Programa de ayudas a la incorporación de talento para la internacionalización

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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El objetivo de estas ayudas es facilitar la incorporación de técnicos en comercio internacional en los departamentos de exportación de empresas que, preferentemente, se inician en la internacionalización, mediante la incorporación de un profesional acreditado que apoya en su introducción a los mercados exteriores.

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Plazo: del 26 de noviembre de 2013 al 17 de febrero de 2014.

A quién va dirigido

A pequeñas y medianas empresas con establecimiento operativo en Cataluña que tengan una actividad industrial, comercial o de servicios.

Organismo responsable

Normativa

Solicitar la ayuda

Plazos

El plazo para presentar la solicitud es del 26 de noviembre de 2013 al 17 de febrero de 2014.

Documentación

Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

  1. Documento acreditativo de poderes para actuar como representante legal de la entidad, en el caso de que no esté inscrito en el Registro Mercantil.
  2. Declaración conforme no se han recibido ni solicitado otras ayudas para los mismos gastos subvencionables, procedentes de cualquiera de las administraciones o entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales.
  3. En su caso, detalle de las ayudas de minimis recibidas en los dos ejercicios fiscales anteriores y en el ejercicio fiscal en curso, especificando la cuantía, la fecha de concesión y el ente otorgante.
  4. Curriculum vitae del técnico a contratar.

La documentación adicional mencionada en los puntos 2) y 3) forma parte del impreso de la solicitud.
En el caso de que alguno de estos documentos ya haya sido presentado en convocatorias anteriores de ACCIÓ, no será necesario presentarlo en esta convocatoria siempre que el solicitante presente una declaración en la que se especifiquen estos documentos, la fecha en que se presentaron y se haga constar que siguen siendo vigentes.

Requisitos

  1. En el caso de empresas con 50 o más trabajadores, cumplir con la obligación que establece el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos, y la disposición transitoria del Decreto del Gobierno de la Generalitat de Catalunya 238/1987, de 20 de julio, de dar ocupación al menos a un 2% de trabajadores con disminución sobre el número total de trabajadores de la entidad, o bien aplicar las medidas alternativas de acuerdo con el Real decreto 364/2005, de 8 de abril (BOE nº. 94, de 20.4.2005); el Real decreto 290/2004, de 20 de febrero, por el cual se regulan los enclaves laborales (BOE nº. 45, de 21.2.2004), y el Decreto 246/2000, de 24 de julio (DOGC nº. 3196, de 2.8.2000).
  2. Cumplir las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalitat de Catalunya, así como las obligaciones ante la Seguridad Social, y no tener deudas con ACCIÓ ni con sus empresas participadas.
  3. Cumplir los requisitos establecidos en los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.
  4. No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y cumplir las obligaciones establecidas en los artículos 90 bis, apartados a), b), c), d) y e) y 92.2.i) del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.
  5. No haber sido sancionadas, en resolución firme, para la comisión de infracción grave en materia de integración laboral de disminuidos o muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de seguridad y salud en el trabajo, de conformidad con el Texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones del orden social, aprobado para Reial decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
  6. Las empresas con una plantilla igual o superior a 25 trabajadores tienen la obligación, de acuerdo con los agentes sociales, de indicar los medios que utilizan para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso en razón de sexo e intervenir en sus centros de trabajo, de acuerdo con la modificación del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña hecha por la Ley 5/2008, de 24 de abril, de derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
  7. El cumplimiento de estos requisitos se tendrá que acreditar mediante la firma de las declaraciones que incluye el impreso de solicitud de la ayuda. El hecho de presentar estas declaraciones responsables faculta al órgano competente de la Administración para hacer, en cualquier momento, telemáticamente o por otros medios, las comprobaciones por muestreo o exhaustivas necesarias.

Requisitos del profesional a contratar

  1. Tener nacionalidad española o cualquier de las otras de los Estados Miembros de la Unión Europea o de los estados en los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. En el caso de tener la nacionalidad extranjera, disponer del permiso de residencia en el estado español.
  2. Tener residencia en Cataluña y haber estado empadronado un mínimo de un año en los últimos cinco años.
  3. Tener titulación universitaria de grado superior, medio o ciclo formativo (FP) de grado superior en comercio internacional, habiendo finalizado de manera completa todos los cursos de que consta el plan de estudios de la carrera escogida. En caso de tener una titulación expedida por una universidad de un país que no sea miembro de la Unión Europea, será necesaria la homologación oficial del Ministerio de Educación.
  4. Tener conocimientos de lengua catalana y de lengua castellana, y, como mínimo, de un idioma extranjero.
  5. Haber realizado 100 horas lectivas en comercio internacional en el mismo centro educativo, o bien tener un año de experiencia en un cargo que implique el contacto con clientes y potenciales clientes para abrir mercados internacionales, o haberse beneficiado de una beca de investigación de mercados en una oficina comercial para hacer prácticas en una empresa en el extranjero en el ámbito del comercio internacional, concedida por alguna institución pública de promoción exterior y con una duración mínima de seis meses.
  6. Edad de hasta 35 años en la fecha de formalización del contrato con la empresa beneficiaria.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

Características
Incorporación a la empresa de un profesional en el ámbito del comercio internacional que deberá estar acreditado dentro del Directorio de Profesionales en comercio internacional de ACCIÓ (ver apartado "Requisitos del profesional a contratar" dentro de Requisitos).
Intensidad de la ayuda
Hasta el 50 % del coste del técnico contratado por la empresa, con un máximo de 10.000 ?.
Contratación por un período mínimo de un año, a tiempo completo y con un sueldo anual bruto mínimo de 18.000 ?.
Existe la posibilidad de un pago parcial de la ayuda, sin anticipo, correspondiente a los 6 meses de realización de la actuación subvencionada, siempre que se presente la documentación justificativa establecida.
Observaciones
La empresa podrá realizar la búsqueda del profesional mediante el Directorio de Profesionales en comercio internacional de ACCIÓ o podrá presentar candidatos propios. En este caso, ACCIÓ evaluará su perfil técnico, a fin de que reúna los requisitos establecidos.
El técnico no podrá, en ningún caso, ser familiar de alguno de los socios de la empresa o de los directivos, ni haber trabajado anteriormente.
El procedimiento de concesión será el de concurrencia no competitiva y las solicitudes se resolverán por orden de entrada en el registro, siempre y cuando estén completas, y hasta el agotamiento del presupuesto.

Plazos

Del26.11.2013al 17.02.2014

Por internet

Las solicitudes se deberán formalizar con los impresos normalizados que están disponibles en el web de ayudas de ACC1Ó.
Esta posibilidad no excluye la obligación de presentar la solicitud en formato papel, debidamente firmada, junto con el resto de la documentación exigida en el formulario de la solicitud, a ACC1Ó ya sea presencialmente o por vía administrativa.

Presencialmente


Puntos de tramitación

Se debe presentar la solicitud en formato papel, debidamente firmada, junto con el resto de la documentación exigida en el formulario de solicitud a ACCIÓ ya sea presencialmente o por vía administrativa (podéis acceder a la aplicación de solicitud desde el apartado 'Por Internet').

Por correo postal

Se debe presentar la solicitud en formato papel, debidamente firmada, junto con el resto de la documentación exigida en el formulario de solicitud a ACCIÓ ya sea presencialmente o por vía administrativa (podéis acceder a la aplicación de solicitud desde el apartado 'Por Internet').


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

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