Solicitud de ayuda a la acuicultura

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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El objeto de la ayuda es el fomento de proyectos de nueva construcción de instalaciones acuícolas, la ampliación de las ya existentes, así como los proyectos de modernización o equipamiento de instalaciones de acuicultura.
La subvención de esta línea será a cargo del año 2015.

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  • Plazo de presentación de solicitudes: del 12 de agosto al 12 de septiembre de 2014, ambos incluidos.
  • El plazo de ejecución de la actuación y presentación del justificante de pago a la DGPAM será el que se establezca en la resolución de concesión de la ayuda, que no podrá ser más tarde del 15 de septiembre de 2015.

A quién va dirigido

A las personas físicas y jurídicas, titulares de establecimientos de acuicultura, ubicados o que deban ubicarse en Cataluña, que tengan la condición de microempresa, pequeña o mediana empresa, así como las empresas con menos de trabajadores o un volumen de negocios inferior a 200 millones de euros, las cofradías de pescadores, las asociaciones, las federaciones y las organizaciones de productores.

Organismo responsable

Normativa

Documentación relacionada

Solicitar la ayuda

Plazos

  • Plazo de presentación de solicitudes: del 12 de agosto al 12 de septiembre de 2014, ambos incluidos.
  • El plazo de ejecución de la actuación y presentación del justificante de pago a la DGPAM es el 15 de septiembre de 2015.

Documentación

Documentación que debe acompañar la solicitud:
Documentación general

  1. Verificación de los datos de identidad de la persona solicitante o de quien la represente correspondientes al DNI / NIF / NIE u otro documento que lo acredite, en caso de no haber autorizado al Departamento a obtener esta información.
  2. Acreditación de la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia, si procede.
  3. En el caso de personas jurídicas, copia de las escrituras y / o estatutos registrados de la entidad solicitante, si procede. Si esta documentación está disponible en el Registro de entidades jurídicas, en el Registro de cooperativas, o en el Registro de cofradías de pescadores el Departamento lo verificará de oficio.
  4. En el caso de personas jurídicas, certificado del acuerdo del órgano competente según los estatutos de la entidad para solicitar la ayuda y aceptar los compromisos correspondientes.
  5. En caso de que haya titularidad compartida sin constituirse en persona jurídica, poder suficiente a favor de la persona solicitante para que solicite la ayuda y realice las actuaciones objeto de la ayuda.
  6. Documentación descriptiva de las inversiones a realizar: memoria o proyecto técnico de las actuaciones para las que se solicita la ayuda. Esta documentación incluirá una descripción detallada de las obras, inversiones, actuaciones y un presupuesto desglosado. Además, el proyecto técnico incluirá los planos de las obras o instalaciones. Cuando la documentación descriptiva por su formato presente dificultad para hacer copias, se podrá requerir al solicitante que se presente una copia en formato digital.
  7. Facturas proforma de las empresas proveedoras.
    Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de contratos del sector público para el contrato menor, el / la beneficiario / a deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren. La elección entre las ofertas, que deberán aportarse en la justificación, o, en su caso, en la solicitud de subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa. Las tres ofertas deben provenir de empresas que no formen parte del mismo grupo de sociedades, de acuerdo con los supuestos que establece el artículo 42 del código de comercio.

Documentación específica
8. Estudio de viabilidad técnica y económica.
9. En cuanto a los proyectos de piscicultura intensiva, las personas solicitantes presentarán junto con la solicitud de ayuda, la información ambiental suficiente en relación con la posible repercusión del proyecto sobre el medio ambiente.

Requisitos

  1. Las actividades objeto de ayuda, deberán cumplir con el Reglamento (CE) 852/2004 relativo a la higiene de los productos alimenticios y el Reglamento (CE) 853/2004 por los que se establecen las normas relativas a la higiene de los productos alimentarios y los alimentos de origen animal, en su caso.
  2. Las actuaciones previstas deben ofrecer garantías suficientes de viabilidad técnica y económica, y evitar el riesgo de creación de capacidades de producción excedentarias.
  3. Las inversiones deben contribuir a un efecto duradero de la mejora estructural prevista.
  4. El órgano competente en materia de medio ambiente de la Generalidad de Cataluña determinará si el proyecto debe someterse a una evaluación de impacto ambiental, de conformidad con la normativa ambiental aplicable.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

Actuaciones subvencionables
Serán subvencionables las inversiones destinadas al fomento de proyectos de nueva construcción de instalaciones acuícolas, la ampliación de las ya existentes, así como los proyectos de modernización o equipamiento de instalaciones de acuicultura.


