Solicitud de evaluación de impacto ambiental ordinaria de proyectos forestales y roturaciones
Información Rápida
Objetivo
Permite solicitar la evaluación de impacto ambiental ordinaria para proyectos forestales y roturaciones que requieran autorización del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas o jurídicas que promueven actuaciones en terrenos forestales que requieren autorización y están sujetas a evaluación de impacto ambiental ordinaria.
Requisitos principales
- El proyecto debe estar incluido en los supuestos de aplicación de la evaluación de impacto ambiental ordinaria según la Ley 21/2013.
- Haber realizado previamente el trámite de información pública del proyecto.
Plazos
La solicitud y documentos se deben presentar en un plazo máximo de 355 d ías naturales desde la finalización de los trámites de información pública y de consultas.
Duración del trámite
El órgano ambiental tiene un plazo de cuatro meses para llevar a cabo los trámites, que puede prorrogarse dos meses más.
Información adicional
La evaluación de impacto ambiental ordinaria consta de tres trámites: solicitud de determinación del alcance del estudio de impacto ambiental (opcional), solicitud de información pública del proyecto y del estudio de impacto ambiental, y solicitud de evaluación de impacto ambiental.
Resumen
Este trámite permite solicitar la evaluación de impacto ambiental ordinaria para proyectos forestales y roturaciones. Está dirigido a personas físicas o jurídicas que promueven actuaciones en terrenos forestales que requieren autorización del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural.
Lo que necesitas
Documentación requerida
- Proyecto.
- Estudio de impacto ambiental.
- Alegaciones e informes recibidos en el trámite de información pública.
- Información cartográfica en formato digital georreferenciado.
- Mandato de representación firmado, en caso de que la solicitud sea presentada por una entidad autorizada / mandatario. Model
Costes y plazos
- Coste:
- Por la emisión de una declaración de impacto ambiental de otros proyectos no previstos en las letras b y d: 4.266,45 euros.
- Por la emisión de una declaración de impacto ambiental de los proyectos respecto a los cuales se ha emitido previamente una resolución que determina la aplicación del procedimiento de evaluación de impacto ambiental: 1.953,00 euros.
- Plazo: La solicitud y documentos se presentarán en un plazo máximo de 355 días naturales desde la finalización de los trámites de información pública y de consultas.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Solicitar:
- Este trámite solo se puede hacer por internet. Al enviar el formulario debe identificarse con idCATMóvil o un certificado digital de persona física, de representación o de persona vinculada.
- Cal utilitzar el formulari de comunicació descarregable a continuació, no s’admetran les peticions genèriques.
- Iniciar . Acceder a Formulario
- Guía para la tramitación telemática de la solicitud de evaluación ambiental ordinaria del proyecto y del estudio de impacto ambiental (M0021-AN08)
- Consultar el estado del trámite:
- En Área privada (con idCAT Móvil/o certificado digital), si es usted particular.
- En Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF)
- En el teléfono 012 (con el código identificador (ID) del trámite y el DNI/NIF).
- Recibir respuesta de la Administración:
- Una vez se ha realizado el trámite y se ha obtenido el recibo que se genera automáticamente, la solicitud queda presentada.
- El Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural podrá verificar, en cualquier momento y a partir de la fecha de presentación de la solicitud, si los datos comunicados y los hechos declarados se ajustan a la realidad.
- La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato de la solicitud o en la documentación que la acompaña comporta, previa audiencia al interesado, dejar sin efecto la comunicación e impedir el ejercicio de la actividad afectada.
- El promotor y el órgano sustantivo recibirán del órgano ambiental la declaración de impacto ambiental.
- El órgano ambiental debe llevar a cabo estos trámites en el plazo de cuatro meses, contados desde la recepción completa del expediente de impacto ambiental. Este plazo se puede prorrogar por dos meses adicionales por razones justificadas, debidamente motivadas.
- Consulte el organigrama explicativo de los pasos y plazos de la evaluación ambiental ordinaria.
Ayuda
- Teléfono 012
Normativa
- Llei 21/2013, de 9 de desembre, d’avaluació ambiental (BOE núm 296, publicat el 11/12/2013)
- Decret legislatiu 3/2008, de 25 de juny, pel qual s'aprova el Text refós de la Llei de taxes i preus públics de la Generalitat de Catalunya. (DOGC 5161, de 27.06.2008)
- ORDEN ACC/36/2022, de 8 de marzo, por la que se da publicidad a las tasas vigentes que gestiona el Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural. . Abrir en una nueva ventana. (DOGC núm. 8624 publicado el 11/03/2022)