Premios Civismo

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Los Premios tienen como objetivo estimular y premiar acciones, trabajos, innovaciones, entidades y personas que, desde ámbitos profesionales y con edades diferentes, traten el civismo o propongan reflexiones, actuaciones y mejoras en su entorno.

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El plazo para presentar los formularios de solicitud es del 1 de octubre al 7 de noviembre de 2016.

Novedad

Para la convocatoria del 2016 habrá 5 categorías:

  • Premios de Civismo para obras y trabajos sobre civismo en lengua catalana, Premio Serra i Moret
  • Premios de Civismo a la actuación cívica juvenil, Premio Jaume Ciurana
  • Premios de Civismo a los medios de comunicación
  • Premio de Civismo a la innovación
  • Premio de Civismo a la ciudadanía y virtud civil

A quién va dirigido

Los Premios de Civismo tienen como destinatarios personas físicas mayores de 18 años, así como personas jurídicas que cumplan con los requisitos establecidos.

Organismo responsable

Normativa

Documentación relacionada

Optar al Premio de Civismo a la ciudadanía y virtud civil

Plazos

El plazo para presentar los formularios de solicitud es del 1 de octubre al 7 de noviembre de 2016 (ambos incluidos).

Documentación

  • Formulario de solicitud
  • Declaraciones responsables incluidas en el formulario de solicitud
  • Deben presentar una memoria explicativa donde se detallen los argumentos de la propuesta por la que se presenta la candidatura al Premio, el valor colectivo del trabajo desarrollado y las consecuencias sociales de la acción de la organización candidata. En caso de personas concretas, se debe presentar una memoria curricular argumentando las aportaciones desarrolladas por el candidato o candidata, tanto en el campo teórico (libros, textos, publicaciones, etc.) como en el campo de la acción y la participación ciudadana. La memoria se debe presentar en interlineado 1,5 y letra Arial cuerpo 12, se debe elaborar con cualquier procesador de textos y guardar en formato Word o PDF. En el caso de vídeos, se deben presentar en formato comprimido MPG, AVI, MP3 o MP4.

Se puede concurrir mediante una candidatura presentada por una institución, un organismo o una entidad pública, o pueden concurrir las mismas personas físicas o jurídicas interesadas.

Requisitos

  • Todos los trabajos que presenten los participantes deben estar redactados en lengua catalana.
  • No incurrir en ninguna de las circunstancias que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  • Las personas solicitantes deben presentar declaración sobre si se han pedido o se han obtenido ayudas públicas o privadas para la misma actividad, haciendo constar la relación detallada y la cantidad solicitada u obtenida.
  • Las personas solicitantes deben cumplir la normativa sobre la propiedad intelectual.
  • Las personas solicitantes se deben adherir al código ético que figura como anexo al modelo tipo de bases reguladoras del Acuerdo GOV/85/2016, de 28 de junio.
  • Las personas físicas y las personas jurídicas que se presenten como solicitantes respetarán lo establecido en la Ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres.
  • Las personas o entidades que trabajen con menores de edad deben cumplir con la obligación que establece el artículo 13.5 de la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y la adolescencia, que el personal de las entidades cuyas actividades supongan el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, no puede haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, el acoso sexual, el exhibicionismo y la provocación sexual, la prostitución, y la explotación sexual y la corrupción de menores, así como por tráfico de seres humanos.
  • La entidad debe tener a disposición del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias la autorización de los jóvenes mayores de edad y, en el caso de los menores, la autorización de los padres o tutores, para utilizar su imagen en fotografías, vídeos u otros soportes posibles donde esta se reproduzca, así como la autorización correspondiente a la participación de los menores en los Premios de Civismo.
  • Las entidades sin ánimo de lucro deben estar inscritas en el registro correspondiente.
  • Las personas físicas empresarias deben estar dadas de alta en el censo del impuesto sobre actividades económicas en aquellos supuestos en los que sea obligatorio.
  • Las empresas participantes están obligadas a cumplir lo establecido en los artículos 92.5 y 92.7 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, relativos a la cuota de reserva para la integración social de las personas discapacitadas y a la obligación de las empresas con una plantilla igual o superior a 25 personas de indicar los medios que utilizan para prevenir y detectar casos de acoso sexual.
  • En el caso de centros laborales, hay que hacer constar, al menos en catalán, los letreros y las informaciones de carácter fijo y que contengan texto que deben figurar en el interior de los centros laborales dirigidos a las personas que trabajan, de acuerdo con la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.
  • Los centros y establecimientos abiertos al público están obligados a atender en cualquiera de las lenguas oficiales en Cataluña y redactar, al menos, en catalán, la señalización y los carteles de información general de carácter fijo y los documentos de oferta de los servicios para personas usuarias y consumidoras de los establecimientos abiertos al público, de acuerdo con la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.
  • Las fundaciones y asociaciones deben haber adaptado sus estatutos según la disposición transitoria primera de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, y a la Ley 5/2011, de 19 de julio, de modificación de la anterior.
  • Las fundaciones deben haber cumplido el deber de presentar las cuentas anuales ante el protectorado, de acuerdo con artículo 336-3 del libro tercero del Código civil de Cataluña, aprobado por la Ley 4/2008, de 24 de abril.
  • Las empresas no deben haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias porque han ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género.

