Subvenciones a centros privados concertados en el marco del Plan de mejora de oportunidades educativas

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Ofrecer subvenciones a centros privados concertados para mejorar las oportunidades educativas, compensar desigualdades provocadas por la pandemia y reforzar la dimensión comunitaria de la educación.

¿Quién puede solicitarlo?

Centros privados concertados de mayor complejidad educativa, según la Resolución de 19 de septiembre de 2023.

Requisitos principales

  • Cumplir con los requisitos y condiciones de la base 3 de la Orden EDU/264/2023, de 28 de noviembre.
  • Acreditación mediante declaraciones responsables en la solicitud.

Plazos

Solicitud: del 16 al 29 de febrero de 2024. Aportación de documentación complementaria: del 16 de febrero al 31 de diciembre de 2024. Justificación: del 1 al 30 de septiembre de 2024.

Duración del trámite

6 meses (plazo máximo para recibir respuesta)

Información adicional

El importe de la subvención se paga en dos plazos: un anticipo del 70% y un pago final del 30% tras la justificación.

Resumen

Este trámite permite solicitar subvenciones para centros privados concertados en el marco del Plan de mejora de oportunidades educativas durante el curso 2023-2024.

¿Quién puede usar este servicio?

Centros privados concertados de mayor complejidad educativa.

Antes de empezar

Ten en cuenta los plazos de solicitud y la documentación necesaria.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  1. Proyecto de la actividad a subvencionar.
  2. Presupuesto completo y detallado del proyecto.

Requisitos previos

Cumplir con los requisitos y condiciones establecidos en la Orden EDU/264/2023, de 28 de noviembre.

Costes y plazos

  • Coste: El trámite es gratuito.
  • Plazo de solicitud: Del 16 al 29 de febrero de 2024.
  • Plazo para aportar documentación complementaria: Del 16 de febrero al 31 de diciembre de 2024.
  • Plazo de justificación: Del 1 al 30 de septiembre de 2024.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Solicitar la subvención:
    • Realizar la solicitud electrónicamente a través de este enlace.
    • Adjuntar el proyecto y el presupuesto.
  2. Aportar documentación:
    • Si es necesario, aportar documentación complementaria a través de este enlace.
  3. Recibir respuesta de la Administración:
    • La Administración valorará las solicitudes y emitirá una resolución.
    • Recibirás un aviso informando sobre la publicación de la resolución.
  4. Justificar la subvención:
    • Presentar la justificación del gasto mediante facturas y documentos a través de este enlace.
  5. Recibir la subvención:
    • El pago se realizará en dos plazos: un anticipo del 70% y un pago final del 30% tras la justificación.

Después de hacerlo

Plazos de resolución

El plazo máximo para recibir respuesta es de 6 meses desde la publicación de la convocatoria en el DOGC.

Siguiente pasos

Una vez recibida la subvención, asegúrate de justificar correctamente los gastos en el plazo establecido.

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