Oposición de personal laboral: médico/a de medicina del trabajo. Convocatoria PRE/L001/2025
Información Rápida
Objetivo
Permite participar en el proceso selectivo para optar a una plaza de médico/a de medicina del trabajo en el Departamento de la Presidencia, en régimen de personal laboral fijo.
¿Quién puede solicitarlo?
Ciudadanos con la titulación específica de medicina del trabajo que cumplan con los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria.
Requisitos principales
- Tener la nacionalidad española o de un estado miembro de la UE.
- Tener cumplidos 16 años y no superar la edad de jubilación forzosa.
- Poseer la titulación de Medicina del Trabajo.
- Tener la capacidad física y psíquica necesarias para el puesto.
- No haber sido separado del servicio de ninguna administración pública por expediente disciplinario.
- Tener conocimientos de lengua catalana de nivel C1.
- Si no se tiene la nacionalidad española, tener conocimientos de lengua castellana de nivel C1.
- No ser personal laboral fijo de la misma categoría en la Generalitat de Cataluña.
- Pagar la tasa de participación correspondiente (salvo exenciones).
Plazos
El plazo de presentación de solicitudes fue del 14 de enero al 10 de febrero de 2025, ambos incluidos.
Duración del trámite
Variable, dependiendo de la fase del proceso selectivo.
Información adicional
Es importante consultar las bases de la convocatoria y la guía para presentar la solicitud para obtener información detallada sobre el proceso y los requisitos específicos.
Resumen
Este trámite permite participar en el proceso de selección para una plaza de médico/a de medicina del trabajo en el Departamento de la Presidencia. La convocatoria es la PRE/L001/2025.
Quién puede usar este servicio:
Ciudadanos que posean la titulación requerida y cumplan con los requisitos especificados en las bases de la convocatoria.
Antes de empezar:
- Asegúrate de tener la titulación requerida.
- Lee detenidamente las bases de la convocatoria.
- Reúne la documentación necesaria.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Certificado de servicios prestados en otras administraciones públicas (si aplica): Certificado de servicios prestados en otras admnistraciones públicas
- Guía para presentar la solicitud: Guia para presentar la solicitud
- Documentación justificativa para exenciones o bonificaciones en la tasa (si aplica).
- Acreditación de conocimientos de catalán y castellano (si no se puede acreditar documentalmente).
Requisitos previos:
Según el punto 2 del Anexo 1 de las bases de la convocatoria:
- Tener la nacionalidad española o de un estado miembro de la UE.
- Tener cumplidos 16 años y no superar la edad de jubilación forzosa.
- Poseer la titulación de Medicina del Trabajo.
- Tener la capacidad física y psíquica necesarias para el puesto.
- No haber sido separado del servicio de ninguna administración pública por expediente disciplinario.
- Tener conocimientos de lengua catalana de nivel C1.
- Si no se tiene la nacionalidad española, tener conocimientos de lengua castellana de nivel C1.
- No ser personal laboral fijo de la misma categoría en la Generalitat de Cataluña.
- Pagar la tasa de participación correspondiente (salvo exenciones).
Costes y plazos:
- Tasa general: 72,05 euros.
- Bonificaciones disponibles para familias monoparentales/numerosas y víctimas de violencia machista.
- Exenciones para desempleados, jubilados y personas con discapacidad.
- El plazo de presentación de solicitudes fue del 14 de enero al 10 de febrero de 2025.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Hacer la solicitud:
- Tramitar el formulario online: Iniciar . Acceder a Formulario
- Hacer el pago:
- Realizar el pago online con tarjeta bancaria VISA o MASTERCARD.
- Descargar la justificación de pago en el Área privada.
- Recibir la respuesta de la Administración:
- Encontrarás el acuse de recibo y el justificante de pago en tu Área privada.
- La lista provisional y definitiva de personas admitidas y excluidas se publicará en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya y en el Tablón electrónico de la Generalitat de Catalunya.
Después de hacerlo
- La resolución con la lista provisional de admitidos y excluidos se dictará en un plazo máximo de 1 mes desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- Se dispone de 10 días hábiles para enmendar defectos en la solicitud o presentar alegaciones a la lista provisional.
- Se puede interponer demanda ante los Juzgados de lo Social en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria.
- Para interponer un recurso, se debe hacer a través de petición genérica, indicando el número de esta convocatoria y dirigido al Departamento de la Presidencia.
Ayuda
- Contacto:
- Buzón de contacto
- Teléfono 012: 012 (llamada gratuita)
- Recursos adicionales: