Reclamación por responsabilidad patrimonial en el ámbito educativo
Información Rápida
Objetivo
Permite a ciudadanos y empresas reclamar por daños sufridos en sus bienes o derechos como resultado del servicio público educativo, excluyendo casos de fuerza mayor o daños que deban ser soportados.
¿Quién puede solicitarlo?
Ciudadanos (personas físicas) y empresas (personas jurídicas) que hayan sufrido daños en sus bienes o derechos como consecuencia del funcionamiento del servicio público educativo.
Requisitos principales
- Daño efectivo, evaluable económicamente e individualizado.
- Daño originado directamente por el funcionamiento de los servicios públicos.
- Ausencia de fuerza mayor.
Plazos
El derecho a reclamar prescribe al año del hecho o acto que motiva la indemnización o desde que se manifiesta el efecto lesivo. En caso de daños físicos o psíquicos, el plazo empieza a contar desde la cura o la determinación del alcance de las secuelas.
Duración del trámite
6 meses (plazo máximo para resolver el procedimiento).
Información adicional
La competencia para resolver estas reclamaciones recae en el titular del Departamento de Educación, aunque esta competencia puede ser delegada según el importe de la indemnización.
Resumen
Este trámite permite a ciudadanos y empresas reclamar por daños sufridos en sus bienes o derechos como resultado del funcionamiento del servicio público educativo. Se excluyen casos de fuerza mayor o daños que deban ser soportados.
Quién puede usar este servicio:
- Ciudadanos (personas físicas).
- Empresas (personas jurídicas).
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Copia del libro de familia (si el perjudicado es menor).
- Acreditación de la representación (si aplica).
- Certificados o informes médicos de las lesiones.
- Altas y bajas médicas.
- Justificación de gastos (facturas, recibos, etc.).
- Dictamen o informe médico pericial (si existe).
- Fotografías del daño (si existen).
- Póliza de seguro (si la hay).
- Denuncia (si aplica).
- Alegaciones.
- Cualquier otra documentación relevante.
Requisitos principales:
- Daño efectivo, evaluable económicamente e individualizado.
- Daño originado directamente por el funcionamiento de los servicios públicos.
- Ausencia de fuerza mayor.
Costes y plazos:
- Este trámite no tiene tasas asociadas.
- El derecho a reclamar prescribe al año del hecho que motiva la indemnización o desde que se manifiesta el efecto lesivo. En caso de daños físicos o psíquicos, el plazo empieza a contar desde la cura o la determinación del alcance de las secuelas.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Presentar la reclamación: Especificar los hechos, lesiones, relación causal y evaluación económica. Acreditar todo con documentos.
- Por Internet:
- Presentar reclamación por responsabilidad patrimonial en el ámbito educativo: Iniciar
- Presencialmente:
- En cualquier oficina de registro de la Generalitat de Catalunya.
- En Correos (en sobre abierto para ser fechado y sellado).
- Formularios:
- Por Internet:
- Tramitar el expediente: El órgano competente inicia el procedimiento y nombra a un instructor. Se notifica a la persona reclamante el plazo máximo para resolver, el órgano competente y los recursos que se pueden interponer. El director del centro educativo emite un informe descriptivo.
- Audiencia al interesado: Se da la oportunidad al interesado para presentar alegaciones y documentos en un plazo de 10 a 15 días. Se traslada la valoración del daño efectuada por la aseguradora.
- Resolución del procedimiento: El plazo para resolver es de seis meses. Si no se dicta resolución expresa en este plazo, se puede entender desestimada la reclamación.
Después de hacerlo
Plazos de resolución:
- El plazo máximo para resolver el procedimiento es de 6 meses.
Ayuda
Normativa: