Registro de viajeros en establecimientos de hospedaje
Los establecimientos de hospedaje deben comunicar a la Dirección General de la Policía la información sobre los datos del establecimiento y los datos de la persona alojada que señala la normativa.
Esta comunicación hay que hacerla por vía telemática mediante la página web de los Mossos d'Esquadra.
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A quién va dirigido
A todos los establecimientos de hospedaje ubicados en Catalunya. Se incluyen, entre otros:
- establecimientos hoteleros
- casas de turismo rural
- campings
- apartamentos
- establecimientos de uso turístico en general
Organismo responsable
Normativa
Comunicar los datos
Plazos
La información requerida debe comunicarse en el plazo de las 24 horas siguientes al inicio del hospedaje de cada persona.
Documentación
Los establecimientos de hospedaje deben comunicar por vía telemática a la Dirección General de la Policía la información requerida por la normativa mediante la página web de los Mossos d?Esquadra.
Para acceder a esta aplicación hay que disponer del nombre de persona usuaria y de la contraseña correspondientes. En el caso de que no se disponga de ellos, en la misma página web se dan las instrucciones que deben seguirse para obtenerlos.
Tasas
No hay tasas asociadas a este trámite.
Otras informaciones
Toda persona que se aloje en un establecimiento de hospedaje debe registrarse. Para ello hay que cumplimentar el modelo de registro de personas alojadas y consignar, com mínimo, la información especificada como obligatoria por la normativa. El formulario también está disponible en las distintas dependencias de la Policía de la Generalitat ? Mossos d?Esquadra.
El establecimiento de hospedaje debe conservar esta información a disposición de la Policía de la Generalitat ? Mossos d?Esquadra durante el plazo de 3 años y está obligada a exhibirla cuando se lo requieran.
Por internet