Subvención a festivales de música

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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El objeto de esta línea de subvenciones es apoyar a festivales de música, de acuerdo con las siguientes modalidades:

a) Festivales organizados por ayuntamientos o entes dependientes, así como los organizados por empresas o entidades privadas con una financiación mayoritariamente pública.

b) Festivales de alto interés cultural especializados en un género musical. En esta modalidad se subvenciona un único festival de cada uno de los géneros siguientes: música clásica, música clásica

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El plazo para solicitar la subvención es del 8 al 31 de marzo de 2016, ambos incluidos.

Esta ayuda es de tramitación telemática obligatoria:

Consultad las condiciones técnicas necesarias para realizar los trámites en línea

Para información sobre del contenido de la subvención: 935 524 952; 935 565 192

Para información sobre la tramitación telemática: 935 529 166

Horario: de 9 a 14h. de lunes a viernes.

A quién va dirigido

Pueden ser beneficiarias de las ayudas las siguientes personas:


a) Empresas privadas, ya sean físicas o jurídicas, incluyendo las sociedades civiles.


b) Entidades privadas sin ánimo de lucro.


c) Ayuntamientos de Cataluña y entes dependientes, incluidas las sociedades mercantiles con capital social íntegra o mayoritariamente público.

Organismo responsable

Normativa

Documentación relacionada

Solicitar la subvención

Plazos

El plazo de presentación de solicitudes es del 08 al 31 de marzo de 2016

Documentación

Documentación administrativa
En el formulario de solicitud se autoriza al Instituto Catalán de las Empresas Culturales a consultar de oficio los datos establecidos en el punto 7 de las Bases generales reguladoras.
La no autorización implicará la presentación correspondiente.


Documentación sobre el proyecto

  1. Memoria del proyecto, según modelo ICEC
  2. Ficha de programación, según modelo ICEC
  3. Presupuesto de la actividad, según modelo ICEC

Requisitos

1. Para poder optar a las subvenciones, las solicitudes de festivales de ambas modalidades de la base 1 deben cumplir, además de lo previsto en la base general 3, los siguientes requisitos:
a) El festival deberá tener lugar en Cataluña entre el 1 de octubre del año anterior al de la concesión de la subvención y el 30 de noviembre del año de concesión de la subvención.
b) La programación del festival deberá tener una duración máxima de cuatro meses.
c) El festival debe contar con un mínimo de dos ediciones consecutivas realizadas antes de la del año de la concesión de la subvención.

2. Los festivales de la modalidad a) de la base 1.1 (festivales organizados por ayuntamientos o entes dependientes, así como los organizados por empresas o entidades privadas con una financiación mayoritariamente pública), deben cumplir también con los siguientes requisitos:
a) El festival debe tener un mínimo de 6 conciertos.
b) Cuando el solicitante sea una empresa o una entidad privada sin ánimo de lucro, también debe cumplir los
siguientes requisitos:
b.1) El festival debe haber contado con la implicación de otra administración, ya sea mediante una subvención
o a través de la contratación, al margen del Instituto Catalán de las Empresas Culturales o la Oficina de Apoyo
a la Iniciativa Cultural, al menos durante las dos ediciones anteriores al año de concesión de la subvención.
b.2) El festival debe contar con una financiación en más de un 50% del presupuesto de recursos públicos,
incluyendo las ayudas del Instituto Catalán de las Empresas Culturales o de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa
Cultural.

3. Los festivales de la modalidad b) de la base 1.1 (festivales de alto interés cultural especializados en un género musical) deben tener un mínimo de 12 conciertos y deben dedicarse exclusivamente a alguno de los géneros mencionados en la base 1.1.

4. La empresa o entidad organizadora debe cumplir con el Código de buenas prácticas en el ámbito de la creación y de la interpretación musicales, disponible a través de la dirección de internet www.gencat.cat/cultura/subvencionsicec y en la sede del Instituto Catalán de las Empresas Culturales (pasaje
de la Banca, 1-3, 08002 Barcelona).

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Gastos subvencionables

1. Son subvencionables los gastos previstos en la base general 5. Entre los gastos subvencionables se incluyen las comisiones financieras por venta de entradas. En el caso de la modalidad b) de la base 1.1 (festivales de alto interés cultural especializados en un género musical), se pueden imputar gastos indirectos o generales de la actividad objeto de la ayuda en un porcentaje máximo del 40% del presupuesto subvencionable. Estos
deben acreditarse a través de la presentación de los justificantes de gasto.

2. En caso de que el solicitante sea un ayuntamiento o ente dependiente, puede concertar con terceros la ejecución de la actividad objeto de la ayuda hasta en un 100% de su importe.

Plazos

Del08.03.2016al 31.03.2016

Por internet


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

Tel. 902627781

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