Planes de reestructuración y / o reconversión de la viña
La presentación de los Planes de reestructuración y/o reconversión de la viña es la fase previa para la presentación de la solicitud de las ayudas de los planes de reestructuración y / o reconversión de la viña para el periodo 2014-2018.
Leer más? El plazo de presentación de la comunicación previa que hay que hacer antes de la presentación del Plan finaliza el 31 de octubre de 2016.
? El plazo de presentación del Plan correspondiente a la campaña 2016-2017 es del 15 de octubre al 15 de noviembre de 2016.
? El plazo de solicitud de la ayuda es del 15 de enero al 15 de febrero de 2017.
A quién va dirigido
A personas viticultores titulares de explotación vitícola que destinen su producción a uva de vinificación y tengan la totalidad de su explotación vitícola inscrita en el Registro vitivinícola de Cataluña.
Organismo responsable
Normativa
Solicitar la aprovación del plan
Plazos
- El plazo de presentación de la comunicación previa finaliza el 31 de octubre de 2016.
- El plazo de presentacnió del Plan correspondiente a la campaña 2016-2017 es del 15 de octubre al 15 de noviembre del 2016
Documentación
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
1. Verificación de los datos de identidad de la persona solicitante o de quien la represente correspondientes al DNl / NIF / NIE u otro documento que lo acredite, en su caso, en caso de no haber autorizado al DARP a obtener esta información.
2. Acreditación de la representación, en su caso.
3. En el caso de personas jurídicas, copia de las escrituras y / o estatutos registrados de la entidad solicitante, si procede. En caso de inscripción en un registro gestionado por el DARP no será necesario aportarlo. Si esta documentación está disponible en el Registro de entidades jurídicas o en el Registro de cooperativas, el DARP lo verificará de oficio.
4. En el caso de un plan colectivo, la relación de personas que forman parte del plan, acompañada de la documentación acreditativa de la condición de persona viticultora. No obstante, no hay que presentar la documentación que ya se haya presentado anteriormente en el departamento competente en materia de agricultura y los datos de la que no hayan variado y continúen siendo vigentes. En este caso, cuando se inicie el procedimiento administrativo en una oficina comarcal diferente de aquella donde se presentó la documentación, se deberá indicar en el impreso de solicitud en qué procedimiento y unidad del Departamento se aportó la documentación requerida.
5. Objetivos previstos en la ejecución del plan.
6. Zona de ubicación del plano.
a) Para las acciones de reconversión (emparrado, vaso a emparrado, despedrado, reinjerto) y para el arranque:
es obligatorio indicar el código de parcela vitícola de RVC, indicando el número de cepas objeto de la ayuda.
b) Para las acciones de reestructuración (plantación, emparrado, desinfección, despedrado, nivelación terreno, abancalamiento, protección planta joven y abancalamiento con muros de piedra), siempre que no se inicien con un arranque:
es opcional indicar la parcela vitícola o referenciar el código SIGPAC.
En la acción de plantación donde la parcela origen del derecho o autorización no sea la misma donde se realice la plantación, se indicará el código de parcelas vitícola origen del derecho y / o autorización y el número de cepas a plantar.
7. Superficie de cada una de las parcelas a reestructurar y / o reconvertir.
8. Estudio de costes y previsión de ejecución y de financiación de las actuaciones.
Requisitos
Requisitos de tramitación
1. De forma previa a la presentación de la solicitud de aprobación del plan, deberá comunicar a la Dirección General de Agricultura y Ganadería la relación de viticultores que se acogerán al plan y la designación del representante, en el caso de los planes colectivos, o el titular en el caso de un plan individual.
2. La comunicación deberá presentarse en el plazo de quince días antes de la solicitud del plan y permitirá recibir un usuario y contraseña a la aplicación del
Registro Vitivinícola de Cataluña para introducir los datos del plan.
Requisitos de los planes de reestructuración y / o reconversión
1. La superficie objeto de reestructuración y / o reconversión incluida en los planes no puede ser inferior a 10 hectáreas para los planes colectivos y de 0,5 hectáreas por
individuales.
2. La superficie mínima de la parcela una vez reestructurada debe ser de 0,5 hectáreas. No obstante, este límite puede ser inferior si el número de parcelas reestructuradas y / o reconvertidas de un mismo plano es inferior al 80% del número de parcelas iniciales.
3. No se podrán contabilizar los efectos del apartado anterior las parcelas que sean objeto de reconversión. En estos casos la superficie final debe ser igual a la superficie inicial.
4. El límite máximo a reestructurar y / o reconvertir por persona viticultora y año es de 3 hectáreas.
5. Las variedades a plantar incluidas en los planes de reestructuración y / o reconversión de viñedo deben estar en la lista de variedades como autorizadas en Cataluña contenida en la normativa correspondiente.
6. Para las actividades de reestructuración y / o reconversión es obligatoria la utilización de material vegetal certificado, incluidos los portainjertos.
7. Las plantaciones de viñedo deben cultivarse de manera sostenible y en las condiciones necesarias para obtener un rendimiento óptimo del cultivo. Además, la explotación incluida en el plan debe cumplir los requisitos legales de gestión que establece el
Reglamento (CE) 73/2009 del Consejo, de 19 de enero, el Reglamento de ejecución (UE) 934/2013, de 27 de septiembre, así como las buenas condiciones agrarias y medioambientales que establece el Decreto 221/2005, de 11d'octubre, sobre la aplicación de la condicionalidad en relación con las ayudas directas de la política agraria común.
Tasas
No hay tasas asociadas a este trámite.
Plazos
Del15.10.2016al 15.11.2016
Presencialmente
Puntos de tramitación
- Servicios territoriales de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
- Oficinas comarcales del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
- Por los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)
Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs
Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya
Calle Provença 339, 08037, Barcelona
Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)
Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus
Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)
Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona
Tel. 932723100
Consorci Hospitalari de Vic
Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic
Tel. 938891111
Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)
Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona
Tel. 932275706
Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)
Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona
Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)
Carrer Girona 20, 08010, Barcelona
Consorci del Parc Fluvial del Llobregat
Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella
Tel. 938250689
Cataluña Radio
Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona
Institut Català de Ciències del Clima (IC3)
Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona
Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona
Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona
Tel. 902627781