Programas concertados de cooperación al desarrollo desde el enfoque de género y basado en derechos humanos. Conv. 2019-2020
Información Rápida
Objetivo
Conceder subvenciones a programas concertados entre la ACCD y ONGDs para iniciativas estratégicas bienales que incorporen el enfoque de género y derechos humanos, relacionando cambios en países socios con Cataluña o a nivel internacional.
¿Quién puede solicitarlo?
Organizaciones no gubernamentales de desarrollo (ONGD) y agrupaciones de ONGD sin personalidad jurídica diferenciada.
Requisitos principales
- Estar inscritas en el Registro de organizaciones no gubernamentales para el desarrollo.
- Tener sede social o delegación permanente en Cataluña con una base social mínima de 25 personas.
- Haber desarrollado un mínimo de 15 actividades en Cataluña durante el año anterior a la convocatoria.
- Acreditar un mínimo de 3 años de experiencia en cooperación al desarrollo en el país y sector de la solicitud.
- Acreditar un mínimo de 2 años de experiencia de la contraparte local en el sector de la solicitud.
- Aportar financiación propia al programa de un mínimo del 5% del importe total pedido a la ACCD.
- Haber obtenido un volumen de financiación pública mínima de 300.000 euros en los últimos 3 años.
- Ejecutar el presupuesto de la subvención.
- Cumplir con las disposiciones del Estatuto de los Cooperantes.
- No estar incurso en prohibiciones para obtener subvenciones.
- Cumplir con la cuota de reserva para personas con discapacidad (si aplica).
- Disponer de medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual (si aplica).
- Cumplir con la normativa lingüística.
- Haber adaptado los estatutos (si aplica).
- Haber presentado las cuentas anuales al Protectorado (si aplica).
- No haber sido sancionadas por prácticas laborales discriminatorias.
- Declarar las retribuciones de los órganos de dirección (si el importe solicitado supera los 10.000 euros).
- Garantizar que el personal que trabaje con menores no tenga antecedentes penales por delitos sexuales.
- Presentar declaración sobre otras subvenciones solicitadas u obtenidas para la misma actividad.
- Adherirse al código ético de la ACCD y a los principios éticos y reglas de conducta del Acuerdo de Gobierno 85/2016.
- Cumplir la normativa sobre propiedad intelectual (si aplica).
- Declarar que los datos proporcionados son ciertos y completos.
Duración del trámite
Variable, dependiendo de la fase del proceso.
Resumen
Este trámite permite a las organizaciones no gubernamentales de desarrollo (ONGD) solicitar subvenciones para programas de cooperación al desarrollo que promuevan la igualdad de género y los derechos humanos. Los programas deben ser concertados con la Agència Catalana de Cooperació al Desenvolupament (ACCD) y tener un enfoque estratégico a dos años.
Quién puede usar este servicio: ONGD y agrupaciones de ONGD sin personalidad jurídica diferenciada.
Antes de empezar: Es importante revisar los requisitos y la documentación necesaria para la solicitud.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Anteprograma narrativo.
- Presupuesto completo del anteprograma desglosado por partidas.
- Matriz de planificación y cronograma.
- Si procede, Documento de identificación de las entidades agrupadas.
Requisitos previos:
- Estar inscrito en el registro correspondiente.
- Tener sede o delegación en Cataluña.
- Cumplir con los requisitos de experiencia y financiación.
Costes y plazos:
- Este trámite no tiene tasas asociadas.
- El plazo para presentar la solicitud de subvención fue del 9 al 29 de julio de 2019.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Solicitar la subvención:
- A través del formulario electrónico o presencial.
- Adjuntar la documentación requerida.
- Aportar documentación:
- Utilizar el formulario electrónico o presencial.
- Anexar la documentación adicional que se considere pertinente.
- Aceptar la propuesta de subvención y la reformulación:
- Presentar la reformulación del programa.
- Aportar la documentación adicional solicitada en la resolución provisional.
- Solicitar vista del expediente:
- Presentar el formulario de aportación de documentación.
- Adjuntar el documento con los datos identificativos del expediente.
- Recibir la respuesta de la Administración:
- La resolución se notificará a través del tablón electrónico.
- Recibir la ayuda:
- El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta específica del programa.
- Presentar recurso:
- Utilizar el formulario electrónico o presencial de aportación de documentación.
- Adjuntar la documentación pertinente.
- Presentar el primer informe de seguimiento:
- Antes del 15 de octubre del año siguiente a la convocatoria.
- Justificar un mínimo del 40% del importe de la primera anualidad.
- Presentar el segundo informe de seguimiento:
- Si el programa continúa en ejecución a fecha 1 de noviembre del segundo año.
- Presentar antes del 30 de noviembre.
- Justificar la subvención según cuenta justificativa con informe auditoría:
- Presentar el informe final, matriz de seguimiento y cronograma, e informe final económico.
- Justificar la subvención según estados contables:
- Presentar el informe final y la matriz de seguimiento y cronograma.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- La ACCD revisará la documentación presentada y realizará los pagos correspondientes.
Plazos de resolución:
- La resolución se notificará en un plazo máximo de 6 meses desde la publicación de la convocatoria.
Ayuda
Contacto:
- Departament d'Unió Europea i Acció Exterior: https://web.gencat.cat/ca/adreces-i-telefons/detall/index.html?codInf=19769
- Agència Catalana de Cooperació al Desenvolupament: https://web.gencat.cat/ca/adreces-i-telefons/detall/index.html?codInf=13405
Recursos adicionales:
- Normativa relacionada (ver sección Normativa).
Normativa
- Acord del Govern pel qual s'aprova la Instrucció per a la unificació de criteris en la gestió general de les subvencions tramitades per l'Administració de la Generalitat i pels ens que conformen el seu sector públic
- Reial decret 1619/2012, de 30 de novembre, pel qual s’aprova el Reglament pel qual es regulen les obligacions de facturació
- RESOLUCIÓN EXI/1814/2019, de 27 de junio, por la que se abre convocatoria de subvenciones para la realización de programas concertados de cooperación al desarrollo y programas concertados de educación para el desarrollo desde el enfoque de género y basado en derechos humanos (ref. BDNS 464912).
- RESOLUCIÓN EXI/1618/2019, de 13 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para la realización de programas concertados de cooperación al desarrollo y programas concertados de educación para el desarrollo desde el enfoque de género y basado en derechos humanos.
- LEY 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.
- DECRET LEGISLATIU 3/2002, de 24 de desembre, pel qual s'aprova el Text refós de la Llei de finances públiques de Catalunya.
- ORDEN ECO/172/2015, de 3 de junio, sobre las formas de justificación de subvenciones.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- DECRETO 138/2008, de 8 de julio, de indemnizaciones por razón del servicio.
- RESOLUCIÓN EXI/1580/2020, de 1 de julio, por la que se modifica la Resolución EXI/1618/2019, de 13 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para la realización de programas concertados de cooperación al desarrollo y programas concertados de educación para el desarrollo desde el enfoque de género y basado en derechos humanos.