este peso, es necesario que los archivos adjuntos estén comprimidos (.zip o .rar). Si no dispone de un programa de compresión de archivos, puede descargar una versión gratuita en www.winzip.com o www.winrar.es.
Encontrará más información y aclaraciones a la "Guía para la presentación electrónica de solicitudes de las subvenciones para el desarrollo de iniciativas que contribuyan al fomento del periodismo y al fortalecimiento del espacio catalán de comunicación 2016".
La presentación electrónica de las solicitudes mediante Trámites web se efectuará mediante un certificado digital reconocido de firma electrónica.
Consultad la lista de certificados digitales admitidos.

Presencialmente


Puntos de tramitación

Las solicitudes se pueden presentar a cualquiera de los lugares que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

Tel. 902627781

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