El cumplimiento del conjunto de los requisitos se acreditará por medio de una declaración responsable incluida en el formulario de solicitud.

Las personas participantes pueden presentar más de un trabajo y concursar en una o más de una categoría.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Altres Informacions

Los cambios que en los últimos años están transformando la sociedad catalana encuentran en la sociedad civil a las personas que hacen pública esta corriente activa, luchadora y catalanista en la que se encuentra inmerso el país. Es la capacidad transformadora la que permite avanzar en los designios de los tiempos y son muchas las personas y las organizaciones que van interpretando estos cambios de la realidad social, cultural y cívica que nos rodea en la medida que se avanza, para poder dar respuestas positivas y comprometidas para alcanzar el gigantesco reto de construir un nuevo país.

Más allá de personas concretas, los procesos de transformación nacional son difíciles de alcanzar sin la participación de todos; es necesario sumar esfuerzos y aportar lo mejor de cada uno.

La multitud de actividades e iniciativas de todo tipo que genera este movimiento social pone el énfasis en la voluntad de cambio, de mejora, que debe conducir a Cataluña hacia un estado socialmente más justo, económicamente más próspero y políticamente más libre y más democrático. En este proceso transformador tienen una especial relevancia el espíritu constructivo y la cohesión social como elementos troncales de las iniciativas que realizan los diferentes actores. El carácter pacífico e integrador que todos ellos manifiestan debe seguir siendo un modelo a seguir.

El Premio de Civismo a la ciudadanía y virtud civil quiere reconocer a personas u organizaciones que destaquen por la excelencia de su trabajo y trayectoria de servicio al país.

Premio

Se concederá un único premio a la categoría. La cantidad del premio otorgado se determinará en la convocatoria correspondiente.

Jurado y criterios de valoración

El jurado lo preside la persona titular de la Dirección General de Acción Cívica y Comunitaria y está formado por tres personas más reconocidas por su valía en el campo social y la ciudadanía.

La composición del jurado debe tender hacia la representación equilibrada de mujeres y hombres.

Como criterio principal de evaluación se tiene en cuenta la oportunidad social y comunitaria contenida en la memoria presentada, así como la excelencia de las propuestas expuestas hacia la construcción de una nueva gobernanza.

El jurado debe puntuar las obras siguiendo los criterios siguientes:

  • Grado de aceptación social de las propuestas referenciadas en la memoria, siendo poco aceptadas, 1 punto, y muy aceptadas, 5 puntos (máximo 5 puntos).
  • Grado de transformación de la acción colectiva propuesta (máximo 5 puntos).
  • Viabilidad y durabilidad en el tiempo, siendo con poca durabilidad, 1 punto, y con mucha durabilidad, 5 puntos (máximo 5 puntos).
  • Calidad pedagógica de la exposición de ideas (máximo 3 puntos).
  • La representación de las aportaciones de las mujeres en la construcción, el mantenimiento y la transformación de la sociedad en las obras presentadas, y el uso no sexista ni androcéntrico de los lenguajes utilizados (máximo 2 puntos).

