Subvenciones estructurales a emisoras de radio de titularidad privada que emiten en catalán y/o aranés
Información Rápida
Objetivo
Conceder subvenciones a emisoras de radio privadas que emiten en catalán o aranés para consolidar la programación en estas lenguas y contribuir a la vertebración de un espacio catalán de comunicación.
¿Quién puede solicitarlo?
Empresas y profesionales del sector radiofónico que emitan en catalán o aranés.
Requisitos principales
- Ser una empresa o persona física que emita programas de radio.
- Tener una licencia para prestar servicios de radio o ser arrendatario de una licencia con autorización del Consejo del Audiovisual de Cataluña.
- Haber emitido en el año anterior a la convocatoria y continuar emitiendo en el momento de la convocatoria.
Plazos
El plazo de presentación de solicitudes fue del 20 de marzo al 11 de abril de 2024.
Duración del trámite
El plazo máximo para notificar la resolución es de seis meses desde la publicación en el DOGC.
Información adicional
Las resoluciones se notificarán a través del Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya.
Resumen
Este trámite permite solicitar subvenciones estructurales para emisoras de radio de titularidad privada que emiten en catalán y/o aranés.
¿Quién puede usar este servicio?
Empresas y profesionales del sector radiofónico que emitan en catalán o aranés.
Antes de empezar
Es importante revisar los requisitos y la documentación necesaria antes de iniciar la solicitud.
Lo que necesitas
Documentos requeridos
- Declaraciones relativas a la solicitud de subvención estructural a emisoras de radio.
- Parrilla de programación.
- Declaración responsable de solicitud relativa a la gestión de la emisora de radio o de televisión registrada en el Consejo del Audiovisual de Cataluña (CAC) correspondiendo al año en curso, si procede.
Requisitos previos
- Ser una empresa o persona física que emita programas de radio.
- Tener una licencia para prestar servicios de radio o ser arrendatario de una licencia con autorización del Consejo del Audiovisual de Cataluña.
- Haber emitido en el año anterior a la convocatoria y continuar emitiendo en el momento de la convocatoria.
Costes y plazos
- Este trámite no tiene tasas asociadas.
- El plazo de presentación de solicitudes fue del 20 de marzo al 11 de abril de 2024.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Solicitar: Rellenar el formulario electrónico de solicitud.
- Aportar documentación, alegar, desistir: En caso de ser necesario, aportar documentación adicional, presentar alegaciones o desistir de la solicitud.
- Justificar: Presentar la justificación de la subvención mediante cuenta justificativa o informe de auditor.
- Recibir respuesta de la Administración: Esperar la resolución de la solicitud.
- Recibir la ayuda: En caso de concesión, recibir el pago de la subvención.
Información sobre cada etapa
- Solicitar: El formulario electrónico está disponible en: Iniciar
- Aportar documentación, alegar, desistir: El formulario electrónico está disponible en: Iniciar
- Justificar: El formulario electrónico está disponible en: Iniciar
Tiempos de espera
El plazo máximo para notificar la resolución es de seis meses desde la publicación en el DOGC.
Después de hacerlo
Qué sucede después
Una vez resuelta la solicitud, se notifica la resolución a la persona solicitante.
Plazos de resolución
El plazo máximo para notificar la resolución es de seis meses desde la publicación en el DOGC.
Siguiente pasos
En caso de concesión, se realiza el pago de la subvención. En caso de denegación, se pueden presentar los recursos correspondientes.
Ayuda
Contacto
- Buzón de contacto: Buzón de contacto
Recursos adicionales
- Preguntas frecuentes: preguntas más frecuentes
- Guía para la presentación de las solicitudes de subvenciones (radio): Guía para la presentación de las solicitudes de subvenciones (radio)
- Guía para rellenar la parrilla de programación y la declarción de horas de producción própia: Guía para rellenar la parrilla de programación y la declarción de horas de producción própia
- Guía para rellenar el formulario de cuenta justificativa: Guía para rellenar el formulario de cuenta justificativa
Normativa
- RESOLUCIÓN PRE/734/2024, de 1 de marzo, por la que se abre la convocatoria para la concesión de subvenciones estructurales a emisoras de radio en catalán o en aranés, de titularidad privada, correspondiente al año 2024 (ref. BDNS 747950).
- ORDEN PRE/97/2021, de 5 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras del procedimiento para la concesión de subvenciones estructurales a emisoras de radio en catalán o en aranés, de titularidad privada.
- ORDEN VEH/79/2020, de 9 de junio, por la que se modifica la Orden ECO/172/2015, de 3 de junio, sobre las formas de justificación de subvenciones.
- ORDEN ECO/172/2015, de 3 de junio, sobre las formas de justificación de subvenciones.
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)
Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya
Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)
Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)
Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)
Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)
Consorci del Parc Fluvial del Llobregat
Cataluña Radio
Institut Català de Ciències del Clima (IC3)
Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona
En esta página
- Resumen
- ¿Quién puede usar este servicio?
- Antes de empezar
- Lo que necesitas
- Documentos requeridos
- Requisitos previos
- Costes y plazos
- Cómo hacerlo
- Paso a paso del proceso
- Información sobre cada etapa
- Tiempos de espera
- Después de hacerlo
- Qué sucede después
- Plazos de resolución
- Siguiente pasos
- Ayuda
- Contacto
- Recursos adicionales
- Normativa
- Preguntas frecuentes
- Oficinas de la administración