Operaciones susceptibles de cofinanciación por el Programa Operativo FEDER Cataluña 2014-2020, ejes prioritarios 4-6

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Se abre una convocatoria para presentar solicitudes de operaciones susceptibles de financiación por el Programa operativo FEDER Cataluña 2014-2020, ejes 4-6.
La dotación máxima de esta convocatoria es de 45 millones de euros.


Ámbitos de actuación:

Eje prioritario 4. Favorecer el paso a una economía baja en carbono en todos los sectores

  • Fomento de la producción y distribución de energía derivada de fuentes renovables
  • Aumentar la participación y distribución de las energías renovables para usos térmicos, en particular, la biomasa, el biogás y los biocombustibles para el transporte, en consonancia con el Plan de energías renovables 2011-2020 y, en su caso, con la planificación de las comunidades autónomas
  • Apoyo a la eficiencia energética, la gestión inteligente de la energía y del uso de energías renovables en las infraestructuras públicas, incluidos los edificios públicos, y las viviendas Mejorar la eficiencia energética y reducción de emisiones de CO2 en la edificación y en las infraestructuras y los servicios públicos

Eje prioritario 6. Conservar y proteger el medio ambiente y promover la eficiencia de recursos

  • Conservación, protección, fomento y desarrollo del patrimonio natural y cultural
  • Promover la protección, el fomento y el desarrollo del patrimonio cultural
  • Proteger, desarrollar y promover las áreas naturales, en particular, las de interés turístico

Las operaciones objeto de esta convocatoria no se pueden haber iniciado antes del 1 de enero de 2014 y deberán estar ejecutadas y pagadas el 31 de diciembre de 2020.

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Plazo de presentación de solicitudes: del 15 de marzo al 15 de junio de 2016.

A quién va dirigido

A las diputaciones, los consejos comarcales y los ayuntamientos con una población de más de 20.000 habitantes de Cataluña que cumplan los requisitos establecidos en estas bases reguladoras.

Queda excluido de esta convocatoria el Ayuntamiento de Barcelona y las operaciones que tengan o impliquen un beneficio directo para este municipio.


Organismo responsable

Normativa

Documentación relacionada

Presentar la solicitud

Plazos

El plazo para presentar las solicitudes es del 15 de marzo al 15 de junio de 2016.

Documentación

Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

1. Certificado del órgano competente de la entidad local beneficiaria, de aprobación de la documentación y de presentación de la solicitud a la convocatoria.

2. Declaración de impacto ambiental de la autoridad competente, si se dispone en el momento de presentación de la solicitud, o bien declaración responsable de la entidad local beneficiaria que para la ejecución de la operación no se requiere el trámite de evaluación de impacto ambiental. Las operaciones que requieran la declaración de impacto ambiental sólo son susceptibles de ser subvencionadas en caso de que, en el momento de la convocatoria se disponga de la mencionada declaración o, en su defecto, se demuestre el correcto cumplimiento de los artículos 33 y 34 de la Ley 20/2009, de 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las actividades.

3. Declaración responsable de la entidad local beneficiaria sobre, si hay, el detalle de las otras subvenciones recibidas o solicitadas para los mismos gastos elegibles, procedentes de cualquiera de las administraciones o entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, con especificación de la cuantía, la fecha de concesión y la entidad otorgante. Asimismo, habrá que acreditar la disponibilidad presupuestaria, en su caso.

4. Declaración responsable de la entidad local beneficiaria sobre el cumplimiento de los requisitos establecidos en la base 3 y de las obligaciones de la base 23.

5. Memoria técnica de la operación. La memoria técnica tiene que tener un máximo de 50 páginas, y tiene que incluir, como mínimo:

-Descripción de la estrategia territorial en que se enmarca y objetivos estratégicos y operativos de la operación. Habrá que explicar en qué medida la operación contribuye a la estrategia territorial y a sus objetivos.

-Descripción del territorio donde se desarrolla la operación.

-Justificación del impacto, la dimensión transformadora y la sostenibilidad de la operación. Tiene que contener una descripción y una cuantificación del impacto esperado en el territorio, con respecto a los beneficios directos e indirectos, y de los factores que inciden en el resultado final.

-Descripción general de la operación y de cada una de las actuaciones previstas que la conforman.

-Modelo de gestión una vez finalizada la operación.

