Subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación para el empleo de los empleados públicos de las administraciones públicas locales

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Se ha abierto la convocatoria de las subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación para el empleo de los empleados públicos de las administraciones públicas locales, para el año 2014.
El objeto de estas subvenciones es la ayuda a la financiación de planes de formación para el empleo promovidos por las entidades locales y las federaciones o asociaciones de entes locales de Cataluña.
Las subvenciones a que se refiere esta Resolución tienen como finalidad impulsar y extender entre las administraciones públicas y sus empleados una formación que responda a sus necesidades, orientada a mejorar su capacidad de gestión, de adaptación y de liderazgo de los procesos de cambio, el perfeccionamiento de las funciones a desarrollar encaminadas a la mejora de sus competencias, ya sea para el acceso o para la carrera profesional, así como contribuir a la mejora del servicio público que se presta a la ciudadanía.

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Plazos: del 14 de mayo al 2 de junio de 2014.

A quién va dirigido

  • A los ayuntamientos, las diputaciones provinciales y otras entidades locales reconocidas en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local.
  • A la Federación de Municipios de Cataluña, de acuerdo con la disposición adicional quinta de la Ley 7/1985, de 2 de abril.
  • A la Asociación Catalana de Municipios, de acuerdo con la disposición adicional quinta de la Ley 7/1985, de 2 de abril.

Solicitar la subvención

Plazos

El plazo para presentar la solicitud es del 14 de mayo al 2 de junio de 2014.

Documentación

Las solicitudes se acompañarán de los siguientes documentos generados en formato electrónico:

  1. Tarjeta de identificación de personas jurídicas y entidades en general ( CIF ).
  2. Cuando se trate de los solicitantes previstas en los apartados b ) yc ) del artículo 2, la documentación que acredite, de acuerdo con la legislación vigente, las facultades de representación del firmante del plan para actuar en nombre de la persona jurídica solicitante o de la agrupación, en su caso.
  3. Cuando se trate de un plan agrupado, los documentos de adhesión a este plan.
  4. Se adjuntará un informe de la representación sindical en las solicitudes siguientes:
    • 1º. Para planes unitarios.
      2º. Para planes interadministrativos promovidos por la Federación de Municipios de Cataluña o la Asociación Catalana de Municipios.
    • 3º. Para planes agrupados promovidos por una entidad local, por la Federación de Municipios de Cataluña o la Asociación Catalana de Municipios.
    • 4º. Las entidades locales adheridas a un plan agrupado, además del documento de adhesión a que se refiere el apartado d) anterior, adjuntando un informe de la representación sindical de esta entidad, siempre que su número de empleados sea igual o superior a 200.
  5. Seguimiento del proceso de negociación de acuerdo con lo previsto en el artículo 14 del AFEDAP en todo aquello que le sea de aplicación.

Los documentos a que hace referencia el apartado 6.2.a ), b ) yc ), de acuerdo con lo previsto en el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, se incorporarán al expediente a través del portal FEDAP, mediante copias digitalizadas de los documentos. La fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica.
Los documentos previstos en el apartado 6.2.d) ye) serán firmados manualmente por los representantes de las administraciones y responsables sindicales, respectivamente, e incorporados al expediente mediante copias digitalizadas.
La presentación de la solicitud para la obtención de la subvención implicará la autorización del solicitante para que el órgano concesionario obtenga de forma directa la acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a través de certificados electrónicos, de conformidad con lo establecido en el artículo 23.3 de la Ley 38/2003, general de Subvenciones, de 17 de noviembre.
No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente este consentimiento, y en este caso, deberá aportar los certificados junto con la solicitud o cuando sean requeridos por el órgano instructor.
En caso de que el solicitante sea una administración pública o una entidad dependiente, estas acreditaciones se pueden sustituir por la aportación, junto con la solicitud de una declaración responsable emitida por el órgano competente, de acuerdo con el que establece el artículo 23.4 de la Ley 38/2003, general de Subvenciones, de 17 de noviembre, y el artículo 24 de su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Requisitos

Las subvenciones concedidas al amparo de esta convocatoria estarán destinadas a financiar planes de formación para el empleo en el ejercicio 2014. El período de ejecución será el comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre dicho ejercicio. Este plazo no será prorrogable.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

El pago de las subvenciones que establece esta convocatoria hasta el importe máximo de 1.349.570 euros se hará con cargo a la partida D/227001409/1221 de los presupuestos del año 2014 de la Escuela de Administración Pública de Cataluña, condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión ya la efectividad del ingreso finalista de los fondos del INAP a la Tesorería de la Generalitat y de la EAPC.

Plazos
Del14.05.2014al 02.06.2014

El formulario de solicitud se tiene que presentar en soporte electrónico y en formato papel.
La EAPC pone a disposición de los promotores una dirección de correo electrónico fonsformaciolocal.eapc@gencat.cat para resolver cuestiones o dudas que se planteen, previa identificación del solicitante.

Por internet

  1. El acceso al portal FEDAP se podrá realizar introduciendo los dígitos de usuario y una contraseña, o bien mediante el documento nacional de identidad electrónico o un certificado digital reconocido de persona física o jurídica, de acuerdo con lo establecido en los artículos 11 y 15 de la Ley 59 /2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.
  2. Las solicitudes deberán ir firmadas electrónicamente por la persona designada como representante de la entidad beneficiaria para el plan presentado.
  3. Las solicitudes se presentarán ajustadas a los formatos electrónicos que establece el portal, como en ejercicios anteriores, y deberán ser cumplimentadas por los solicitantes con las normas y controles que establece la propia aplicación. En todo caso se recuerda que los datos requeridos en rellenar la solicitud hacen referencia a la siguiente información:
    • Datos administrativos de la entidad solicitante.
    • Datos del representante que firma el plan, datos de la persona de contacto designada y, en su caso, los datos bancarios.
  4. Declaración responsable exigida en los artículos 25 y 26 del Reglamento de desarrollo de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, referente a no estar incluido en en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 13 de la mencionada ley.
  5. Datos de las entidades adheridas a los planes agrupados, en su caso.
  6. Datos relativos a las acciones formativas:
    • 1º. Datos descriptivos de las actividades formativas con el detalle individualizado de estas, su prioridad, número de ediciones, alumnos y horas por edición, presupuesto económico y destinatarios.
    • 2º. Memoria de las acciones formativas.
  7. Datos relativos a las actividades complementarias: memoria de cada proyecto de actividad complementaria que contenga su denominación, descripción de la actividad con mención expresa a su fin, a su costo y el producto específico que se obtendrá con la realización de la actividad y que se entregará con la justificación económica del gasto hecho con motivo de la realización de la actividad.
  8. Datos relativos al plan de formación:
    • 1º. Datos relativos a convocatorias anteriores: destinatarios, recursos propios dedicados, fondos subvencionados, recursos humanos dedicados.
    • 2º. Datos económicos del plan, con desglose por conceptos de gasto.

Las solicitudes se presentarán de manera electrónica a través del portal FEDAP, accesible directamente https://fedap-catalunya.inap.es y también con el enlace directo, a través de la página web de la EAPC http://www.gencat.cat/EAPC/formacioambitlocal. El portal FEDAP requiere que el solicitante esté previamente registrado en este portal.

 


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