Resolución individualizada de amnistía en procedimientos administrativos sancionadores de seguridad ciudadana
Información Rápida
Objetivo
Obtener una resolución individualizada sobre la aplicación de la amnistía en sanciones administrativas de seguridad ciudadana y, si corresponde, la devolución de importes pagados.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas sancionadas por el Departamento de Interior de la Generalitat de Catalunya por infracciones en materia de protección de la seguridad ciudadana, por hechos previstos en alguno de los supuestos del artículo 1 de la Ley Orgánica de amnistía.
Requisitos principales
- Haber sido sancionado por el Departamento de Interior por infracciones en materia de protección de la seguridad ciudadana, por hechos previstos en alguno de los supuestos del artículo 1 de la Ley Orgánica 1/2024.
- Si se solicita la devolución de la sanción pagada, esta debe ser por infracción leve o grave de las previstas en la Ley Orgánica 4/2015.
Plazos
El plazo para presentar la solicitud finaliza el 11 de junio de 2029.
Duración del trámite
Variable, dependiendo de la revisión de la solicitud.
Resumen
Este trámite permite solicitar una resolución individualizada sobre la aplicación de la amnistía en procedimientos administrativos sancionadores relacionados con la seguridad ciudadana. También permite solicitar la devolución de los importes pagados por sanciones, si corresponde.
Quién puede usar este servicio:
Ciudadanos que hayan sido sancionados por el Departamento de Interior de la Generalitat de Catalunya por infracciones en materia de seguridad ciudadana, siempre que los hechos estén previstos en alguno de los supuestos del artículo 1 de la Ley Orgánica de amnistía.
Lo que necesitas
Documentación requerida:
- Si presentas la solicitud en nombre de otra persona, debes adjuntar la documentación que acredite la representación. No es necesario si estás inscrito en el Registro electrónico de representación (Representa).
Requisitos:
- Haber sido sancionado por el Departamento de Interior por infracciones en materia de protección de la seguridad ciudadana, por hechos previstos en alguno de los supuestos del artículo 1 de la Ley Orgánica 1/2024.
- Si además se solicita la devolución de la sanción pagada, esta tiene que ser por infracción leve o grave de las previstas en la Ley Orgánica 4/2015.
Costes y plazos:
- Este trámite es gratuito.
- El plazo para presentar la solicitud finaliza el 11 de junio de 2029.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Solicitar:
- Puedes realizar este trámite por internet o presencialmente.
- Por Internet: Necesitarás identificarte con idCAT Mòbil o un certificado digital. En caso de que te identifiques, podrás enviar el formulario sin firmarlo.
- Presencialmente: Puedes presentar la documentación en las oficinas de registro o en otros puntos habilitados.
- Consultar el estado del trámite:
- Puedes consultar el estado del trámite en tu Área privada, en el Estado de mis gestiones, llamando al teléfono 012 o en cualquier oficina de atención ciudadana.
- Recibir la respuesta de la Administración:
- Recibirás una notificación electrónica a través de tu Área privada. Si eres un particular y has manifestado que no quieres recibir notificaciones electrónicas, recibirás la notificación en papel por correo certificado.
Ayuda
- Si necesitas información o ayuda para hacer el trámite, puedes pedir cita en las oficinas de atención ciudadana.
Normativa
- Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio, de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña
- ACUERDO GOV/147/2024, de 11 de junio, por el que se adoptan medidas para implementar la Ley orgánica de amnistía.
- RESOLUCIÓN INT/2119/2024, de 11 de junio, por la que se declara la amnistía de los actos determinantes de responsabilidad administrativa de acuerdo con la normativa de protección de la seguridad ciudadana.