Plan de Ayuda al Retorno (PAR): reconocimiento y prestaciones

Actualizado el 21 de mayo de 2020
Ver en la web de la administración

La finalidad del Plan de Ayuda al Retorno (PAR) es apoyar a los emigrantes catalanes y descendientes que quieran regresar a Cataluña y que se encuentren en situación de necesidad o desprotección, para atender sus necesidades básicas y favorecer su integración social y laboral.

Para lograr su objetivo, se establece una prestación económica consistente en una subvención de pago único y un conjunto de actuaciones de información y orientación en diversos ámbitos, como el de los servicios sociales, el laboral, el de la formación o el de la vivienda.

Leer más

Es necesario haber obtenido el reconocimiento de la condición de retornado/a para tener derecho a la prestación única del Plan de Ayuda al Retorno (PAR).

A quién va dirigido

  • A las personas con nacionalidad española que retornan de un estado extranjero y que, antes de emigrar, hayan tenido la última vecindad administrativa en Cataluña.
  • A las personas nacidas en Cataluña que fueron evacuadas o que tuvieron que exiliarse por razones políticas y que mantienen su residencia en el extranjero.
  • A los cónyuges o a las personas que, de acuerdo con la legislación catalana, tengan la condición de pareja estable de las personas a que se refieren los apartados de arriba y los descendientes de las mismas, hasta el segundo grado de consanguinidad.

Organismo responsable

Normativa

Solicitar el reconocimiento de la condición de persona retornada

Plazos

La condición de persona retornada se debe solicitar en el plazo de los seis meses siguientes al regreso.

Se entiende que la condición de persona retornada se pierde al cabo de dos años de la fecha del regreso definitivo a Cataluña.

Documentación


  1. Fotocopia compulsada o bien original y fotocopia del NIE o pasaporte vigente de la persona solicitante, si es el caso
  2. Fotocopia compulsada o bien original y fotocopia del volante de residencia en caso que sea anterior al 2006 o documento que acredite la última vecindad administrativa en Cataluña de la persona solicitante o bien del familiar del cual se deriva la condición de persona retornada.
  3. Fotocopia compulsada o bien original y fotocopia del certificado de alta y baja consular, si se dispone de esta documentación.
  4. Fotocopia compulsada o bien original y fotocopia del libro de familia y/o partidas de nacimiento que acredite el grado de parentesco con el familiar del cual se deriva la condición de persona retornada.

Requisitos

Las personas deben cumplir los siguientes requisitos:

  1. Tener más de dieciocho años
  2. Haber residido en un estado extranjero, como mínimo, seis años continuados inmediatamente anteriores al retorno a Cataluña o haber residido en un estado extranjero diez años no continuados, y de estos, los cuatro últimos inmediatamente anteriores al retorno a Cataluña
  3. Estar empadronadas en cualquier municipio de Cataluña

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones


La condición de persona retornada se pierde al cabo de dos años de la fecha del retorno definitivo a Cataluña.

Para solicitar por Internet el reconocimiento de persona retornada se debe disponer de certificado digital válido.

Si tenéis problemas para descargar formularios PDF con el navegador Google Chrome, consultad esta página.

Por internet

Antes de rellenar el formulario de solicitud debéis tener disponible en vuestro ordenador, también en formato electrónico, la documentación siguiente:

  • NIE vigente de la persona solicitante, si es el caso (formato: DOC, DOCX, PDF, JPG, RAR, ZIP. Peso: 750 KB).
  • Pasaporte vigente de la persona solicitante, si es el caso (formato: DOC, DOCX, PDF, JPG, RAR, ZIP. Peso: 750 KB).
  • Volante de residencia en caso de ser anterior al 2006 o documento que acredite la última vecindad administrativa en Cataluña del familiar del qual se deriva la condición de retornado, si es el caso (formato: DOC, DOCX, PDF, JPG, RAR, ZIP. Peso: 750 KB).
  • Volante de residencia en caso de ser anterior al 2006 o documento que acredite la última vecindad administrativa en Cataluña de la persona solicitante, si es el caso (formato: DOC, DOCX, PDF, JPG, RAR, ZIP. Peso: 750 KB).
  • Certificado de alta y baja consular, si se dispone de esta documentación (formato: DOC, DOCX, PDF, JPG, RAR, ZIP. Peso: 750 KB).
  • Libro de familia y/o partidas de nacimiento que acredite el grado de parentesco, si es el caso (formato: DOC, DOCX, PDF, JPG, RAR, ZIP. Peso: 750 KB).

Consultad las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línia en Trámites gencat.

Para dudas o incidencias durante la tramitación por Internet, podéis llamar al 012.

Presencialmente

El formulario de solicitud se puede presentar en:

Solicitar la prestación

Plazos

La solicitud de prestación económica se tiene que presentar dentro del plazo de dos años desde el día siguiente de la fecha del retorno definitivo a Cataluña.

