Planes de autoprotección: 1. Entregar el plan de autoprotección
Información Rápida
Objetivo
Permite a empresas y entidades registrar sus planes de autoprotección, asegurando que cumplen con la normativa vigente para la gestión de riesgos colectivos.
¿Quién puede solicitarlo?
Empresas, entidades y organismos que realizan actividades que pueden generar situaciones de grave riesgo colectivo, catástrofe o calamidad pública.
Requisitos principales
- Estar obligado a adoptar medidas de autoprotección según el Decreto 30/2015.
- Disponer de un plan de autoprotección elaborado por un técnico acreditado.
- Tener certificado digital o idCAT Móvil para realizar el trámite online.
Plazos
Para instalaciones, centros o actividades temporales, el plazo máximo es de 1 mes desde el inicio de la actividad. Para actividades no temporales, el plazo es de 6 meses.
Duración del trámite
Variable, dependiendo de la complejidad del plan y la carga de trabajo de la administración.
Información adicional
El plan de autoprotección debe garantizar la detección de la emergencia, la alerta a los equipos internos, el aviso a los servicios externos, la aplicación de medidas de autoprotección a la población, la información en emergencia y la designación de responsables.
Resumen
Este trámite permite a las empresas y entidades presentar su plan de autoprotección ante la administración. El plan debe cumplir con los requisitos del Decreto 30/2015 y garantizar la seguridad en caso de emergencia.
Quién puede usar este servicio: Empresas y entidades que realizan actividades que pueden generar situaciones de riesgo colectivo.
Antes de empezar: Asegúrate de tener un plan de autoprotección elaborado por un técnico acreditado y de disponer de certificado digital o idCAT Móvil.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Plan de autoprotección (máximo 200 MB)
- Elementos vulnerables y muy vulnerables existentes en el entorno (máximo 4 MB)
- Conjunto de información geográfica (opcional, máximo 10 MB)
Requisitos previos:
- Estar obligado a adoptar medidas de autoprotección según el Decreto 30/2015.
- Disponer de un plan de autoprotección elaborado por un técnico acreditado.
- Tener certificado digital o idCAT Móvil para realizar el trámite online.
Costes y plazos:
- Este trámite no tiene coste asociado.
- Para instalaciones temporales: 1 mes desde el inicio de la actividad.
- Para instalaciones no temporales: 6 meses desde el inicio de la actividad.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Librar el plan: Accede al trámite online con certificado digital o idCAT Móvil a través de este enlace.
- Consultar el Plan: Puedes consultar el plan de autoprotección a través de este enlace.
- Recibir la respuesta de la Administración: El formulario de entrega firmado electrónicamente es el comprobante. Recibirás un informe técnico y la resolución de homologación.
Información sobre cada etapa:
- La identificación se realiza con certificado electrónico o idCAT Móvil.
- El sistema Hermes identifica a la persona que realiza el trámite.
- Selecciona el rol (titular, representante o responsable técnico).
- Cumplimenta el formulario y adjunta los documentos.
- Firma y envía el formulario.
Tiempos de espera:
- El tiempo de resolución depende de la complejidad del plan y la carga de trabajo de la administración.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- El municipio afectado recibe un aviso para que pueda consultar el plan y presentar alegaciones.
- El órgano competente en protección civil emite un informe técnico.
- Se informa al titular del resultado de la homologación.
Plazos de resolución:
- Variable, dependiendo de la complejidad del plan y la carga de trabajo de la administración.
Siguiente pasos:
- Si el plan es homologado favorablemente, se debe implementar.
- Si el plan no es homologado, se deben realizar las modificaciones necesarias y volver a presentarlo.
Ayuda
Contacto:
- Para dudas o incidencias técnicas, contactar con el 012 o utilizar el formulario de contacto disponible en la web.
Recursos adicionales:
- Requisitos para el control de acceso
- Certificado digital
- idCAT Móvil
- Notificaciones electrónicas
- Requisitos técnicos para notificaciones electrónicas
- Formulario de contacto