Planes de autoprotección 5: Dar de baja la actividad

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a los titulares de actividades o centros de interés para la protección civil comunicar el cese de su actividad o la desaparición de las causas que les obligaban a adoptar medidas de autoprotección.

¿Quién puede solicitarlo?

Titulares de centros, instalaciones, establecimientos y actividades de interés para la protección civil de Cataluña o local.

Requisitos principales

  • Ser titular de la actividad o centro afectado.
  • Que la actividad haya cesado o que hayan desaparecido las causas que motivaban la necesidad de medidas de autoprotección.

Plazos

La comunicación debe realizarse en el momento en que se produce el cese de la actividad o desaparece la causa que motivaba la afectación.

Duración del trámite

Inmediata.

Información adicional

Una vez realizada la comunicación, la instalación, centro o actividad queda exenta de las obligaciones establecidas en el Decreto 30/2015.

Resumen

Este trámite permite a los titulares de actividades o centros de interés para la protección civil en Cataluña comunicar la baja de su actividad cuando ésta cesa o cuando desaparecen las causas que obligaban a adoptar medidas de autoprotección. La comunicación se realiza telemáticamente a través de la plataforma HERMES.

Quién puede usar este servicio:

  • Empresas y profesionales
  • Entidades
  • Otras administraciones

Cuándo:

  • En cualquier momento en que cese la actividad o desaparezcan las causas que obligaban a adoptar medidas de autoprotección.

Lo que necesitas

  • Disponer de un certificado digital o idCAT Mòbil para acceder a la plataforma HERMES.
  • Ser el titular o representante del titular de la actividad.

Costes y plazos:

  • El trámite es gratuito.
  • La respuesta es inmediata una vez realizada la comunicación.

Cómo hacerlo

  1. Comunicar la baja de la actividad:
    • Acceder a la plataforma HERMES con certificado digital o idCAT Mòbil.
    • Seleccionar el rol de titular/representante del titular de la actividad.
    • En el menú lateral, seleccionar "Gestión de mis actividades" y buscar la actividad correspondiente.
    • Acceder a la información de la actividad y seleccionar la pestaña "Baja afectación".
    • Iniciar el trámite de baja de la afectación
  2. Consultar la baja de la actividad:
  3. Recibir la respuesta de la Administración:
    • La respuesta es inmediata y el formulario de la declaración, una vez firmada electrónicamente, sirve como comprobante de la comunicación.
    • El sistema muestra los datos resumen del trámite y el identificador registrado.
    • El titular/representante puede guardar o imprimir los documentos.

Después de hacerlo

  • La instalación, centro o actividad queda exenta de las obligaciones establecidas en el Decreto 30/2015.

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