Documentación

  1. Fotocopia compulsada, o bien original y fotocopia, del DNI/NIF/NIE o pasaporte vigente, o documentación que acredite la identidad y la nacionalidad de la persona solicitante, en aquellos en qué no se haya aportado con anterioridad (1) y (2)
  2. Fotocopia compulsada, o bien original del documento que acredite la residencia en el exterior durante:
    • 6 años continuados inmediatamente anteriores a la solicitud de la ayuda.
    • 10 años no continuados de residencia en el extranjero y de estos los 4 anteriores a la solicitud de la ayuda.
  3. Fotocopia compulsada, o bien original y fotocopia, de la acreditación documental de la rentas o prestaciones (3):
    • de la persona solicitante
    • de la relación de personas que conviven con la persona solicitante
  4. Fotocopia compulsada, o bien original y fotocopia, de la acreditación documental de las cotizaciones a sistemas de la Seguridad Social públicos (1):
    • de la persona solicitante
    • de la relación de personas que conviven con la persona solicitante
  5. Fotocopia compulsada, o bien original y fotocopia, del libro de familia o cualquier otro documento acreditativo del grado de parentesco de la persona solicitante con el resto de personas con quien convive.
  6. Original y fotocopia de las facturas u otros documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa que acredite el gasto efectuado por la ayuda solicitada (a petición de la persona solicitante se devolverán los documentos originales una vez estén sellados).

(1) En caso de autorizar al departamento a consultar vuestros datos en otra administración u organismo, no hará falta aportar esta documentación.

(2) En el caso del NIE y del pasaporte, debido a que no se puede realizar la consulta ante el organismo correspondiente, se deberá aportar fotocopia compulsada, o bien original y fotocopia, del documento identificativo de la persona solicitante.

(3) En caso que se haya presentado la declaración de la renta en la AEAT y hayáis autorizado al departamento a consultar vuestros datos en otra administración u organismo no hará falta que aportéis esta documentación.

Requisitos

  1. Tener vigente la condición de retornado/ada mediante resolución de la Dirección General para la Inmigración.
  2. Acreditar una situación de necesidad económica. Se entenderá que hay falta de recursos cuando los ingresos personales, de los 12 meses anteriores a la solicitud, sean inferiores al indicador de renta de suficiencia vigente en Cataluña. Esta cantidad se incrementará un 30% por cada miembro de la unidad familiar o de la unidad de convivencia que no tenga ni patrimonio ni ingresos.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

Características de la prestación

Sólo se puede recibir una única vez durante la vigencia de la condición de persona catalana retornada.

Cuantía

Las personas que tienen la condición de retornadas tienen derecho a una prestación económica por un importe equivalente al 12% del indicador de renta de suficiencia en cómputo anual, fijado para cada ejercicio por la Ley de presupuestos de la Generalidad de Cataluña.

Para solicitar por Internet la prestación económica se debe disponer de certificado digital válido.

Si tenéis problemas para descargar formularios PDF con el navegador Google Chrome, consultad esta página.

Por internet

Para solicitar por Internet la prestación económica debe disponer de la siguiente documentación, también en formato electrónico:

  • Documentación acreditativa de las rentas, ingresos y/o prestaciones económicas de la persona solicitante o declaración jurada de carencia de recursos económicos (formato: DOC, DOCX, PDF, JPG, RAR, ZIP. Peso: 750 MB).
  • NIE de la persona solicitante, si es preciso (formato DOC, DOCX, PDF, JPG, RAR, ZIP. Peso: 750 MB).
  • Pasaporte vigente de la persona solicitante, si es preciso (formato: DOC, DOCX, PDF, JPG, RAR, ZIP. Peso: 750 MB).
  • Libro de familia o documento acreditativo del grado de parentesco del solicitante con el resto de personas con las que convive, si es preciso (formato: DOC, DOCX, PDF, JPG, RAR, ZIP. Peso: 750 MB).
  • Hoja de autorizaciones de familiares convivientes, si es preciso (formato: DOC, DOCX, PDF, JPG, RAR, ZIP. Peso: 750 MB).
  • Documentación acreditativa de las rentas, ingresos y/o prestaciones económicas de las personas que conviven con la persona solicitante o declaración jurada de falta de recursos, si es preciso (formato: DOC, DOCX, PDF, JPG, RAR, ZIP. Peso: 750 MB).
  • Solicitud de transferencia bancaria para pagos de la Tesorería de la Generalidad de Cataluña (área SEPA), si es preciso (formato: DOC, DOCX, PDF, JPG, RAR, ZIP. Peso: 200 MB).

Consultad las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línia en Trámites gencat.

Para dudas o incidencias durante la tramitación por Internet, podéis llamar al 012.

Presencialmente

El formulario de solicitud se puede presentar en:

Trámites relacionados


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

Tel. 902627781

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.