Planes de autoprotección: 1. Entregar el plan de autoprotección

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a empresas y entidades registrar sus planes de autoprotección, asegurando que cumplen con la normativa vigente para la gestión de riesgos colectivos.

¿Quién puede solicitarlo?

Empresas, entidades y organismos que realizan actividades que pueden generar situaciones de grave riesgo colectivo, catástrofe o calamidad pública.

Requisitos principales

  • Estar obligado a adoptar medidas de autoprotección según el Decreto 30/2015.
  • Disponer de un plan de autoprotección elaborado por un técnico acreditado.
  • Tener certificado digital o idCAT Móvil para realizar el trámite online.

Plazos

Para instalaciones, centros o actividades temporales, el plazo máximo es de 1 mes desde el inicio de la actividad. Para actividades no temporales, el plazo es de 6 meses.

Duración del trámite

Variable, dependiendo de la complejidad del plan y la carga de trabajo de la administración.

Información adicional

El plan de autoprotección debe garantizar la detección de la emergencia, la alerta a los equipos internos, el aviso a los servicios externos, la aplicación de medidas de autoprotección a la población, la información en emergencia y la designación de responsables.

Resumen

Este trámite permite a las empresas y entidades presentar su plan de autoprotección ante la administración. El plan debe cumplir con los requisitos del Decreto 30/2015 y garantizar la seguridad en caso de emergencia.

Quién puede usar este servicio: Empresas y entidades que realizan actividades que pueden generar situaciones de riesgo colectivo.

Antes de empezar: Asegúrate de tener un plan de autoprotección elaborado por un técnico acreditado y de disponer de certificado digital o idCAT Móvil.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Plan de autoprotección (máximo 200 MB)
  • Elementos vulnerables y muy vulnerables existentes en el entorno (máximo 4 MB)
  • Conjunto de información geográfica (opcional, máximo 10 MB)

Requisitos previos:

  • Estar obligado a adoptar medidas de autoprotección según el Decreto 30/2015.
  • Disponer de un plan de autoprotección elaborado por un técnico acreditado.
  • Tener certificado digital o idCAT Móvil para realizar el trámite online.

Costes y plazos:

  • Este trámite no tiene coste asociado.
  • Para instalaciones temporales: 1 mes desde el inicio de la actividad.
  • Para instalaciones no temporales: 6 meses desde el inicio de la actividad.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Librar el plan: Accede al trámite online con certificado digital o idCAT Móvil a través de este enlace.
  2. Consultar el Plan: Puedes consultar el plan de autoprotección a través de este enlace.
  3. Recibir la respuesta de la Administración: El formulario de entrega firmado electrónicamente es el comprobante. Recibirás un informe técnico y la resolución de homologación.

Información sobre cada etapa:

  • La identificación se realiza con certificado electrónico o idCAT Móvil.
  • El sistema Hermes identifica a la persona que realiza el trámite.
  • Selecciona el rol (titular, representante o responsable técnico).
  • Cumplimenta el formulario y adjunta los documentos.
  • Firma y envía el formulario.

Tiempos de espera:

  • El tiempo de resolución depende de la complejidad del plan y la carga de trabajo de la administración.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • El municipio afectado recibe un aviso para que pueda consultar el plan y presentar alegaciones.
  • El órgano competente en protección civil emite un informe técnico.
  • Se informa al titular del resultado de la homologación.

Plazos de resolución:

  • Variable, dependiendo de la complejidad del plan y la carga de trabajo de la administración.

Siguiente pasos:

  • Si el plan es homologado favorablemente, se debe implementar.
  • Si el plan no es homologado, se deben realizar las modificaciones necesarias y volver a presentarlo.

Ayuda

Contacto:

  • Para dudas o incidencias técnicas, contactar con el 012 o utilizar el formulario de contacto disponible en la web.

Recursos adicionales:

Normativa


Preguntas frecuentes


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