Solicitud de devolución por ingreso indebido de la tasa para tramitar autorizaciones de trabajo para personas extranjeras

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite solicitar la devolución del importe ingresado incorrectamente para la tramitación de autorizaciones de trabajo para personas extranjeras en la cuenta de la Generalitat.

¿Quién puede solicitarlo?

Empresas, profesionales y ciudadanos que hayan realizado un ingreso indebido de la tasa para tramitar autorizaciones de trabajo para personas extranjeras.

Requisitos principales

  • Haber realizado un ingreso indebido de la tasa para tramitar autorizaciones de trabajo para personas extranjeras.
  • Presentar la documentación requerida.

Plazos

Se puede solicitar en cualquier momento.

Duración del trámite

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de tres meses, a contar desde la fecha en que se presenta la solicitud.

Información adicional

Este trámite es específico para la devolución de tasas de las autorizaciones de trabajo. En caso de que le tengan que devolver las tasas vinculadas a la obtención de informes de extranjería, debe dirigirse al Departamento de Igualdad y Feminismos.

Resumen

Este trámite permite solicitar la devolución de ingresos indebidos de la tasa para tramitar autorizaciones de trabajo para personas extranjeras realizados en la cuenta de la Generalitat.

Quién puede usar este servicio:

  • Empresas
  • Profesionales
  • Ciudadanos

Lo que necesitas

Documentos requeridos

Costes y plazos

  • Este trámite es gratuito.
  • Se puede solicitar en cualquier momento.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Solicitar:

    • Descargar y rellenar el formulario.
    • Adjuntar los documentos requeridos.
    • Validar y firmar el formulario con certificado digital.
    • Enviar el formulario a través de la página de tramitación.

    Este trámite solo se puede realizar presencialmente si eres un particular. Autónomos, profesionales, empresas y otros colectivos deben tramitarlo por internet.

  2. Consultar el estado del trámite:

  3. Recibir la respuesta de la Administración:

    • El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de tres meses.
    • La resolución se notifica electrónicamente.

Después de hacerlo

Plazos de resolución

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de tres meses desde la presentación de la solicitud. Si transcurren seis meses sin recibir respuesta, la solicitud se considera desestimada por silencio administrativo.

Siguiente pasos

Contra la resolución, se puede presentar un recurso de reposición en el plazo de un mes.

Ayuda

Contacto

  • Departament d'Empresa i Treball
  • Servei de Planificació i Coordinació de les Autoritzacions de Treball

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