Selección de proyectos cuatrienales de investigación en materia de arqueología y paleontología

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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Es una convocatoria para seleccionar proyectos de investigación que deban ser desarrollados en Cataluña durante el periodo 2014-2017 y que comporten realizar intervenciones arqueológicas o paleontológicas.

Los proyectos que sean aprobados en esta convocatoria podrán tomar parte en la convocatoria de subvenciones que, en su caso, convoque la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural.

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Plazo de solicitud: del 18 de abril al 17 de mayo de 2014.

A quién va dirigido

  • A universidades catalanas con departamentos o unidades relacionadas con la arqueología o a la paleontología.
  • A institutos de investigación arqueológica o paleontológica.
  • A museos con colecciones de arqueología o de paleontología.
  • A empresas de arqueología y paleontología, siempre que acrediten la disponibilidad de la infraestructura necesaria para garantizar la calidad de la investigación (laboratorios, equipos informáticos y equipamiento en general).
  • A grupos de investigación, formados por varias personas físicas, empresas o entidades, que acrediten disponer de la infraestructura mencionada en el punto anterior.

Organismo responsable

Normativa

Solicitar la aprobación del proyecto

Plazos

El plazo para presentar las solicitudes es del 18 de abril al 17 de mayo de 2014.

Documentación

Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

a) Documentación administrativa:

  1. Copia compulsada del documento de identidad personal, en el caso de personas físicas. No se deberá aportar este documento si la persona solicitante autoriza al órgano instructor para que consulte los datos correspondientes. Esta autorización deberá ser formalizada en el formulario de solicitud.
  2. Cuando se actúe en nombre de otros:
    • Copia compulsada del documento de identidad de la persona firmante. No es necesario aportar este documento si la persona solicitante autoriza al órgano instructor para que consulte los datos correspondientes. Esta autorización se deberá formalizar en el formulario de solicitud.
    • Copia compulsada de la documentación acreditativa de la representación con la que actúa si no se tiene que inscribir en un registro público.
  3. Informe que incluya:
    • Identificación del proyecto.
    • Identificación del investigador o investigadora principal.
    • Identificación de la intervención o intervenciones que se deban llevar a cabo para su desarrollo: deberá incluir la descripción del área donde se realizará la intervención y su situación exacta, con expresión de las coordenadas geográficas y la representación sobre cartografía. Si la intervención es subacuática, hay que especificar también la profundidad del yacimiento y las características del fondo.
  4. Presupuesto detallado del programa previsto a cuatro años, teniendo en cuenta el plan de trabajo y las actuaciones a ejecutar en coherencia con la disponibilidad de financiación. Se deberá adjuntar la previsión de las fuentes de financiación del proyecto. El presupuesto deberá incluir los gastos correspondientes a los trabajos de consolidación y conservación del yacimiento y, si procede, los de su musealización. En el caso de proyectos que incluyan intervenciones que impliquen la posible extracción de restos, hay que prever los costes de traslado y consolidación. Es necesario especificar en el presupuesto qué aportación dineraria y en prestaciones de servicios cuantificada efectúa el solicitante. Asimismo, se deben especificar los patrocinios con los que cuenta (cuáles son, de qué tipo y el importe), y concretar la cantidad que, en su caso, pedirá al Departamento de Cultura de la Generalidad de Cataluña.
  5. Documentación que acredite la autorización del propietario o propietaria y de la persona titular de cualquier derecho real sobre el terreno que se pueda ver afectado por las intervenciones previstas. La autorización deberá ser para todo el periodo de ejecución del proyecto (2014-2017) durante el cual se tengan que hacer intervenciones.
  6. La aceptación por escrito de la persona o personas que deberán dirigir todas y cada una de las intervenciones arqueológicas o paleontológicas previstas, con especificación clara de cuáles dirigirá cada una de estas personas.

b) Proyecto: descripción científica.

El proyecto se deberá presentar con un programa con un plazo de cuatro años. Se deberá hacer constar:

