Subvenciones para ecoetiquetaje y ecodiseño
Información Rápida
Objetivo
Estas subvenciones ayudan a cubrir los gastos para obtener o renovar la ecoetiqueta europea, que distingue a los productos y servicios más respetuosos con el medio ambiente. También apoyan la implementación de ecodiseño, que integra criterios ambientales en el diseño y desarrollo de productos.
¿Quién puede solicitarlo?
Empresas, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro que promuevan sistemas de ecoetiquetaje y ecodiseño.
Requisitos principales
- Haber realizado las actividades subvencionables durante el año anterior a la convocatoria y hasta el fin del plazo de presentación.
- Estar legalmente constituido e inscrito en el registro correspondiente.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Generalitat de Cataluña y la Administración General del Estado, así como con la Seguridad Social.
- No incurrir en ninguna de las circunstancias del artículo 13 de la Ley 38/2003, de Subvenciones.
- Cumplir con la Ley 1/1998, de política lingüística.
- En empresas de 50 o más empleados, tener al menos un 2% de trabajadores con discapacidad.
- En empresas de 25 o más empleados, tener medidas para prevenir y detectar el acoso sexual.
- Declarar otras ayudas solicitadas u obtenidas para la misma actividad.
- No superar el límite de ayudas de minimis de 200.000 euros en tres ejercicios fiscales (si aplica el reglamento de minimis).
- Fundaciones y asociaciones deben tener los estatutos adaptados a la legislación vigente.
- Fundaciones deben haber presentado las cuentas anuales ante el Protectorado.
- Cumplir la legislación ambiental aplicable.
Plazos
El plazo de solicitud fue del 10 de julio al 10 de agosto.
Duración del trámite
6 meses
Resumen
Estas subvenciones apoyan a empresas y entidades en la obtención de ecoetiquetas y la implementación de ecodiseño, fomentando productos y servicios más respetuosos con el medio ambiente.
Quién puede usar este servicio:
- Empresas
- Fundaciones
- Entidades sin ánimo de lucro
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Solicitud de domiciliación bancaria.
- Acreditación de representación (si aplica).
- Para ecoetiquetado: informe de evaluación y facturas.
- Para ecodiseño: certificado ISO 14006 y facturas.
Requisitos previos:
- Cumplir con los requisitos legales y estar al corriente de las obligaciones.
- Haber realizado las actividades subvencionables en el plazo indicado.
Costes y plazos:
- Este trámite no tiene tasas.
- El plazo de solicitud ya ha finalizado (10 de julio al 10 de agosto).
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Solicitar: Presentar la solicitud y la documentación requerida dentro del plazo establecido.
- Recibir la respuesta de la Administración: Esperar la resolución en un plazo máximo de seis meses.
Información sobre cada etapa:
- La solicitud puede presentarse por internet o presencialmente.
- La resolución se notifica electrónicamente.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- Recibirás la resolución de la Administración.
- En caso de ser favorable, se procederá al pago de la subvención.
Plazos de resolución:
- Máximo 6 meses desde la publicación de la convocatoria.
Siguientes pasos:
- Cumplir con las obligaciones como beneficiario de la subvención.
Ayuda
Contacto:
- <a href="https://web.gencat.cat/ca/adreces-i-telefons/detall/index.html?codInf=3392">Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica</a>
- <a href="https://web.gencat.cat/ca/adreces-i-telefons/detall/index.html?codInf=6315">Direcció General de Qualitat Ambiental i Canvi Climàtic</a>
Recursos adicionales:
- <a href="http://portaljuridic.gencat.cat/ca/pjur_ocults/pjur_resultats_fitxa?action=fitxa&documentId=693504">ORDEN TES/131/2015</a>
- <a href="http://dogc.gencat.cat/ca/pdogc_canals_interns/pdogc_resultats_fitxa/?action=fitxa&documentId=697902">RESOLUCIÓN TES/1523/2015</a>
Normativa
- <a href="http://portaljuridic.gencat.cat/ca/pjur_ocults/pjur_resultats_fitxa?action=fitxa&documentId=693504">ORDEN TES/131/2015, de 4 de mayo</a>
- <a href="http://dogc.gencat.cat/ca/pdogc_canals_interns/pdogc_resultats_fitxa/?action=fitxa&documentId=697902">RESOLUCIÓN TES/1523/2015, de 2 de julio</a>