Solicitud de certificados de profesionalidad y acreditaciones parciales acumulables

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Es el procedimiento mediante el cual el ciudadano o ciudadana que ha realizado y ha superado la formación conducente a la obtención de certificados de profesionalidad mediante las vías legalmente establecidas, pueden solicitar la expedición de estos certificados de profesionalidad o la acreditación parcial acumulable.
El certificado de profesionalidad es un documento oficial que acredita a quien lo obtiene que es competente profesionalmente para desarrollar una actividad laboral de acuerdo con las exigencias de la producción y la ocupación. Es decir, que tiene los conocimientos y habilidades para desarrollarla, de forma correcta y de acuerdo con las exigencias del mercado.
Un certificado de profesionalidad acredita las competencias profesionales de una persona, independientemente de si éstas se han obtenido a través de la experiencia profesional o de la formación, tanto formal como no formal.

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A quién va dirigido

  • A las personas que hayan superado vía formativa (Administración laboral) la formación realizada en un centro que haya sido autorizado por el Servicio Público de Ocupación de Cataluña para impartir certificados de profesionalidad. En este caso, el alumno/a ha de superar con evaluación positiva los módulos formativos asociados a cada unidad de competencia que quiere acreditar.
  • A las personas que hayan superado vía formativa (Administración educativa) módulos profesionales del Departamento de Enseñanza asociados a las unidades de competencia que conforman un certificado de profesionalidad siempre que se acredite que se han superado estos módulos.
  • A las personas que a través de procedimientos de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia profesional o vías no formales de formación que convocan conjuntamente la Administración laboral y la educativa hayan obtenido el reconocimiento de las unidades de competencia que quieren acreditar.

Organismo responsable

Normativa

Solicitar el certificado de profesionalidad

Plazos

El certificado se puede solicitar en cualquier momento.

Requisitos

Las personas que soliciten el certificado de profesionalidad deben acreditar que tienen los conocimientos y capacidades correspondientes a todas y cada una de las unidades de competencia que lo conforman.

Tasas

Para la expedición de los certificados de profesionalidad o las acreditaciones parciales acumulables se requiere el pago de unas tasas respectivamente, cuyas cuantías se relacionan a continuación:
Las tasas se exigirán de acuerdo con las cuotas siguientes:

  1. Cuota 1. Por expedición de certificados de profesionalidad y acreditaciones parciales acumulables (por unidad).
    • Cuota 1.1. Certificados de profesionalidad: 50,03 euros.
    • Cuota 1.2. Acreditaciones parciales acumulables: 43,03 euros
  2. Cuota 2. Por expedición de duplicados de certificados o acreditaciones (por unidad)
    • Cuota 2.1. Por expedición de cada duplicado de certificado: 18 euros.
    • Cuota 2.2. Por expedición de cada duplicado de acreditació parcial acumulable: 11 euros.

La tasa se acreditará por parte del interesado/a en recoger el certificado, con el justificante del correspondiente ingreso.
Las exenciones y bonificaciones de estas tasas son las siguientes:
Disfrutarán de exención total de las cuotas de la tasa, con la justificación previa de su situación, los colectivos siguientes:

  • Los solicitantes miembros de familias numerosas de categoría especial.
  • Las personas que poseen la declaración legal de minusvalía en un grado igual o superior al 33%.
  • Las personas sujetas a medidas privativas de libertad.
  • Las víctimas de actos terroristas, sus cónyuges y sus hijos.
  • Los sujetos pasivos en situación de desempleo demandantes de ocupación que no perciben ninguna prestación económica.

Disfrutarán de una bonificación de la cuota con la justificación previa de su situación, los colectivos siguientes:

  • Los solicitantes miembros de familias numerosas de categoría general, en un 50% de la cuota.
  • Los sujetos pasivos en situación de desempleo demandantes de ocupación que perciben alguna prestación económica, en un 50% de la cuota.

Se prevé que aquellas personas que pueden acreditar el derecho a tener bonificación o exención de estas tasas lo tendrán que indicar en el apartado correspondiente de la solicitud.

Otras informaciones

Validez
Los certificados de profesionalidad son válidos en todo el territorio español. Además, hace falta tener en cuenta que tendrán los efectos que les correspondan según la normativa de la Unión Europea relativa al sistema general de reconocimiento de la formación profesional en los estados miembros de la Unión y el resto de estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
Ventajas para las personas trabajadoras

Los certificados de profesionalidad:

  1. reconocen y acreditan las calificaciones profesionales de las personas, independientemente de cómo las hayan adquirido;
  2. sirven para demostrar que las personas trabajadoras tienen aquellas calificaciones, en el momento de optar a un puesto de trabajo en el cual se exija una calificación determinada;
  3. facilitan el aprendizaje permanente de toda la ciudadanía mediante una formación modular, flexible y accesible, adaptada a cada momento, tanto profesional como vital de la persona;
  4. permiten la adquisición de acreditaciones oficiales de forma gradual, evitando en gran medida el abandono de las acciones formativas iniciadas;
  5. posibilitan la movilidad laboral en todo el territorio español, ya que las calificaciones reconocidas tienen validez a todo el Estado. Asimismo, ayuda a la movilidad laboral dentro del ámbito europeo;
  6. permiten la convalidación parcial con estudios de formación profesional del sistema educativo.


Acreditación parcial acumulable: es un documento que acredita a una persona que tiene alguna o algunas de las unidades de competencia que no componen un certificado de profesionalidad pero nunca la totalidad del certificado. La acreditación parcial acumulable acredita a la persona que tiene al menos una parte (una unidad de competencia) de un certificado de profesionalidad.
Preguntas más frecuentes

Presencialmente


Puntos de tramitación

Esta solicitud se debe dirigir al/a la director/a del SOC, presentándola, una vez mecanizada e impresa, en papel con la documentación complementaria, el original y una copia, preferentemente en el registro del Servicio Territorial correspondiente que se indicarà en la propia solicitud.

Asimismo, se pueden presentar las solicitudes por cualquiera de los procedimientos administrativos que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Guía informativa sobre la tramitación vía web de la solicitud de certificados de profesionalidad y acreditaciones parciales acumulables.


Oficinas de la administración

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Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

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Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

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