-Presupuesto equilibrado para cada una de las actuaciones de la operación, ya sea con fondos propios o con otras ayudas o subvenciones, de acuerdo con lo que establece el artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. En caso de tener cofinanciamiento aprobado, se tiene que justificar.

-Calendario previsto de desarrollo de cada una de las actuaciones.

-Personal de nueva contratación dedicado inequívocamente a la operación subvencionada. Hay que incluir información sobre el número de personas, categorías y tanto por ciento de dedicación.

-Cuadro de indicadores que permita anualmente medir y hacer el seguimiento de los resultados alcanzados y del grado de consecución de los objetivos de la operación. Los indicadores tienen que estar alineados con los indicadores del PO FEDER de Cataluña 2014-2020 y se tienen que indicar los valores al inicio y la previsión a alcanzar el año de finalización.

La memoria técnica de la operación debe incluirse como documento obligatorio en el formulario de solicitud, el cual incorpora una propuesta de índice (incluida como anexo III).

6. Como mínimo, un anteproyecto, aprobado por el órgano competente, de cada una de las actuaciones de la operación, en su caso.

7. Planos generales y plano de situación a escala suficiente con el fin de identificar la operación.

8. Certificado expedido por el órgano competente que acredite la disponibilidad del terreno y/o de los bienes inmuebles, en su caso, en función de la operación, así como el correspondiente documento justificativo de la titularidad o de la capacidad de actuación.

9. Si la operación se tiene que llevar a cabo en el territorio de la Red Naturaleza 2000, certificado de que la ejecución de la operación no está incluida en las afectaciones generales de las directrices de la Red Naturaleza 2000.

10. Si hace falta algún informe y/o autorización con el fin de ejecutar la operación o llevar a cabo la actividad subvencionada, será necesario aportar esta documentación.

11. Declaración responsable de la rendición de cuentas de cada ejercicio directamente a la Sindicatura de Cuentas antes del 15 de octubre del año siguiente al del cierre del ejercicio, así como del envío de las auditorías y cualquier otro informe de fiscalización con las recomendaciones y reservas correspondientes, de acuerdo con lo que dispone el artículo 41.4 de la Ley 18/2010, de 7 de junio, de la Sindicatura de Cuentas.

12. En el supuesto de que la entidad local pretenda que la ejecución la lleve a cabo una entidad diferente de la beneficiaria, tal como prevé la base 2.2, también será necesario que ésta presente la documentación acreditativa sobre la condición de medio propio y servicio técnico del ente correspondiente, así como el borrador del convenio de encargo de gestión.

13. Con respecto a las operaciones incluidas en el OE 4.3.1, la entidad solicitante debe aportar una auditoría energética y/o un certificado de eficiencia energética que detalle posibilidades y costes de las intervenciones a efectuar e identifique las oportunidades de mejora energética, de acuerdo con lo que establece la guía técnica de la Comisión Europea en este ámbito (Technical Guidance. Financing the energy renovation of buildings with Cohesion Policy funding). Las operaciones tienen que tener unos impactos significativos y mesurables con el fin de constatar que las mismas han supuesto una mejora real y considerable. En la memoria técnica de la operación tienen que quedar reflejados estos aspectos.

14. Acreditación de la estrategia territorial y/o sectorial de la entidad local y el ente ejecutor, en su caso, entendida como el conjunto coherente de operaciones cuya finalidad es satisfacer objetivos y necesidades locales, que contribuyen a la realización de la estrategia de la Unión para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, diseñada y puesta en práctica por las mismas.

Con la firma de la solicitud de subvención y de los documentos que la acompañan, se autoriza al ente concedente a comprobar la conformidad de los datos que se contienen o se declaran, a menos que expresamente se deniegue. En este caso, hace falta que la entidad aporte, con anterioridad a la propuesta de resolución provisional, la documentación que acredite la realidad de los datos contenidos en las declaraciones.

La inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial en cualquier dato o documento que acompañe la solicitud de subvención dejan sin efecto este trámite, desde el momento en que se conozcan y previa audiencia de la entidad interesada, y, en consecuencia, comportan la inadmisión de la solicitud de subvención, sin perjuicio que puedan ser causa de revocación de la subvención, si se conocen con posterioridad a la concesión.

La presentación de las solicitudes comporta la aceptación plena por parte de las entidades solicitantes de las bases de la convocatoria.

