Residencias para mayores (estancias temporales)

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Plazo indefinido 
  • Referencia


    277

    ¿Qué es? >

  • Ingreso temporal para personas mayores, en en residencias de la Comunidad de Madrid, cuando determinadas circunstancias familiares de carácter transitorio, como ingresos hospitalarios, maternidad, viajes, hacen imposible que dediquen a sus mayores la atención que les prestan habitualmente.

    ¿Quién puede? >

  •  Para consultar los requisitos de participación en este procedimiento véase el documento "Requisitos" en el apartado de Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha.

    ¿Qué necesitas presentar? >

    ¿Cómo lo solicito? >

  • En el apartado “Gestión" de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir


    a) Presentación por Internet (ver cómo tramitar)


    Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
    Dentro del apartado “Gestión" de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
    Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “internet”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones
    Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
    Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
    b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.

    Además, puede presentar su solicitud en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

    Normativa Aplicable >

  • * Orden 285/2015, de 2 de marzo, de la Consejería de Asuntos Sociales que modifica la Orden 1377/1998, de 13 de julio, por la que se regula la tramitación de solicitudes y adjudicación de plazas en centros residenciales de atención a personas mayores que integra la red pública de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 65, de 18 de marzo)
    * Resolución 8049/2009, de 18 de diciembre, del Director General del Mayor, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación del expediente del procedimiento denominado “Solicitud estancias temporales en Residencias para Personas Mayores” (BOCM nº 41, de 18 de febrero de 2009)
    * Decreto 72/2001, de 31 de mayo, que regula el Régimen Jurídico Básico del Servicio Público de Atención a Personas Mayores en Residencias, Centros de Atención de día y Pisos Tutelados (BOCM nº 131, de 4 de junio).
    * Orden 1377/1998, de 13 de julio, (art. 15) de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, por la que se aprueba el procedimiento para la tramitación de solicitudes y adjudicación de plazas en las Residencias de Mayores que integran la red pública de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 166, de 15 de julio). 

    Órgano Responsable >

  • Consejería de Políticas Sociales y Familia
    D. G. de Atención a la Dependencia y al Mayor

    Información Complementaria >

  • Plazo de duración del ingreso: Máximo 2 meses, aunque excepcionalmente se puede prorrogar un mes más bajo previa solicitud por el interesado con 5 días de antelación.
    Plazo de renovación: Podrá disfrutarse de un nuevo ingreso temporal cuando haya transcurrido un año desde la finalización del anterior.
    Para ampliar más información pinche en el siguiente enlace

Gestión


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Intervención Delegada de Políticas Sociales y Familia

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