Subvenciones para ecoetiquetaje y ecodiseño
Se trata de una línea de ayudas que subvenciona, por una parte, el coste de la obtención y renovación de la ecoetiqueta, un distintivo otorgado por la Unión Europea para productos y servicios respetuosos con el medio ambiente, y, por la otra, la implantación de procesos de diseño y desarrollo ambiental, es decir, el ecodiseño.
Leer más- El plazo para presentar las solicitudes es desde el 10 de julio al 10 de agosto, incluído.
A quién va dirigido
A empresas, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro para el fomento de los sistemas de ecoetiquetaje y ecodiseño.
Organismo responsable
Normativa
Documentación relacionada
Solicitar la subvención
Plazos
- El plazo para presentar las solicitudes es desde el 10 de julio al 10 de agosto, incluído.
Documentación
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
- Solicitud de domiciliación bancaria
- En caso de que la persona que ha firmado la solicitud actúe en representación de otra, original y fotocopia o copia compulsada de la documentación acreditativa de la representación con que actúa, si no se ha inscrito en un registro público. En caso de que la representación esté inscrita en dichos registros, no es necesario aportar esta documentación.
- En el caso de ecoetiquetado: la documentación justificativa de la actuación realizada, la cual consiste en el original del informe de evaluación e/o informes de los ensayos o controles. Originales de las facturas y comprobantes de pago de los correspondientes gastos de consultoría, ensayos y/o controles.
- En el caso de ecodiseño: el certificado emitido por una entidad de certificación justificativa del cumplimiento de la implantación de procesos de diseño y desarrollo ambientales (ecodiseño) según la Norma ISO 14006. Originales de las facturas y comprobantes de pago de los correspondientes gastos de consultoría y certificación.
Requisitos
- Haber llevado a cabo las actuaciones subvencionables que deberán haberse realizado durante todo el año anterior al de la convocatoria vigente y hasta el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria vigente.
- Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente.
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante la Generalitat de Cataluña y la Administración General del Estado, y de las obligaciones ante la Seguridad Social.
- No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
- En el caso de empresas con establecimientos abiertos al público, cumplir las obligaciones que establecen los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.
- En el caso de empresas sin establecimientos abiertos al público, cumplir las obligaciones que establece el artículo 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.
- En el caso de empresas con 50 trabajadores/as o más, dar empleo, al menos, a un 2% de trabajadores/as con discapacidad sobre el total de trabajadores/as de la empresa.
- En el caso de empresas con una plantilla igual o superior a 25 personas, indicaron los medios, con el acuerdo de los agentes sociales, para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo e intervenir en los centros de trabajo.
- Declarar sobre si se han solicitado y/u obtenido otras ayudas públicas o privadas para la misma actividad, haciendo constar la relación detallada con la entidad concedente y la cantidad solicitada y/u obtenida.
- En el caso de empresas y de subvenciones que aplican el Reglamento de ayudas de minimis de la Unión Europea, que el importe de la subvención que se solicita, junto con las otras ayudas de minimis que le hayan sido concedidos durante el ejercicio fiscal en curso y los dos ejercicios fiscales anteriores, no superen el importe de 200.000 euros.
- En el caso de fundaciones y asociaciones, haber adaptado los estatutos según la disposición transitoria primera de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, y en la Ley 5/2011, de 19 de julio, de modificación anterior.
- En el caso de fundaciones, haber cumplido el deber de presentar las cuentas anuales ante el Protectorado.
- Cumplir con la legislación ambiental aplicable, en particular en materia de intervención ambiental, gestión de residuos, emisiones atmosféricas y gestión de aguas.
Tasas
No hay tasas asociadas a este trámite.
Otras informaciones
Son subvencionables los tributos, cuando el beneficiario de la subvención los abone efectivamente. En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.
También son subvencionables la consultoría a la certificación/verificación para la implantación de los sistemas de ecoetiquetado y ecodiseño y las correspondientes a la realización de ensayos y controles para demostrar el cumplimiento de los criterios ecológicos de los sistemas de ecoetiquetado.
