Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la traducción de obras literarias y de pensamiento originales en lengua catalana y occitana (en su variedad aranesa) (1C 2023)

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Concesión de subvenciones para la traducción de obras literarias y de pensamiento originales en lengua catalana y occitana (en su variedad aranesa) a otros idiomas.

¿Quién puede solicitarlo?

Editoriales, personas físicas empresarias o personas jurídicas, públicas o privadas, españolas o extranjeras, que tengan programada la traducción de obras literarias y de pensamiento originales en lengua catalana y occitana (en su variedad aranesa).

Requisitos principales

  • Cumplir con los requisitos generales establecidos en la Ley General de Subvenciones.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Presentar declaración sobre otras ayudas solicitadas o obtenidas para la misma actividad.
  • Cumplir con la normativa sobre propiedad intelectual si se utilizan elementos susceptibles de generar derechos de autor.
  • En el caso de empresas, estar dado de alta en el censo del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).
  • En el caso de entidades sin ánimo de lucro, estar inscritas en el registro correspondiente.
  • Cumplir con la cuota de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad (si la plantilla es igual o superior a 50 personas).
  • Indicar los medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y por razón de sexo (si la plantilla es igual o superior a 25 personas).
  • Cumplir con la Ley de Política Lingüística respecto a los centros laborales y establecimientos abiertos al público en Cataluña.
  • En el caso de fundaciones y asociaciones, haber adaptado los estatutos a la normativa vigente.
  • En el caso de fundaciones, haber presentado las cuentas anuales ante el protectorado.
  • No haber sido sancionado por prácticas laborales discriminatorias por razón de sexo o género.
  • Respetar las condiciones de la Ley de igualdad de trato y no discriminación.
  • Presentar declaración responsable de otras ayudas de *minimis* recibidas o solicitadas.
  • Adherirse al código ético que figura como anexo.
  • Respetar lo establecido en la Ley de igualdad efectiva de mujeres y hombres.
  • Disponer de un contrato de distribución comercial en librerías.

Plazos

Del 13 de febrero al 27 de abril de 2023 (plazo cerrado).

Duración del trámite

6 meses (plazo máximo para la resolución)

Resumen

Este trámite permite solicitar subvenciones para la traducción de obras literarias y de pensamiento originales en lengua catalana y occitana (en su variedad aranesa) a otros idiomas. La convocatoria está dirigida a empresas, profesionales y entidades que tengan previsto realizar estas traducciones.

Quién puede usar este servicio

  • Empresas y profesionales
  • Entidades

Antes de empezar

Es importante revisar los requisitos y plazos establecidos en la convocatoria.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • La documentación específica requerida se detalla en la base 7 de la convocatoria.

Requisitos previos

  • Cumplir con los requisitos generales y específicos establecidos en la convocatoria.

Costes y plazos

  • Este trámite no tiene tasas asociadas.
  • El plazo para presentar las solicitudes fue del 13 de febrero al 27 de abril de 2023.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Solicitar la subvención: La solicitud se realiza de forma telemática a través de la sede electrónica del Institut Ramon Llull.
  2. Recibir la respuesta de la Administración: La resolución se notificará en un plazo máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria.
  3. Recibir la subvención: Se realizará un anticipo del 50% del importe otorgado tras la concesión. El 50% restante se abonará el año siguiente, una vez justificada la actividad.
  4. Justificar la subvención: Presentar la cuenta justificativa con los justificantes de gasto antes del 30 de noviembre del año siguiente al de la resolución.

Después de hacerlo

Qué sucede después

Una vez justificada la subvención, se procederá al pago del 50% restante.

Plazos de resolución

El plazo máximo para resolver es de seis meses desde la fecha de publicación de la convocatoria.

Siguiente pasos

Realizar el seguimiento de la resolución y cumplir con los plazos de justificación.

Ayuda

Contacto

Recursos adicionales


Preguntas frecuentes


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
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