Gastos subvencionables

  1. Los proyectos de nueva construcción o ampliación de instalaciones acuícolas.
  2. Los proyectos de modernización o equipamiento de instalaciones de acuicultura siguientes:
    1. Las inversiones referidas a obras de acondicionamiento o mejora de la circulación hidráulica dentro de las empresas acuícolas y en los buques auxiliares de instalaciones acuícolas.
    2. La mejora de las condiciones higiénicas o de sanidad humana o animal, para mejorar la calidad de los productos.
    3. La utilización de técnicas que reduzcan sustancialmente los efectos de las instalaciones acuícolas sobre el medio ambiente.
    4. La compra y la instalación de equipamientos y máquinas nuevas que modernicen las instalaciones de acuicultura, tales como máquinas clasificadoras de peces, máquinas hidrolimpiadoras de redes, máquinas repartidoras de piensos y otros.
    5. Los equipamientos informáticos y telemáticos necesarios para el funcionamiento de la instalación.
    6. La adquisición y construcción de embarcaciones auxiliares necesarias para el desarrollo de los trabajos de las instalaciones de acuicultura.
    7. La adquisición de máquinas o equipamientos que faciliten los trabajos acuícolas.
  3. Los costes derivados de la recogida de información sobre el procedimiento de evaluación de impacto medioambiental.
  4. Las entregas a cuenta efectuados por la persona interesada en la presentación de la solicitud de ayuda o visita de no inicio admitirán como gasto subvencionable, siempre que pueda justificarse de forma satisfactoria que forman parte del proyecto subvencionado y que las obras o instalación de los bienes han sido posteriores a la fecha de solicitud de ayuda o la visita para verificar que no se han iniciado las actuaciones.
  5. Los costes indirectos, los gastos generales y los gastos financieros pueden subvencionarse hasta un máximo del 12% del coste subvencionable, siempre y cuando el gasto esté directamente vinculada a la ejecución material del proyecto y sea estrictamente necesaria para la su puesta en funcionamiento.
  6. La adquisición de terrenos por un coste que no supere el 10% del total de los gastos subvencionables del proyecto. Será condición indispensable para la subvención de la adquisición de terrenos, la obtención de una certificación de un experto independiente cualificado que confirme que el precio de adquisición del terreno no es superior a su valor de mercado.

Gastos no subvencionables

  1. Los costes periódicos de seguimiento del impacto ambiental.
  2. En las nuevas construcciones o la ampliación de las existentes, la adquisición de alevines o juveniles con un coste superior al 5% del coste total de las otras inversiones elegibles.
  3. Los costes relativos a la adquisición de una concesión para la explotación de las zonas de cultivo.
  4. El impuesto sobre el valor añadido, excepto el impuesto sobre el valor añadido no recuperable, cuando sea a cargo de manera efectiva y definitiva de una persona beneficiaria, salvo las personas que no son los sujetos pasivos a que se refiere el artículo 4, apartado 5, párrafo primero, de la Sexta Directiva 77/388 / CEE del Consejo, de 17 de mayo de 1977, en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios- sistema común del impuesto sobre el valor añadido: base imponible uniforme.
  5. Los intereses deudores.
  6. La vivienda.
  7. Las transferencias de la propiedad de las empresas.
  8. Los impuestos, tasas, y cualquier otro gasto financiera no relacionada con la ejecución material del proyecto de inversión.
  9. Las inversiones relativas al comercio al por menor, excepto cuando forme parte de una explotación acuícola.

Plazos

Del12.08.2014al 12.09.2014

Presencialmente

Se debe presentar en:

Solicitar el pago

Plazos

El plazo de ejecución de la actuación y presentación del justificante de pago a la DGPAM es el 15 de septiembre de 2015.

Documentación

Documentación a adjuntar en fase de pago:
Documentación general

Cuenta justificativa, de acuerdo con el modelo normalizado que se podrá obtener en cualquier dependencia del Departamento, acompañada de los documentos justificantes del pago.

Como justificantes del gasto se deben presentar las facturas originales, y los comprobantes del pago de los gastos. Los justificantes deben indicar contoda claridad a qué conceptos del presupuestose refieren.
Los comprobantes de pago de las actuaciones subvencionables serán:
a) La certificación del bancoo los extractos bancarios de la cuenta desde la que se han emitido los pagos y
b) Los recibos bancarios de las transferencias o los cargos bancarios efectuados, las letras vencidas, los cheques, los pagarés y los recibos de los proveedores.

Memoria justificativa, de acuerdo con el modelo normalizado que se podráobtener en cualquier dependencia del Departamento

Documentación actualizada de la titularidad dellugardonde se efectúala inversión, que puede ser cualquiera de las siguientes:
a) Nota simple del registro de la propiedad.
b) Copia del contrato de alquiler, liquidado y registrado, conuna duración mínima de cinco años.
c) Copia del contrato de cesión de uso, liquidado con una duración mínima de cinco años.
d) Concesión, autorización acreditativa de la disponibilidad del espacio donde se lleva acabo la actuación o documentación acreditativa de que se está tramitando la prórroga de su titularidad.

Para acreditar el cumplimiento de lanormativa medioambiental, los beneficiarios, cuando proceda, deben aportar una copia de la licencia, autorización o comunicación ambiental de actividad.

Los proyectos enque sea necesaria, copia de la licencia municipal de obras del Ayuntamiento correspondiente.

Acreditación de la inscripciónen el RegistroSanitario de Industrias y Productos Alimentarios de Cataluña (RSIPAC) de los beneficiarios que se dediquen a actividades alimentarias y no estén excluidosde registro.

Si se tratade un establecimiento industrial con obligatoriedad de inscripción en el Registro de Industrias Agrarias y Alimentariasde Cataluña (RIAAC) de acuerdo con el artículo 5 del decreto 302/2004, de 25 de mayo, el Departamento verificará de oficio que así lo esté.

Documentación específica
En caso de la adquisición de embarcaciones auxiliares para la acuicultura:

a) Certificado nacional de arqueo.
b) Certificado de navegabilidad.
c) Certificado nacional de seguridad.
d) Hoja de asiento que acredite su inscripción en la lista cuarta.
e) Certificado sanitario de reconocimiento por abanderamiento.
f) Certificado del Registro Mercantil que acredite la titularidad de la embarcación.

Cuando la inversión consista en la adquisición de un furgón isotérmico deberá aportar la documentación técnica que lo identifique.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Plazos

Del13.09.2014al 15.09.2015

Presencialmente

Se debe presentar en:


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

Tel. 902627781

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