Programa extraordinario de activación para el empleo para personas desempleadas de larga duración
Este programa, dirigido a personas desempleadas de larga duración que cumplan determinados requisitos, ofrece a sus beneficiarios participar en itinerarios personales de empleo y mejora de la empleabilidad. También se dispone de una ayuda económica de acompañamiento de seis meses de duración que gestiona el Servicio Público de Empleo Estatal.
Leer másSe prorroga el Programa extraordinario de activación para el empleo.
Plazos: del 16 de abril de 2016 al día 15 de abril de 2017
A quién va dirigido
A las personas desempleadas que cumplan los requisitos establecidos (que se pueden consultar en el apartado 'Requisitos', dentro de la opción 'Solicitar la ayuda económica').
Organismo responsable
- Departament de Treball, Afers Socials i Famílies
- Secretaria General de Treball, Afers Socials i Famílies
- Servei Public d'Ocupacio de Catalunya (SOC)
Normativa
Solicitar la ayuda económica
Plazos
La solicitud del Programa de Activación para el Empleo se deberá realizar entre el día 16 de abril de 2016 y el día 15 de abril de 2017. Durante el mes siguiente después de la solicitud, el solicitante deberá realizar acciones de búsqueda activa de empleo y acreditarlas en el Servicio Público de Empleo Estatal.
Requisitos
Pueden beneficiarse de este programa las personas desempleadas que cumplan estos requisitos en el momento de hacer la solicitud:
- Que, al menos, hayan transcurrido seis meses desde que agotaron:
- La tercera Renta Activa de Inserción.
- El programa PREPARA.
- El Programa Temporal de Protección e Inserción (PRODI).
- Cualquier tipo de renta mínima (Renta Mínima de Inserción), salarios sociales y otras ayudas.
- Estar inscritas como demandantes de empleo en las Oficinas de Trabajo a fecha 1 de diciembre de 2014 o a 1 de abril de 2016.
- Haber sido inscritas como demandantes de empleo al menos 360 días en los 18 meses anteriores a la fecha de solicitud de incorporación al programa.
- No tener rentas y tener responsabilidades familiares:
- Rentas: La persona solicitante no podrá tener rentas superiores al 75 por ciento del salario mínimo interprofesional excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
- Responsabilidades familiares: La persona solicitante tendrá a su cargo el cónyuge o algún hijo o hija menor de 26 años, o mayor con discapacidad, que no tengan ingresos superiores al 75 por ciento del salario mínimo interprofesional excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. La suma de todos los ingresos mensuales obtenidos por los miembros de la unidad familiar, dividida por el número de miembros de la unidad, solicitante incluido, no debe superar el 75 por ciento del salario mínimo interprofesional excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
- No tener derecho a percibir prestación contributiva o subsidio, no ser perceptor de Renta Mínima de Inserción, salario social o cualquier otra ayuda similar.
- No podrán acogerse a esta ayuda las personas que no han trabajado nunca por cuenta ajena, ni las que hayan causado baja de forma voluntaria de cualquier trabajo realizado después de la finalización de cualquiera de las ayudas que dan derecho al programa.
Además, las personas solicitantes deberán:
- Suscribir, en el momento de la solicitud, un compromiso para realizar las actuaciones que sean necesarias para favorecer su inserción laboral.
- Durante el mes siguiente a la solicitud de acceso al programa deberán realizar como mínimo tres acciones: búsqueda activa de trabajo (envíos de currículos, entrevistas de trabajo, inscripción a una agencia de colocación o un portal, .. ) y las deberán acreditar ante el Servicio Público de Empleo Estatal.
- Durante este mes, la Oficina de Trabajo le asignará un tutor que realizará un itinerario individual y personalizado de búsqueda de empleo. Este tutor le hará un seguimiento mientras esté incluido en el programa.
Tasas
No hay tasas asociadas a este trámite.
Plazos
Del16.04.2016al 15.04.2017
Presencialmente
Para presentar la solicitud de admisión al programa es imprescindible pedir cita previa (seleccione el tipo de trámite: "Otras gestiones").
Las solicitudes se presentarán en la correspondiente Oficina de Prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), tras la obtención de cita previa.
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
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