Obligaciones de los beneficiarios:
- Proporcionar en todo momento la información que sea solicitada respecto a la subvención concedida y someterse a las actuaciones de comprobación y control del órgano instructor, de la Intervención General de la Generalitat, de la Sindicatura de Cuentas y otros órganos competentes de acuerdo con la normativa aplicable.
- Comunicar al órgano instructor las ayudas, ingresos o recursos que financien la actuación subvencionada, obtenidos o solicitados a otras administraciones o entidades públicas, nacionales e internacionales, con posterioridad a la presentación de la solicitud de subvención. Esta comunicación deberá hacerse tan pronto como se conozcan.
- Reintegrar los importes percibidos en los supuestos de revocación y reintegro.
- Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos que puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
- En el caso de las asociaciones, cumplir los deberes de elaboración de las cuentas anuales del último ejercicio disponible y de transparencia de acuerdo con lo establecido en el artículo 322.15 de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a personas jurídicas.
- En el caso de entidades privadas que perciben subvenciones o ayudas públicas de más de 100.000 euros anuales o si al menos el 40% de sus ingresos anuales procede de subvenciones o ayudas públicas, siempre que esta cantidad sea de más de 5.000 euros, aplicar las obligaciones de transparencia que establece el artículo 3 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, así como, a partir de su entrada en vigor, la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Plazos
Del10.07.2015al 10.08.2015
Por internet
El documento anexo, se puede descargar desde el formulario de solicitud.
Presencialmente
- Solicitud de subvención para actividades: Ecoetiquetaje y ecodiseño[565,06 KB ]
- Anexo de las subvenciones para el fomento del ecoetiquetaje y diseño alternativo[263,75 KB ]
Puntos de tramitación
- Secretaria de Medi Ambient i Sostenibilitat
- Departament de Territori i Sostenibilitat
- Serveis Territorials de Territori i Sostenibilitat a Barcelona
- Serveis Territorials de Territori i Sostenibilitat a Girona
- Serveis Territorials de Territori i Sostenibilitat a Lleida
- Serveis Territorials de Territori i Sostenibilitat a Tarragona
- Serveis Territorials de Territori i Sostenibilitat a l'Alt Pirineu i Aran
- Serveis Territorials de Territori i Sostenibilitat a les Terres de l'Ebre
- Serveis Territorials de Territori i Sostenibilitat a la Catalunya Central
- Oficina de Gestió Empresarial a Barcelona
- Oficina de Gestió Empresarial de Girona
- Oficina de Gestió Empresarial de Lleida
- Oficina de Gestió Empresarial de Tarragona
- Oficina de Gestió Empresarial de les Terres de l'Ebre
- OGE - Cambra Badalona
- OGE - Cambra Barcelona
- OGE - Cambra Berga
- OGE - Cambra Girona
- OGE - Cambra Granollers
- OGE - Cambra Igualada
- OGE - Cambra Manresa
- OGE - Cambra Mataró
- OGE - Cambra Reus
- OGE - Cambra Sabadell
- OGE - Cambra Sant Feliu de Llobregat
- OGE - Cambra Terrassa
- OGE - Cambra Tortosa
- OGE - Cambra Vic
- OGE - Cambra Vilafranca del Penedès
- OGE - Cambra Vilanova i la Geltrú
- OGE - Cambra l'Hospitalet de Llobregat
A parte de los puntos de tramitación se puede presentar también en:
- En cualquiera de los sitios previstos en el artículo 25 de la Llei 26/2010, de 3 d?agost, de règim jurídic i de procediment de les administracions públiques de Catalunya, en relación con el artículo 38.4 de la Llei 30/1992, de 26 de novembre, de règim jurídic de les administracions públiques i del procediment administratiu comú.
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)
Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs
Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya
Calle Provença 339, 08037, Barcelona
Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)
Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus
Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)
Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona
Tel. 932723100
Consorci Hospitalari de Vic
Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic
Tel. 938891111
Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)
Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona
Tel. 932275706
Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)
Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona
Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)
Carrer Girona 20, 08010, Barcelona
Consorci del Parc Fluvial del Llobregat
Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella
Tel. 938250689
Cataluña Radio
Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona
Institut Català de Ciències del Clima (IC3)
Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona
Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona
Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona
Tel. 902627781