Si el jurado lo cree conveniente, el Premio puede quedar desierto. El jurado también puede hacer otras menciones honoríficas a los trabajos que no haya premiado, pero que por su calidad puedan ser objeto de reconocimiento público.

Plazos

Del01.10.2016al 07.11.2016

Las solicitudes para participar en estos premios y los trabajos correspondientes se deben presentar preferentemente de forma electrónica rellenando el formulario disponible en el apartado Trámites del web de la Generalidad de Cataluña http://tramits.gencat.cat, sin perjuicio de utilizar el canal presencial.

Los trabajos se pueden presentar enviando un correo electrónico en la dirección premiscivisme.tsf@gencat.cat con el enlace correspondiente a la transferencia de archivos mediante WeTransfer en el sitio web www.wetransfer.com.

Por internet

Para presentar la solicitud electrónicamente, se admiten los sistemas de firma electrónica avanzada y sellos electrónicos avanzados que se fundamentan en un registro fiable de la identidad de usuarios o basados en certificados reconocidos o cualificados de firma electrónica. Concretamente, se admiten siguientes:

Para personas físicas:

  • Certificado reconocido o cualificado de firma avanzada idCAT que emite el Consorcio de Administración Abierta de Cataluña.
  • Certificado del DNI electrónico.
  • El mecanismo idCAT-movil.

Para personas jurídicas:

  • Certificados reconocidos o cualificados emitidos a favor de una persona jurídica o un ente sin personalidad jurídica y custodiados por una persona física, titular del certificado, que lo puede utilizar para actuar en nombre de la empresa o del ente indicado en el certificado.
  • Los mecanismos utilizados para la identificación de personas físicas que autentiquen la identidad de un ciudadano que declara representar a una persona jurídica, concretamente los establecidos en el apartado de personas físicas.

Presencialmente

La solicitud presencial debe presentarse en las oficinas de Registro del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias o sin perjuicio de lo que establece el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo máximo que señala la convocatoria.

En el caso de solicitudes presenciales, los trabajos se pueden presentar enviando un correo electrónico en la direcciónpremiscivisme.tsf@gencat.cat con el enlace correspondiente a la transferencia de archivos mediante We-Transfer www.wetransfer.com o adjuntando a la solicitud una copia en soporte digital CD, DVD o USB.

Optar al Premio Civismo a la innovación

Plazos

El plazo para presentar los formularios de solicitud es del 1 de octubre al 7 de noviembre de 2016 (ambos incluidos).

Documentación

  • Formulario de solicitud
  • Declaraciones responsables incluidas en el formulario de solicitud
  • Se debe presentar una memoria explicativa donde consten los objetivos, la descripción de la acción realizada, los destinatarios de la acción y la descripción detallada del hecho innovador por el que se presenta a concurso. En la memoria hay que especificar cuales son los valores cívicos principales que se han desarrollado en el trabajo u obra presentada. La memoria se debe presentar en interlineado 1,5 y letra Arial cuerpo 12, se debe elaborar con cualquier procesador de textos y guardar en formato Word o PDF. En el caso de vídeos, se deben presentar en formato comprimido MPG, AVI, MP3 o MP4.

Se puede concurrir mediante una candidatura presentada por una institución, un organismo o una entidad pública, o pueden concurrir los mismos autores de la acción o hecho innovador.

Pueden aspirar al Premio de Civismo a la innovación cualquier tipo de acción o producción que suponga una innovación en el campo del civismo y la convivencia.

Se debe presentar una memoria explicativa donde consten los objetivos, la descripción de la acción realizada, los destinatarios de la acción y la descripción detallada del hecho innovador por el que se presenta a concurso. En la memoria hay que especificar cuales son los valores cívicos principales que se han desarrollado en el trabajo u obra presentada. La memoria se debe presentar en interlineado 1,5 y letra Arial cuerpo 12, se debe elaborar con cualquier procesador de textos y guardar en formato Word o PDF. En el caso de vídeos, se deben presentar en formato comprimido MPG, AVI, MP3 o MP4.

