Notificación de informes anuales de emisión de gases con efecto invernadero
El titular de la instalación deberá remitir, antes del 28 de febrero de cada año, un informe verificado por un verificador acreditado, sobre las emisiones de gases de efecto invernadero correspondientes al año precedente, y de acuerdo con el Plan de Seguimiento aprobado.
Por otra parte, el titular someterá a aprobación de la autoridad competente, antes del 30 de junio de cada año, un informe de mejoras de la metodología de seguimiento de acuerdo con lo establecido en el artículo 69 del Reglamento (UE) nº 601/2012, de 21 de junio.
A quién va dirigido
A titulares de instalaciones con Autorización de emisión de gases con efecto invernadero.
Organismo responsable
Notificar el informe de mejoras en la metodología de seguimiento
Plazos
Documentación
Documentación que debe acompañar a la solicitud:
Requisitos
Cumplir con los requisitos establecidos en la Autorización de emisión de gases de efecto invernadero.
Tasas
No hay tasas asociadas a este trámite.
Otras informaciones
El titular de una instalación incluida en el régimen de comercio de derechos de emisión para el período 2013-2020 de acuerdo con el artículo 69 del Reglamento 601/2012, de 21 de junio, presentará un informe de mejoras en la autoridad competente -en Cataluña, la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático-, para su aprobación, en los siguientes casos:
- Si no se aplican como mínimo los niveles requeridos de acuerdo con el artículo 26, apartado 1, primer párrafo, y en el artículo 41, apartado 1: en este caso deberán justificarse los motivos por los que la aplicación de estos niveles sería técnicamente inviable o generaría costes irrazonables (art. 69.2, Reglamento 601/2012).
- Si el titular aplica una metodología de seguimiento alternativa de acuerdo con el artículo 22: en este caso se deberá facilitar una justificación de los motivos por los que la aplicación, como mínimo, del nivel 1 a uno o varios flujos fuente, principales o secundarios, es técnicamente inviable o genera costes irrazonables (art. 69.3, Reglamento 601/2012).
La presentación del primer informe de mejoras corresponden al apartado 1 y 2 anteriores, se establece, de acuerdo con la categoría de la instalación, en las fechas siguientes:
CATEGORÍA DE LA INSTALACIÓN | FECHA PRESENTACIÓN PRIMER INFORME | PERIODICIDAD |
Instalaciones categoria A | 30 de junio de 2017 | Cada 4 años |
Instalaciones categoria B | 30 de junio de 2015 | Cada 2 años |
Instalaciones categoria C | 30 de junio de 2014 | Anualmente |
- Si el informe de verificación realizado de conformidad con el Reglamento (UE) 600/2012, señala irregularidades (apartado 1A - B, [irregularidades no Corregidas con plan de Seguimiento aprovado] del informe de verificación) o contenga recomendaciones de mejora (apartado 1A -D, [eventuales Recomendaciones de Mejora] del informe de verificación) de acuerdo con los artículos 27, 29 y 30 de dicho Reglamento 600/2012, el titular de la instalación deberá someter a aprobación de la autoridad competente Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático un informe antes del 30 de junio de ese año en el que el verificador haya emitido su informe. En este informe, el titular de instalaciones deberá describir las medidas y los plazos que ha aplicado o que pretende aplicar para corregir las irregularidades detectadas por el verificador y para poner en práctica las recomendaciones de mejora.
Las instalaciones de bajas emisiones (IBE) están exentas de presentar respuesta a las recomendaciones de mejora descritas por el verificador, pero sí que deben dar respuesta a las irregularidades (art. 69.4 del Reglamento 601/2012).
Por internet
Presencialmente
Puntos de tramitación
- Direcció General de Qualitat Ambiental
- Oficina de Gestió Empresarial a Barcelona
- Oficina de Gestió Empresarial de Girona
- Oficina de Gestió Empresarial de Lleida
- Oficina de Gestió Empresarial de Tarragona
- Oficina de Gestió Empresarial de les Terres de l'Ebre
- OGE - Cambra Badalona
- OGE - Cambra Barcelona
- OGE - Cambra Berga
- OGE - Cambra Girona
- OGE - Cambra Granollers
- OGE - Cambra Igualada
- OGE - Cambra Manresa
- OGE - Cambra Mataró
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- OGE - Cambra Sabadell
- OGE - Cambra Sant Feliu de Llobregat
- OGE - Cambra Terrassa
- OGE - Cambra Tortosa
- OGE - Cambra Vic
- OGE - Cambra Vilafranca del Penedès
- OGE - Cambra Vilanova i la Geltrú
- OGE - Cambra l'Hospitalet de Llobregat
Notificar el informe anual de emisión
Plazos
Del 1 de enero hasta el 28 de febrero de cada año.
Documentación
Documentación que se debe adjuntar a la notificación:
- Plantilla de informe anual de emisiones de gases de efecto invernadero
- Plantilla de informe de verificación
El tamaño máximo permitido del archivo de solicitud, incluyendo los adjuntos a través de la presentación electrónica, es de 5MB. En caso de que no pueda enviar todo comprimido por el canal electrónico, el documento relativo a la plantilla del informe anual de emisiones, lo puede enviar a fue.tramitacio@gencat.cat, indicando en el asunto "Notificar el informe anual GEI y NIF de la empresa ". El formulario de solicitud lo ha de enviar a través de la OVT para que quede registrada la entrada.
Requisitos
Cumplir con los requisitos establecidos de la Autorización de emisión de gases de efecto invernadero.
Tasas
311,05
La tasa se acreditará en el momento de solicitar la validación del informe verificado.
Si la solicitud se envía electrónicamente, la tasa tendrá una bonificación del 10%.
Otras informaciones
Preparación:
- El titular de una Autorización de emisión de gases con efecto invernadero debe elaborar un informe anual de seguimiento de las emisiones de gases con efecto invernadero de la instalación afectada, atendiendo a la metodología y a otros requisitos establecidos a la Autorización que deberá ser comprobado por un verificador acreditado.
Por internet
Presencialmente
Puntos de tramitación
- Direcció General de Qualitat Ambiental
- Oficina de Gestió Empresarial a Barcelona
- Oficina de Gestió Empresarial de Girona
- Oficina de Gestió Empresarial de Lleida
- Oficina de Gestió Empresarial de Tarragona
- Oficina de Gestió Empresarial de les Terres de l'Ebre
- OGE - Cambra Badalona
- OGE - Cambra Barcelona
- OGE - Cambra Berga
- OGE - Cambra Girona
- OGE - Cambra Granollers
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