Subvención para actuaciones de recuperación de riberas y de mejora del estado ecológico en zonas húmedas en el Distrito de cuenca fluvial de Catalunya.
Información Rápida
Objetivo
Concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para proyectos de recuperación de riberas y mejora del estado ecológico de zonas húmedas en el distrito de cuenca fluvial de Cataluña.
¿Quién puede solicitarlo?
Entes locales, agrupaciones de entes locales, entidades sin ánimo de lucro que formen parte de la Red de Conservación de la Naturaleza o inscritas en el Registro de Entidades de Medio Ambiente y Sostenibilidad, y otras entidades, asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro con objetivos de recuperación o conservación de ecosistemas fluviales.
Requisitos principales
- No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias ante la Administración de la Generalidad de Cataluña y la Administración general del Estado, y de las obligaciones ante la Seguridad Social.
- Declarar si se han solicitado y/o se han obtenido otras ayudas públicas o privadas para la misma actuación.
- Cumplir la normativa sobre propiedad intelectual.
- Cumplir el código ético anexo al Acuerdo GOV/85/2016, de 28 de junio.
- Los entes locales deben cumplir la Ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres.
- Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente (resto de entidades).
- Cumplir las obligaciones en materia de política lingüística (si aplica).
- No haber sido sancionadas por infracciones graves en materia laboral (si aplica).
- Cumplir con la cuota de reserva para personas con discapacidad (si aplica).
- Disponer de medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual (si aplica).
- Haber adaptado los estatutos a la normativa vigente (fundaciones y asociaciones).
- Haber presentado las cuentas anuales ante el protectorado (fundaciones).
- Cumplir la obligación de respetar la igualdad de trato y oportunidades.
- No haber sido condenadas por delitos contra la libertad e indemnidad sexual.
Plazos
El plazo de presentación de solicitudes es del 23/01/2024 al 22/01/2024.
Duración del trámite
Variable, depende de la tramitación y justificación.
Información adicional
Las comunicaciones se notificarán mediante publicación en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalidad de Cataluña.
Resumen
Este trámite permite solicitar subvenciones para proyectos de recuperación de riberas y mejora del estado ecológico de zonas húmedas en Cataluña. Las ayudas se otorgan en régimen de concurrencia competitiva.
Quién puede usar este servicio
- Entes locales y agrupaciones de entes locales.
- Entidades sin ánimo de lucro que formen parte de la Red de Conservación de la Naturaleza.
- Entidades inscritas en el Registro de Entidades de Medio Ambiente y Sostenibilidad.
- Otras entidades, asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro con objetivos de recuperación o conservación de ecosistemas fluviales.
Antes de empezar
Es importante revisar los requisitos y la documentación necesaria antes de iniciar la solicitud.
Lo que necesitas
Documentos requeridos
- Memoria detallada de la actuación.
- Desglose del presupuesto.
- Copia del acuerdo o convenio de custodia fluvial (si existe).
- Plan de mantenimiento y seguimiento.
- Plan de comunicación y divulgación.
- Declaraciones responsables.
- Certificado favorable de la intervención (entes locales) o informe favorable del órgano competente (otras entidades).
- Autorización expresa de las personas afectadas (si aplica).
- Copia del acuerdo o resolución de apoyo de entes locales (si aplica).
- Currículum de experiencia en actuaciones similares (si aplica).
- Documentación que justifique los criterios de valoración (si aplica).
Requisitos previos
- Cumplir con los requisitos establecidos en la Ley General de Subvenciones.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Cumplir con la normativa sobre propiedad intelectual.
- Cumplir con el código ético.
- Cumplir con la Ley de igualdad efectiva de mujeres y hombres (entes locales).
- Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente (resto de entidades).
- Cumplir con las obligaciones en materia de política lingüística (si aplica).
- No haber sido sancionadas por infracciones graves en materia laboral (si aplica).
- Cumplir con la cuota de reserva para personas con discapacidad (si aplica).
- Disponer de medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual (si aplica).
- Haber adaptado los estatutos a la normativa vigente (fundaciones y asociaciones).
- Haber presentado las cuentas anuales ante el protectorado (fundaciones).
- Cumplir la obligación de respetar la igualdad de trato y oportunidades.
- No haber sido condenadas por delitos contra la libertad e indemnidad sexual.
Costes y plazos
- Este trámite no tiene tasas asociadas.
- El plazo de presentación de solicitudes es del 23/01/2024 al 22/01/2024.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Solicitar subvención: Acceder al formulario de solicitud a través de este enlace.
- Aceptación de la subvención y aportación de documentación: Tras la publicación de la propuesta provisional de subvenciones concedidas, aceptar la subvención y aportar la documentación requerida a través de este enlace.
- Respuesta de la Administración: La concesión o denegación se publicará en el Tablón de la sede electrónica de la Generalidad de Cataluña. Se podrá realizar el seguimiento del estado de la solicitud accediendo al espacio Estado de vuestros trámites.
- Justificación de la subvención: Justificar la subvención a través de este enlace.
- Pago: El pago se realiza en varias fases: un pago inicial del 30%, dos pagos intermedios del 20% cada uno, y un pago final del 30%.
Después de hacerlo
Plazos de resolución
El plazo de resolución dependerá de la tramitación y justificación de la subvención.
Siguiente pasos
Realizar el seguimiento del estado de la solicitud a través del espacio "Estado de vuestros trámites".
Ayuda
Contacto
- Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica.
- Agència Catalana de l'Aigua (ACA).
Recursos adicionales
- RESOLUCIÓ ACC/2714/2023, de 20 de juliol,
- LLEI 26/2010, del 3 d'agost, de règim jurídic i de procediment de les administracions públiques de Catalunya
- Llei 39/2015, d'1 d'octubre, del procediment administratiu comú de les administracions públiques
- Llei 38/2003, de 17 de novembre, General de Subvencions.
- ORDRE ECO/172/2015, de 3 de juny, sobre les formes de justificació de subvencions, modificada per l’ordre ORDRE VEH/79/2020, de 9 de juny
- DECRET LEGISLATIU 3/2002, de 24 de desembre, pel qual s'aprova el Text refós de la Llei de finances públiques de Catalunya.
- ACORD GOV/85/2016, de 28 de juny, pel qual s'aprova la modificació del model tipus de bases reguladores aprovat per l'Acord GOV/110/2014, de 22 de juliol, pel qual s'aprova el model tipus de bases reguladores dels procediments per a la concessió de subvencions en règim de concurrència competitiva, tramitats per l'Administració de la Generalitat i el seu sector públic, i se n'aprova el text íntegre
Preguntas frecuentes
(Ver sección FAQ en la tarjeta administrativa).
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Oficinas de la administración
Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)
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Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)
Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)
Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)
Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)
Consorci del Parc Fluvial del Llobregat
Cataluña Radio
Institut Català de Ciències del Clima (IC3)
Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona
En esta página
- Resumen
- Quién puede usar este servicio
- Antes de empezar
- Lo que necesitas
- Documentos requeridos
- Requisitos previos
- Costes y plazos
- Cómo hacerlo
- Paso a paso del proceso
- Después de hacerlo
- Plazos de resolución
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