Requisitos

  • Todos los trabajos que presenten los participantes deben estar redactados en lengua catalana.
  • No incurrir en ninguna de las circunstancias que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  • Las personas solicitantes deben presentar declaración sobre si se han pedido o se han obtenido ayudas públicas o privadas para la misma actividad, haciendo constar la relación detallada y la cantidad solicitada u obtenida.
  • Las personas solicitantes deben cumplir la normativa sobre la propiedad intelectual.
  • Las personas solicitantes se deben adherir al código ético que figura como anexo al modelo tipo de bases reguladoras del Acuerdo GOV/85/2016, de 28 de junio.
  • Las personas físicas y las personas jurídicas que se presenten como solicitantes respetarán lo establecido en la Ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres.
  • Las personas o entidades que trabajen con menores de edad deben cumplir con la obligación que establece el artículo 13.5 de la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y la adolescencia, que el personal de las entidades cuyas actividades supongan el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, no puede haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, el acoso sexual, el exhibicionismo y la provocación sexual, la prostitución, y la explotación sexual y la corrupción de menores, así como por tráfico de seres humanos.
  • La entidad debe tener a disposición del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias la autorización de los jóvenes mayores de edad y, en el caso de los menores, la autorización de los padres o tutores, para utilizar su imagen en fotografías, vídeos u otros soportes posibles donde esta se reproduzca, así como la autorización correspondiente a la participación de los menores en los Premios de Civismo.
  • Las entidades sin ánimo de lucro deben estar inscritas en el registro correspondiente.
  • Las personas físicas empresarias deben estar dadas de alta en el censo del impuesto sobre actividades económicas en aquellos supuestos en los que sea obligatorio.
  • Las empresas participantes están obligadas a cumplir lo establecido en los artículos 92.5 y 92.7 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, relativos a la cuota de reserva para la integración social de las personas discapacitadas y a la obligación de las empresas con una plantilla igual o superior a 25 personas de indicar los medios que utilizan para prevenir y detectar casos de acoso sexual.
  • En el caso de centros laborales, hay que hacer constar, al menos en catalán, los letreros y las informaciones de carácter fijo y que contengan texto que deben figurar en el interior de los centros laborales dirigidos a las personas que trabajan, de acuerdo con la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.
  • Los centros y establecimientos abiertos al público están obligados a atender en cualquiera de las lenguas oficiales en Cataluña y redactar, al menos, en catalán, la señalización y los carteles de información general de carácter fijo y los documentos de oferta de los servicios para personas usuarias y consumidoras de los establecimientos abiertos al público, de acuerdo con la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.
  • Las fundaciones y asociaciones deben haber adaptado sus estatutos según la disposición transitoria primera de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, y a la Ley 5/2011, de 19 de julio, de modificación de la anterior.
  • Las fundaciones deben haber cumplido el deber de presentar las cuentas anuales ante el protectorado, de acuerdo con artículo 336-3 del libro tercero del Código civil de Cataluña, aprobado por la Ley 4/2008, de 24 de abril.
  • Las empresas no deben haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias porque han ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género.

El cumplimiento del conjunto de los requisitos se acreditará por medio de una declaración responsable incluida en el formulario de solicitud.

Las personas participantes pueden presentar más de un trabajo y concursar en una o más de una categoría.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Altres Informacions

El Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias mediante la Dirección General de Acción Cívica y Comunitaria, convoca el Premio de Civismo a la innovación. Más allá del civismo pasivo expresado en las normas que facilitan la convivencia, el civismo activo, el que se origina por iniciativa de individuos concretos, se encuentra en permanente innovación.

Es un civismo expresado en acciones que buscan respuestas concretas ante los cambios y las exigencias a las que nos somete el convulso mundo actual. Podemos decir que se trata de la cara más pragmática y a la vez más creativa del civismo. De la mano de ciudadanos o colectivos inquietos, las nuevas propuestas surgen para superar retos o, sencillamente, para hacer crecer el capital social comunitario.

Las innovaciones se pueden incorporar en jornadas, acciones solidarias, formaciones, talleres, programas, campañas, etc., que después de un diagnóstico concreto, suponen una mejora en el terreno del civismo.