Requisitos

Operaciones objeto de cofinanciamiento:

Las operaciones susceptibles de recibir subvención del FEDER de Cataluña 2014-2020, ejes prioritarios 4 y 6, en los términos establecidos en el Programa operativo, tienen que cumplir los requisitos siguientes:

a) Se tienen que adecuar a los objetivos específicos y prioridades de inversión establecidos en el Programa operativo y en los documentos que los despliegan.

b) La operación puede adoptar las modalidades de inversión, de adquisición de hardware, realización de estudios, trabajos técnicos y actuaciones de demostración y/o difusión. Todas las actuaciones se tienen que poder entregar totalmente para el uso público, una vez haya sido ejecutada la operación objeto de cofinanciación.

c) La operación presentada para obtener cofinanciación tendrá que tener entidad como tal y no ser una mera agregación de gastos sin una relación u objetivo que la identifique como operación.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

Plazo de ejecución, finalización y operatividad:

Las operaciones no se pueden haber iniciado antes del 1 de enero de 2014 y tendrán que estar ejecutadas y pagadas el 31 de diciembre de 2020.

Se podrán solicitar prórrogas, de manera justificada, siempre antes del 30 de noviembre de 2020, y sólo por las entidades locales que hayan ejecutado y pagado un mínimo del 70% de la operación, como máximo por la mitad del plazo inicial, y se tendrán que aprobar mediante resolución del órgano competente. En todo caso, el plazo máximo para ejecutar y pagar las operaciones, incluidas las prórrogas, será el 31 de diciembre de 2023.

Una vez finalizado el plazo de ejecución y pago de la operación, habrá que acreditar la finalización y operatividad.

Las operaciones no se seleccionarán para recibir la ayuda de cofinanciamiento FEDER si han concluido materialmente o se han ejecutado íntegramente antes de que el beneficiario presente la solicitud de financiación, de acuerdo con el artículo 65.6 del Reglamento (UE) 1303/2013.

Cuantía:

La dotación máxima de esta convocatoria es de 45.000.000,00 de euros, los cuales provienen del FEDER de Cataluña 2014-2020, en los términos establecidos en el Programa operativo.

Los importes por objetivos específicos (OE) que se podrán conceder son los siguientes:

OE 4.1.2: 5.250.000 de euros

OE 4.3.1: 5.250.000 de euros

OE 6.3.1: 17.250.000 de euros

OE 6.3.2: 17.250.000 de euros

No podrán concederse subvenciones por importes superiores a los mencionados, excepto en caso de que el crédito disponible en cualquiera de los OE no se agote y sea transferido a otro OE.

Las ayudas que regula esta convocatoria son subvenciones por concurrencia competitiva, financiadas con el FEDER de Cataluña 2014-2020, en el marco del Programa operativo.

La concesión a las operaciones seleccionadas del cofinanciamiento previsto en la presente convocatoria queda condicionada a la efectiva concesión del FEDER por parte de la Unión Europea. La pérdida de financiación de esta convocatoria por cualquier motivo que no sea imputable a la Administración de la Generalidad de Cataluña comportará la correlativa extinción del derecho a percibir el cofinanciamiento por parte de las entidades seleccionadas.

Presupuesto y financiación:

El importe de las subvenciones FEDER 2014-2020, en los ejes prioritarios 4 y 6, se establece en un porcentaje de hasta un máximo del 50% del gasto elegible de las operaciones susceptibles de ser incorporadas a este Programa operativo, que será mantenido dentro de cada actuación, contrato y factura.

Para los ejes prioritarios 4 y 6, las entidades locales tienen que presentar un presupuesto con un gasto elegible mínimo de un millón de euros y máximo de cuatro, por operación.

Plazos

Del15.03.2016al 15.06.2016

Por internet

La solicitud efectuada a través de la plataforma EACAT se considerará presentada ante la Administración de la Generalidad una vez registrada y con constancia de los datos siguientes: número de registro de entrada, fecha y hora de presentación, tipo de documento y asunto, identificación del solicitante y órgano al que se dirige la solicitud.

La Dirección General de Administración Local prestará la asistencia necesaria a las entidades locales en el envío de sus solicitudes.

Las solicitudes tendrán que ser aprobadas por el órgano competente de la entidad local y tendrán que ser formalizadas por el secretario/a de la misma en el plazo que establezca la convocatoria.

Los ayuntamientos de municipios con una población de más de 20.000 habitantes no podrán presentar más de una solicitud por eje prioritario. En el supuesto de que no se cumplan estos requisitos, todas las solicitudes afectadas se desestimarán, de acuerdo con lo que establece la base 17.


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

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