Registro del sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS)
Información Rápida
Objetivo
Permite a las organizaciones registrarse, renovar o actualizar su participación en el sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS), demostrando su compromiso con la mejora continua de su desempeño ambiental.
¿Quién puede solicitarlo?
Empresas, entidades, otras administraciones y profesionales que operen dentro o fuera de la Unión Europea.
Requisitos principales
- La organización debe verificar su sistema de gestión ambiental con un verificador ambiental acreditado.
- Presentar la solicitud de adhesión a la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático.
Plazos
Se puede solicitar en cualquier momento.
Duración del trámite
3 meses (si no hay respuesta, se considera aprobada)
Información adicional
El tamaño máximo del archivo de solicitud, incluyendo los adjuntos, es de 5 MB. El peso máximo del documento de Declaración ambiental validada es de 25 MB.
Resumen
Este trámite permite a las organizaciones inscribirse, renovar o actualizar su registro en el sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS). El EMAS es un sistema voluntario que promueve la mejora continua del desempeño ambiental de las organizaciones.
Quién puede usar este servicio:
- Empresas y profesionales
- Entidades
- Otras administraciones
Lo que necesitas
Documentación requerida
- Anexo de datos específicos necesarios para el Registro: (https://web.gencat.cat/web/shared/OVT/Departaments/TES/A_Qualitat_ambiental/Documents/9631_Annex_dades_espcifiques_ES.pdf)
- Declaración ambiental validada.
- Declaración del verificador ambiental sobre las actividades de verificación y validación: (https://web.gencat.cat/web/shared/OVT/Departaments/TES/A_Qualitat_ambiental/Documents/9631_DeclaracioActivitatsVerificacioValidacio.doc)
- Declaración del verificador ambiental sobre la excepción para organizaciones pequeñas: (https://web.gencat.cat/web/shared/OVT/Departaments/TES/A_Qualitat_ambiental/Documents/9631_DeclaracioExcepcioOrganitzacionsPetites.doc)
Requisitos previos
- La organización debe verificar su sistema de gestión ambiental con un verificador ambiental acreditado.
- El tamaño máximo del archivo de solicitud, incluyendo los adjuntos, es de 5 MB.
Costes y plazos
- Este trámite no tiene tasas asociadas.
- Se puede solicitar en cualquier momento.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Inscribirse, renovar y actualizar el Registro:
- Para personas jurídicas, utilizar el formulario 'Solicitud de inscripción, revisión y seguimiento del Registro EMAS'.
- Para entidades locales, órganos colegiados, universidades, Generalitat de Catalunya y organismos dependientes, utilizar EACAT.
- Consulta del estado del trámite (para personas jurídicas):
- A través de Canal Empresa.
- A través del Estado de mis gestiones.
- Llamando al teléfono 012.
- Recibir la respuesta de la Administración (para personas jurídicas):
- La Administración tiene 3 meses para emitir la resolución. Si no se recibe respuesta en este plazo, la solicitud se considera estimada.
Después de hacerlo
Plazos de resolución
- La Administración tiene 3 meses a contar desde la fecha de presentación de la solicitud para emitir la resolución. Si transcurrido este plazo no se ha recibido la resolución mencionada, se entenderá estimada la solicitud de inscripción.
Siguiente pasos
- Se puede interponer recurso de alzada ante la Secretaría de Transición Ecológica en el plazo de un mes a partir del día siguiente de recibir la notificación.
Ayuda
Contacto
- Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica
- Direcció General de Canvi Climàtic i Qualitat Ambiental
Normativa
- REGLAMENTO (UE) 2018/2026 DE LA COMISIÓN de 19 de diciembre de 2018 que modifica el anexo IV del Reglamento (CE) núm. 1221/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario degestión y auditoría medioambientales (EMAS)
- Reglamento (UE) 2017/1505 de la Comisión, de 28 de agosto de 2017, por el que se modifican los anexos I, II y III del Reglamento (CE) n.° 1221/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS)
- REGLAMENT (CE) 1221/2009 del Parlament Europeu i del Consell, de 25 de novembre de 2009 relatiu a la participació voluntària d'organitzacions en un sistema comunitari de gestió i auditoria mediambientals (EMAS), i pel qual es deroguen el Reglament (CE ) 761/2001 i les Decisions 2001/681/CE i 2006/193/CE de la Comissió