Reconocimiento de formación de interés en servicios sociales
Información Rápida
Objetivo
Reconocer actividades de formación continua que contribuyan a la gestión y difusión del conocimiento en el ámbito de los servicios sociales.
¿Quién puede solicitarlo?
Fundaciones, asociaciones y otras entidades públicas o privadas con personalidad jurídica que impartan formación.
Requisitos principales
- La formación debe ser continua (cursos, seminarios, congresos, etc.) en modalidad presencial, semipresencial o a distancia.
- Quedan excluidas la formación reglada y la formación profesional para el empleo.
- Los contenidos deben estar vinculados al ámbito de los servicios sociales.
- La formación debe impartirse en Cataluña.
Plazos
La solicitud debe presentarse al menos dos meses antes de la actividad.
Duración del trámite
Variable, depende de la actividad formativa. El reconocimiento es válido por un año natural desde el inicio de la primera actividad.
Información adicional
Para renovar el reconocimiento, si se mantienen las características de la actividad, solo se debe enviar una comunicación al Gabinete Técnico indicando el número de expediente y las fechas de la nueva edición.
Resumen
Este trámite permite solicitar el reconocimiento de actividades de formación continua en el ámbito de los servicios sociales. El objetivo es reconocer aquellas actividades que contribuyan a la gestión y difusión del conocimiento en este campo.
Quién puede usar este servicio:
- Fundaciones, asociaciones y otras entidades públicas o privadas que impartan formación.
Antes de empezar:
- Asegúrate de cumplir con los requisitos y tener la documentación necesaria.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- NIF de la entidad y del responsable de la actividad.
- Inscripción de la entidad en el registro correspondiente.
- Estatutos de la entidad donde conste la organización de actividades formativas.
- Documento descriptivo de la actividad formativa (nombre, tipo, horas, perfil, número de participantes, lugar, fechas, objetivos, docentes, programa, presupuesto, fuentes de financiación, precio).
Requisitos previos:
- La formación debe ser continua (cursos, seminarios, congresos, etc.) en modalidad presencial, semipresencial o a distancia.
- Quedan excluidas la formación reglada y la formación profesional para el empleo.
- Los contenidos deben estar vinculados al ámbito de los servicios sociales.
- La formación debe impartirse en Cataluña.
Costes y plazos:
- Este trámite no tiene tasas.
- La solicitud debe presentarse al menos dos meses antes de la actividad.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Solicitar: Presenta la solicitud y la documentación requerida a través de internet (con certificado digital) o mediante EACAT (solo para entidades públicas).
- Recibir respuesta de la Administración: La Secretaría General del Departamento de Derechos Sociales comunicará la concesión o denegación del reconocimiento. Si no recibes respuesta un mes antes del inicio de la actividad, se entenderá que la solicitud ha sido denegada.
- Memoria justificativa: Una vez finalizada la actividad, presenta una memoria justificativa con los resultados y el grado de satisfacción.
Información sobre cada etapa:
- Solicitar:
- Accede al formulario de solicitud online con tu certificado digital.
- Las entidades públicas deben usar EACAT.
- Iniciar solicitud de reconocimiento
- Acceder a EACAT
- Recibir respuesta de la Administración:
- La comunicación se enviará por correo postal o a través de EACAT (para entidades públicas).
- Memoria justificativa:
- Presenta la memoria a través del Área privada de la Generalitat.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- La entidad organizadora se compromete a entregar al Gabinete Técnico del Departamento de Derechos Sociales, una memoria de la actividad, en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de celebración del acto reconocido de interés social.
Plazos de resolución:
- Si no se recibe ninguna comunicación un mes antes de la fecha de inicio de la actividad, se entenderá que la petición ha sido denegada.
Siguiente pasos:
- Cumplimentar la memoria justificativa.
Ayuda
Contacto:
Recursos adicionales: