Solicitud para la aprobación de un Plan de salvamento de especies acuícolas
Información Rápida
Objetivo
Este trámite permite a los titulares de masas de agua solicitar la aprobación de un Plan de salvamento de especies acuícolas autóctonas antes de realizar alteraciones en el volumen o caudal del agua.
¿Quién puede solicitarlo?
Titulares de concesiones de aguas, incluyendo empresas, profesionales y otras administraciones.
Requisitos principales
- Estar autorizado para la alteración del volumen o el caudal por el organismo de cuenca correspondiente.
- Informar al Cuerpo de Agentes Rurales (telf.: 93-574 00 36) de la fecha de inicio de las actuaciones de rescate o cualquier modificación no prevista en el Plan.
Plazos
La solicitud debe presentarse con 30 días de antelación a la alteración del volumen o caudal.
Duración del trámite
3 meses
Resumen
Este trámite permite a los titulares de masas de agua solicitar la aprobación de un Plan de salvamento de especies acuícolas autóctonas antes de realizar alteraciones en el volumen o caudal del agua. Este plan busca proteger y preservar las especies nativas en caso de modificaciones en el entorno acuático.
Lo que necesitas
Documentación
- Plan de salvamento: Debe incluir los datos del titular, la ubicación de la masa de agua, las fechas de realización de las actuaciones, y los datos o forma de proceder al rescate de las especies. Puedes descargar un modelo de plan de salvamento desde aquí.
Requisitos
- Autorización: Debe contar con la autorización del organismo de cuenca correspondiente para realizar la alteración del volumen o caudal.
- Información: Debe informar al Cuerpo de Agentes Rurales (telf.: 93-574 00 36) sobre la fecha de inicio de las actuaciones de rescate o cualquier modificación no prevista en el Plan.
Costes
Este trámite no tiene tasas asociadas.
Plazos
La solicitud debe presentarse con 30 días de antelación a la alteración del volumen o caudal.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Solicitar: Presente la solicitud junto con el Plan de salvamento.
- Respuesta de la Administración: Espere la resolución de la administración.
Información sobre cada etapa
1. Solicitar
- Dónde presentar:
- Oficinas comarcales del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural: Enlace a las oficinas
- Servicios Centrales del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural en Barcelona (Gran Via): Enlace a los servicios centrales
- Servicios territoriales del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural (excepto Barcelona): Enlace a los servicios territoriales
- Oficina de Atención Ciudadana en Girona: Enlace a la oficina
- También puede presentarse en cualquiera de los lugares y por los medios que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.
- Formulario: Puede descargar el formulario de solicitud desde aquí.
2. Respuesta de la Administración
- Órgano competente: La persona titular de la dirección de los servicios territoriales del departamento competente en materia de pesca continental.
- Plazo de resolución: El plazo máximo para emitir la resolución y notificarla es de tres meses desde la presentación de la solicitud. Si no hay resolución expresa en este plazo, se considera estimada la solicitud.
- Recurso: Contra la resolución, puede interponer recurso de alzada ante la persona titular de la dirección general competente en materia de pesca continental en el plazo de un mes desde la recepción de la notificación.
Después de hacerlo
Plazos de resolución
El plazo máximo para emitir la resolución es de tres meses desde la presentación de la solicitud.
Siguientes pasos
Una vez aprobada la solicitud, siga las indicaciones del Plan de salvamento y mantenga informado al Cuerpo de Agentes Rurales sobre cualquier cambio o incidencia.
Ayuda
Contacto
- Cuerpo de Agentes Rurales: 93-574 00 36