Reclamación de responsabilidad patrimonial derivada de la actuación de la PG - ME

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a las personas reclamar una indemnización por daños o lesiones sufridas en sus bienes y derechos como consecuencia de la actuación del cuerpo de Mossos d'Esquadra, siempre que no se deban a fuerza mayor o a un deber jurídico del particular.

¿Quién puede solicitarlo?

Ciudadanos, empresas, profesionales y entidades que hayan sufrido daños o lesiones en sus bienes y derechos como consecuencia de la actuación de los Mossos d'Esquadra.

Requisitos principales

  • Haber sufrido un daño evaluable económicamente como resultado de una actuación administrativa.

Plazos

El plazo para presentar la reclamación es de 1 año desde que se produjo el hecho o acto que motiva la indemnización, o desde que se manifiesta el efecto lesivo. En caso de daños físicos o psíquicos, el plazo es de 1 año desde la curación o la determinación del alcance de las secuelas.

Duración del trámite

6 meses (plazo para dictar y notificar la resolución)

Resumen

Este trámite permite solicitar una indemnización si has sufrido daños o perjuicios en tus bienes o derechos como consecuencia de la actuación del cuerpo de Mossos d'Esquadra. Se excluyen los casos de fuerza mayor o daños que debas soportar legalmente.

Quién puede usar este servicio:

  • Ciudadanos
  • Empresas y profesionales
  • Entidades

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Documentación que acredite la relación entre el daño y la actuación de los Mossos d'Esquadra (ej. contrato de alquiler, escritura de propiedad, ficha técnica de un vehículo).
  • Documentación que acredite el daño (ej. facturas o presupuestos de reparación, informe médico).
  • Opcional: Póliza de seguro del bien dañado.
  • Opcional: Fotografías del daño.

Requisitos previos:

  • Haber sufrido un daño evaluable económicamente como resultado de una actuación administrativa.

Costes y plazos:

  • Este trámite no tiene coste.
  • El plazo para presentar la reclamación es de 1 año desde que se produjo el hecho o acto que motiva la indemnización, o desde que se manifiesta el efecto lesivo. En caso de daños físicos o psíquicos, el plazo es de 1 año desde la curación o la determinación del alcance de las secuelas.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Solicitar la reclamación de responsabilidad patrimonial:
    • Si eres un particular, puedes presentar la reclamación tanto de forma presencial (con cita previa recomendada) como por internet. Para pedir cita, puedes acceder a este enlace.
    • Si eres autónomo, profesional, empresa o entidad, debes realizar el trámite obligatoriamente por internet.
    • Para presentar la solicitud por internet, necesitarás identificarte con idCAT Móvil o un certificado digital.
    • Accede al formulario de solicitud de reclamación de responsabilidad patrimonial a través de este enlace.
  2. Consultar el estado del trámite:
  3. Recibir la respuesta de la Administración:
    • El plazo para que la administración resuelva y notifique su decisión es de 6 meses. Si transcurrido este plazo no has recibido respuesta, puedes considerar que tu solicitud ha sido desestimada.
    • Recibirás una notificación electrónica a través del servicio e-NOTUM o en tu Área privada (con idCAT Móvil o certificado digital).

Después de hacerlo

  • Si no estás de acuerdo con la resolución de la administración, puedes interponer un recurso de reposición o un recurso contencioso-administrativo ante el juzgado o tribunal competente.

Ayuda


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