Notificación previa de puesta en funcionamiento de instalaciones emisoras de compuestos orgánicos volátiles en Castilla y León
Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Objeto
La notificación, antes de su puesta en funcionamiento, de las instalaciones emisoras de Compuestos Orgánicos Volátiles de Castilla y León, conforme al artículo 3.2 del Real Decreto 117/2003, de 31 de enero.
¿Quién lo puede solicitar?
- Titulares de la instalaciones en las que se desarrollen algunas de las actividades incluidas en el Anexo I del Real Decreto 117/2003, de 31 de enero
- sobre limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes en determinadas actividades, siempre que se realicen superando los umbrales de consumo de disolvente establecidos en el Anexo II de dicho Real Decreto.
- Se exceptúan las instalaciones sometidas al régimen de autorización ambiental (las que constan en el Anejo I de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León).
Lugar y Forma de presentación
Presencial:
- Oficinas de asistencia en materia de registros de la Junta de Castilla y León.
- En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (LPACAP).
Electrónico:
¿Qué documentos necesito?
Solitud en modelo normalizado acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN:Documentación administrativa
- Impreso de notificación en modelo normalizado.
- DNI/NIE del interesado, en caso de no haber autorizado a la Administración para la comprobación de sus datos de identidad.
- DNI/NIE del representante, en caso de no haber autorizado a la Administración para la comprobación de sus datos de identidad.
- Documentación acreditativa de la representación legal, en caso de no haber formulado la correspondiente declaración responsable.
- Plan de gestión de disolventes, de acuerdo al Anexo IV del Real Decreto 117/2003, de 31 de enero, sobre limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes en determinadas actividades.
- Sistema de reducción de disolventes, de acuerdo al Anexo III del Real Decreto 117/2003, de 31 de enero, sobre limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes en determinadas actividades. Si ha optado por esta opción.
- Acreditación de que se va a emplear la Mejor Técnica Disponible, si ha seleccionado la dispensa del cumplimiento de valores límite, de acuerdo a los artículos 4.3.a) y b), del Real Decreto 117/2003, de 31 de enero, sobre limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes en determinadas actividades.
¿Qué plazo tengo para solicitarlo?
Con carácter previo a la puesta a en funcionamiento de la instalación.
Legislación aplicable
- Real Decreto 117/2003, de 31 de enero, sobre limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes en determinadas actividades (B.O.E. 07-02-2003).
Organismo
Consejería / Centro Directivo:
- Consejería de Fomento y Medio Ambiente
- Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental
- Delegaciones Territoriales
Órgano gestor:
Servicio Territorial de Medio Ambiente
Tramitación electrónica
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