Subvención para las actividades de las formaciones musicales estables de Cataluña

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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El objeto de esta línea de subvenciones es apoyar las actividades de las formaciones musicales

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El plazo para presentar solicitudes es del 08 al 31 de marzo de 2016

Esta ayuda es de tramitación telemática obligatoria:

Consultar las condiciones técnicas necesarias para los trámites en linea

Para información sobre del contenido de la subvención: 935 524 952, 935 547 848

Para información sobre la tramitación telemática: 935 529 166

Horario: de 9 a 14h. de lunes a viernes.

A quién va dirigido

  • Pueden ser beneficiarias de las subvenciones empresas privadas, ya sean personas físicas o jurídicas, incluidas las sociedades civiles y las entidades privadas sin ánimo de lucro, que gestionan formaciones musicales incluidas en la siguiente tipología:
    a) Orquestas sinfónicas profesionales.
    b) Orquestas de cámara profesionales.
    c) Formaciones profesionales especializadas en música clásica contemporánea.
    d) Formaciones profesionales especializadas en música antigua con instrumentos originales.
    e) Big bands de jazz profesionales.
    f) Agrupaciones corales que actúan habitualmente en los circuitos profesionales o que son regularmente
    contratadas por orquestas profesionales.

  • Las personas solicitantes deben tener una actividad principal que no sea de carácter docente.

  • El solicitante solo puede presentar una solicitud para un único proyecto en una misma convocatoria.

Organismo responsable

Normativa

Documentación relacionada

Solicitar la subvención

Plazos

El plazo para presentar la solicitud es del 08 al 31 de marzo de 2016, ambos incluidos

Documentación

Documentación administrativa

En el formulario de solicitud se autoriza a l'Institut Català de las Empresas Culturales a consultar de oficio los datos establecidos en el punto 7 de las Bases generales reguladoras.

Documentación sobre el proyecto

Memoria del proyecto según modelos facilitados por el Instituto Catalán de las Empresas Culturales

Presupuesto de la actividad según modelo facilitado por el Instituto Catalán de las Empresas Culturales.

Requisitos

Para poder optar a las subvenciones deberán cumplirse, aparte de los previstos en la base general 3, los siguientes requisitos y condiciones:

a) Cumplir con el Código de buenas prácticas en el ámbito de la creación y de la interpretación musicales, disponible a través de la dirección de Internet http://www.gencat.cat/cultura/icic y en la sede del Instituto Catalán de las Empresas Culturales, pasaje de la Banca 1-3, 08002 Barcelona.

b) Llevar a cabo la actividad en la temporada comprendida entre el 1 de septiembre del año anterior al de concesión de la subvención y el 31 de agosto del año de concesión de la subvención.

c) Llevar a cabo un mínimo de 10 conciertos por temporada, abiertos al público. Quedan excluidos los conciertos que se celebren en el marco de actos privados, presentaciones comerciales, participación en la entrega de premios o actos conmemorativos y los conciertos de jóvenes orquestas vinculadas.
d) Deben intervenir en los conciertos un número mínimo de siete intérpretes por actuación, salvo para las tipologías c) y d) de la base 2.1, en las que el número mínimo de intérpretes debe ser de cinco.
e) Haber realizado su actividad musical, como mínimo, durante las tres temporadas anteriores a la del año de la concesión de la subvención.
f) Tener derecho a obtener una subvención por un importe mínimo de 4.000,00 euros tras aplicar el sistema de determinación de la cuantía que prevé la base 7.
g) Que la actividad objeto de la subvención se realice mayoritariamente en Cataluña.
h) Los conciertos que formen parte de la temporada deben tener un programa de mano o cartel.

2. Estas subvenciones son incompatibles con otras ayudas para el mismo fin del Instituto Catalán de las Empresas Culturales y de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural. Son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para el mismo fin de otras entidades adscritas o vinculadas al Departamento de Cultura o participadas por éste, otros departamentos de la Administración de la Generalidad, entes vinculados o participados por estos, otras administraciones y otros entes públicos o privados.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Gastos subvencionables

Se consideran gastos subvencionables únicamente los siguientes:

a) Gastos del personal artístico y de los servicios artísticos contratados, imputables a la actividad objeto de la solicitud (músicos, solistas, director artístico, etc.): se computarán las retribuciones brutas del personal laboral contratado por el solicitante y los gastos de Seguridad Social. También se subvencionarán los gastos por cachés de los servicios artísticos contratados. No son subvencionables las dietas del personal al margen de las que estén incluidas en las nóminas o minutas/facturas de honorarios o cachés. Tampoco son subvencionables las cantidades en concepto de distribución de beneficios ni de indemnizaciones por despidos.

b) Gastos del equipo directivo, de gestión, administrativo o comercial imputable a la actividad objeto de la solicitud: se computarán las retribuciones brutas del personal laboral contratado por el solicitante y los gastos de Seguridad Social. También se subvencionarán los gastos por servicios de dirección, gestión, administración o comerciales que sean facturados al solicitante por parte de personal autónomo o sociedades. No son subvencionables las dietas
del personal al margen de las que se encuentren incluidas en las nóminas o minutas/facturas de servicios. Tampoco son subvencionables las cantidades en concepto de distribución de beneficios ni de indemnizaciones por despidos.

c) Gastos de producción de la actividad objeto de la solicitud: se computarán los gastos de alojamiento y de desplazamientos necesarios para la realización de los conciertos. Sólo se aceptarán como gasto de desplazamiento los billetes de avión, tren, líneas regulares de autobuses y alquiler de autocares. Alquiler de partituras, atriles y otros elementos imprescindibles para la realización de los conciertos, excluido el vestuario; alquiler de espacios de actuación; arrendamiento de material técnico; contratación puntual de personal técnico de sonido y de iluminación; alquiler y transporte de instrumentos; alquiler de espacios de oficinas, ensayo o almacén, y tarifas generales en favor de las entidades de gestión colectiva de derechos de propiedad
intelectual.

d) Gastos de difusión de la actividad objeto de la solicitud: se computarán los gastos de publicidad y promoción de la actividad (programas, carteles, publicaciones, etc.) y los gastos en páginas web y nuevas tecnologías, siempre que no se trate de la adquisición de hardware ni software. También se aceptan los gastos derivados de la producción de grabaciones fonográficas y videográficas de obras musicales.

e) El gasto derivado de la contratación de los servicios de auditoría para elaborar la cuenta justificativa con informe de auditoría, de acuerdo con las bases generales 5.5 y 16.3.

Plazos

Del08.03.2016al 31.03.2016

Por internet

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Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

Tel. 902627781

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