El Premio de Civismo a la innovación tiene como objetivo premiar aquellas acciones que, una vez puestas en práctica, hayan supuesto una innovación en la mejora del civismo y la convivencia, tanto de un colectivo específico como del conjunto de la sociedad. Estas acciones deben tener una incidencia directa en las personas y pueden enmarcarse en las nuevas tecnologías o herramientas tecnológicas o bien tener tales soportes, si ello facilita la implantación del hecho novedoso.

Premio

Se concederá un único premio a la categoría. La cantidad del premio otorgado se determinará en la convocatoria correspondiente.

Jurado y criterios de valoración

El jurado lo preside la persona titular de la dirección General de Acción Cívica y Comunitaria y está formado por tres personas más reconocidas por su valía en la innovación.

La composición del jurado debe tender a la representación equilibrada de mujeres y hombres.

Como criterio principal de evaluación se tendrá en cuenta que los trabajos y producciones presentados hayan sobresalido por la innovación en el campo del civismo y de los valores.

El jurado debe puntuar las obras siguiendo los criterios siguientes:

  • Grado de innovación de la acción o el trabajo, siendo poco novedosas, 1 punto; novedosas, 3 puntos, y muy novedosas, 5 puntos (máximo 5 puntos).
  • Grado de incidencia social (máximo 5 puntos). Viabilidad y durabilidad en el tiempo, siendo con poca durabilidad, 1 punto, y con mucha durabilidad, 5 puntos (máximo 5 puntos).
  • Calidad expositiva de la memoria (máximo 3 puntos).
  • La representación de las aportaciones de las mujeres en la construcción, el mantenimiento y la transformación de la sociedad en las obras presentadas, y el uso no sexista ni androcéntrico de los lenguajes utilizados (máximo 2 puntos).

Si el jurado lo cree conveniente, el Premio puede quedar desierto. El jurado también puede hacer otras menciones honoríficas a los trabajos que no haya premiado, pero que por su calidad puedan ser objeto de reconocimiento público.

Exclusiones

Quedan excluidas de la convocatoria de este año las obras, trabajos y acciones que, en las dos convocatorias inmediatamente anteriores de los Premios de Civismo, hayan sido premiadas.

Plazos

Del01.10.2016al 07.11.2016

Las solicitudes para participar en estos premios y los trabajos correspondientes se deben presentar preferentemente de forma electrónica rellenando el formulario disponible en el apartado Trámites del web de la Generalidad de Cataluña (http://tramits.gencat.cat), sin perjuicio de utilizar el canal presencial.

Los trabajos se pueden presentar enviando un correo electrónico en la dirección premiscivisme.tsf@gencat.cat con el enlace correspondiente a la transferencia de archivos mediante WeTransfer en el sitio web www.wetransfer.com.

Por internet

Para presentar la solicitud electrónicamente, se admiten los sistemas de firma electrónica avanzada y sellos electrónicos avanzados que se fundamentan en un registro fiable de la identidad de usuarios o basados en certificados reconocidos o cualificados de firma electrónica. Concretamente, se admiten siguientes:

Para personas físicas:

  • Certificado reconocido o cualificado de firma avanzada idCAT que emite el Consorcio de Administración Abierta de Cataluña.
  • Certificado del DNI electrónico.
  • El mecanismo idCAT-movil.

Para personas jurídicas:

  • Certificados reconocidos o cualificados emitidos a favor de una persona jurídica o un ente sin personalidad jurídica y custodiados por una persona física, titular del certificado, que lo puede utilizar para actuar en nombre de la empresa o del ente indicado en el certificado.
  • Los mecanismos utilizados para la identificación de personas físicas que autentiquen la identidad de un ciudadano que declara representar a una persona jurídica, concretamente los establecidos en el apartado de personas físicas.

Presencialmente

La solicitud presencial debe presentarse en las oficinas de Registro del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias o sin perjuicio de lo que establece el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo máximo que señala la convocatoria.

En el caso de solicitudes presenciales, los trabajos se pueden presentar enviando un correo electrónico en la dirección premiscivisme.tsf@gencat.cat con el enlace correspondiente a la transferencia de archivos mediante We-Transfer


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

Tel. 902627781

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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.