Prestación económica para personas menores de edad en situación de riesgo
Prestación económica, temporal y de derecho subjetivo para atender los gastos de mantenimiento de una persona menor de edad en situación de riesgo respecto a la que se haya formalizado el compromiso socioeducativo.
Leer másEl Gobierno puede establecer importes complementarios a la prestación por razón de discapacidad del/la menor de edad, por el número de menores de edad en riesgo o por cualquier otra circunstancia que requiera una dedicación especial.
A quién va dirigido
A la persona o personas que ejerzan la guarda del/la menor que haya esta valorado/a en situación de riesgo.
Organismo responsable
- Departament de Treball, Afers Socials i Famílies
- Direcció General d'Atenció a la Infància i l'Adolescència
Normativa
Solicitar la prestación
Plazos
Se puede presentar en cualquier momento hasta la mayoría de edad del/la menor.
Documentación
Documentación que debe adjuntarse a la solicitud:
Documentación genérica
- Fotocopia del DNI/NIF/NIE de la persona solicitante (1) y (2)
- Volante de convivencia de la persona solicitante (1)
- Fotocopia del libro de familia donde conste el menor, o de la partida de nacimiento.
- Fotocopia del certificado de calificación de la discapacidad, únicamente en caso de que la persona haya sido calificada en una comunidad Autómoma diferente de la de Cataluña y no se trate del / la menor
- Fotocopia de la declaración de renta de las personas físicas del ejercicio fiscall disponible, de cada uno de los miembros de toda la unidad familiar (1)
- Solicitud de transferencia bancaria para pagos de la Tesorería de la Generalitat de Catalunya a creditores particulares
Documentación específica
Si no están obligados a declarar, es necesario que se aporte, de cada uno de los miembros de la unidad familiar, la siguiente documentación:
- Certificado o justificante de ingresos, prestaciones económicas públicas o privadas o retribuciones en especie.
- Certificado o justificante de rendimientos netos de las cuantías ingresadas (intereses) en entidades financieras.
- Certificado o jistificant de rendimientos netos obtenidos de actividades artísticas, profesionales y comerciales.
- Certificado o justificante de rendimientos netos de capital inmobiliario y mobiliario.
(1) En caso de autorizar al departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias a consultar estos datos, en otra administración u organismo, no hará falta aportar esta documentación.
(2) En el caso del NIE, debido a no poder realizarse la consulta delante del organisme correspondiente, se deberá aportar fotocopia compulsada, o bien original y fotocopia.
Requisitos
Requisits genèrics
El/la menor d'edat ha d'estar tutelat per la DGAIA.
Requisits específics
La unitat familiar perceptora ha de disposar d'uns ingressos, per tots els conceptes, iguals o inferiors a l'indicador de renda de suficiència. Aquest límit d'ingressos s'incrementa d'un 30% per cada membre de la unitat familiar a partir del segon.
Tasas
No hay tasas asociadas a este trámite.
Otras informaciones
Para el 2016, la prestación destinada al primer o al único menor de edad en situación de riesgo de la unidad familiar, los importes son los siguientes:
- 326 euros para los menores de edad de 0 a 9 años
- 362 euros para los menores de edad de 10 a 14 años
- 393 euros para los menores de edad de 15 o más años y hasta que cumplan 18
Para la prestación destinada al segundo menor de edad en situación de riesgo de la unidad familiar, los importes anteriores minorarán un 25% y en la prestación destinada al tercer menor de edad y los siguientes, se debe minorar en un 50%
El orden entre los menores de edad en situación de riesgo de la unidad familiar se determina de mayor a menor.
Presencialmente
El formulario de solicitud se puede presentar en:
- Equipos de Atención a la Infancia y Adolescencia (EAIA)
- Dirección General de Atención a la Infancia y Adolescencia
- Oficinas de Asuntos Sociales y Familias
- Oficinas de Atención Ciudadana del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias
- Oficina de Atención Ciudadana en Girona
- Oficina de Atención Ciudadana en la Cerdanya
- Oficinas de registro de entrada y salida de documentos de la Generalitat de Catalunya
- En cualquier otro sitio de los descritos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común