  1. Objetivos del proyecto de investigación. Deben definirse cuáles son las finalidades científicas del proyecto y su coherencia con los objetivos del Plan de investigación aprobado por el Consejo Nacional de Arqueología y Paleontología, que se puede consultar en la dirección de Internet http://blocs.gencat.cat/blocs/AppPHP/tribunadarqueologia/. Es necesario exponer el estado del conocimiento sobre el tema de investigación, las bases teóricas en las que se fundamenta el proyecto, las hipótesis de trabajo que derivan de todo ello, la metodología y las técnicas que se prevé utilizar
  2. Contenidos. Exposición del procedimiento que se seguirá para alcanzar las finalidades y los objetivos a los que se ha hecho referencia en el apartado anterior.
  3. Informe del programa de actuaciones. El informe deberá incluir el programa y la descripción de las características de las actuaciones: antecedentes, situación del lugar, estudios necesarios y análisis previstos.
  4. Duración y alcance de las diferentes actuaciones. Se deberá hacer constar la duración y el alcance temporal de las actuaciones previstas en el proyecto, indicando las diferentes fases del trabajo y la secuencia lógica en que estas se ordenarán.
  5. El plan de trabajo detallado de la intervención o intervenciones, que deberá incluir los contenidos siguientes:
    • Listado de los yacimientos donde se prevé intervenir o tareas relacionadas con los estudios que no comporten trabajo de campo.
    • Programa de actuaciones. Deberá incluir el calendario programado y las características de cada intervención (fechas de realización de cada una de las intervenciones, ubicación, antecedentes, estudios necesarios y análisis previstos).
    • Metodología y técnicas: explicación de los métodos y las técnicas que se prevén utilizar en el trabajo de campo (método de intervención, sistemas de registro de la información, etc.) y justificación de los motivos de su elección.
    • Indicaciones sobre el trabajo de campo: se deben indicar las previsiones de la duración de cada intervención y los aspectos prácticos de las actuaciones (alojamiento, desplazamientos). Si se trata de un proyecto de intervención subacuática, se deberá especificar el tratamiento inmediato que recibirán los restos una vez extraídos de su medio.
    • Actuaciones de conservación y restauración de los bienes muebles.
  6. Equipo investigador.
    • Curriculum vitae del investigador o investigadora principal, que deberá incluir los datos personales, la formación académica, la experiencia profesional, la experiencia investigadora, las publicaciones, la participación en congresos y reuniones científicas y otros méritos científicos relevantes. El currículum no excederá las diez hojas y, respecto a la experiencia profesional, se deberá limitar a los últimos cinco años, aunque se pueden hacer constar los aspectos más relevantes de los diez años anteriores. El currículum deberá demostrar la adecuación del investigador o investigadora principal al proyecto.
    • Datos curriculares de las personas miembros del equipo, con el fin de acreditar su idoneidad para las características del proyecto y su solvencia científica y técnica.
    • Especificación, si procede, de los servicios de profesionales que habrá que contratar y justificación de su necesidad.
  7. Infraestructura. Documentación acreditativa de que el equipo de investigación dispone de la infraestructura necesaria, aportada por el agente o la institución de investigación, para garantizar la calidad de la investigación (laboratorios, equipos informáticos y equipamiento en general).

c) Propuesta patrimonial.

Descripción de la estrategia de futuro en relación con los yacimientos excavados. Es necesario especificar si se adopta la opción básica de protección y conservación del yacimiento o yacimientos en qué el proyecto intervenga, por cubrimiento de los restos o por consolidación de las estructuras y, si procede, su cierre.

En caso de que sea viable la puesta en valor ciudadana o la musealización en mayor o menor grado (desde la señalización y cierre a la creación de un centro de visitantes o de interpretación o de un parque arqueológico), es necesario que la propuesta esté fundamentada en un proyecto museístico viable (tanto respecto a la aportación al conjunto del patrimonio y el funcionamiento a nivel público, como respecto a la sostenibilidad económica) y que disponga de un plan de financiación.

Requisitos

Para poder participar en la selección y optar a la aprobación de los proyectos, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  1. Los proyectos se deben realizar a lo largo de cuatro anualidades, dentro del periodo comprendido entre el 1 de enero de 2014 y el 31 de diciembre de 2017.
  2. El proyecto debe incluir la realización de una o varias intervenciones arqueológicas o paleontológicas durante el periodo mencionado. Aunque el proyecto puede incluir actuaciones que se lleven a cabo fuera del territorio de Cataluña, únicamente serán subvencionables según la futura convocatoria de ayudas las intervenciones arqueológicas o paleontológicas que se lleven a cabo en el territorio de Cataluña, que sean necesarias para el desarrollo del proyecto y que cumplan los requisitos establecidos en las bases.
  3. Las intervenciones arqueológicas o paleontológicas que formen parte del proyecto deben corresponder a las actuaciones a las que hace referencia el artículo 3.3 del Decreto 78/2002, de 5 de marzo, del Reglamento de protección del patrimonio arqueológico y paleontológico, cuyos promotores deben cumplir los requisitos establecidos en el artículo 6 del Decreto mencionado, o los artículos correspondientes de la norma que lo sustituya.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite

Criterios de evaluación

Criterios de evaluación a aplicar por la AGAUR:

  1. Valoración de la propuesta científica: estructura de la propuesta científica, metodología utilizada, programa de actuaciones y adecuación de este a los objetivos del proyecto, grado de innovación en la investigación, adecuación de la infraestructura a los objetivos del proyecto, aportación al conocimiento: 4 puntos.
  2. Valoración del currículum de la persona investigadora principal y del resto del equipo, con especial atención a las publicaciones efectuadas: 1 punto.
  3. Adaptación a los objetivos del Plan de investigación aprobado por el Consejo Nacional de Arqueología y Paleontología: 1 punto.

Criterios de evaluación a aplicar por la Comisión de Investigación de Arqueología y Paleontología:

  1. Infraestructura de investigación adecuada a los objetivos del proyecto: 0,5 puntos.
  2. Estrategia de futuro del yacimiento o yacimientos: 0,5 puntos.
  3. Criterios patrimoniales:
    • Capacidad de generación de conocimiento en relación con el territorio y el periodo cronológico: 0,5 puntos.
    • Socialización del conocimiento: 0,5 puntos.
    • Incorporación de materiales y yacimientos, provenientes de excavaciones preventivas u otros conjuntos inéditos: 1,5 puntos.
  4. Adecuación del presupuesto al proyecto: 0,5 puntos.

Plazos

Del18.04.2014al 17.05.2014

Las solicitudes se pueden presentar por medios telemáticos utilizando el sistema de firma electrónica, o bien presencialmente en cualquier lugar de los que prevé el artículo 25 de la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

En el caso de que la persona solicitante sea una entidad local o universidad pública, la solicitud se puede realizar por medios telemáticos a través del extranet de las administraciones catalanas (http://www.eacat.cat).

Por internet

Consulte las condiciones técnicas necesarias para hacer tr??mites en línea en la Oficina Virtual de Trámites

Presencialmente


Puntos de tramitación

Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

Tel. 902627781

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