Modificaciones de la situación de residencia por circunstancias excepcionales a la situación de residencia y trabajo por cuenta propia (la persona extranjera no está autorizada a trabajar por cuenta propia) - MOD06c
Las personas extranjeras que vivan en España durante un año en situación de residencia legal, por circunstancias excepcionales, sin estar habilitadas para trabajar, que quieran acceder a la situación de residencia y trabajo por cuenta propia para realizar una actividad lucrativa por cuenta propia.
Leer másPara hacer el pago de este trámite es necesario disponer de tarjeta bancaria (crédito o débito).
Para realizar el trámite se puede presentar la solicitud directamente en el registro de las oficinas habilitadas para su recogida.
A quién va dirigido
A las personas extranjeras autorizadas a residir en España por circunstancias excepcionales que pretendan ejercer una actividad lucrativa, profesional o laboral por su cuenta.
Organismo responsable
- Departament de Treball, Afers Socials i Famílies
- Secretaria General de Treball, Afers Socials i Famílies
- Subdirecció General d'Autoritzacions Inicials de Treball
Normativa
Solicitar la modificación
Plazos
- La solicitud se presentará durante los 60 días naturales previos a la fecha de expiración de la autorización que se posee. Sin embargo, también se puede presentar dentro de los noventa días posteriores a la fecha en que hubiera finalizado la vigencia de la anterior autorización, sin perjuicio de la incoación del procedimiento sancionador correspondiente por la infracción en que se haya incurrido. La presentación de la solicitud en estos términos prorroga la validez de la autorización anterior hasta la resolución del procedimiento.
- Si se desea solicitar la autorización de trabajo antes de entrar en el período de renovación de la autorización que se posee (los 60 días anteriores a su caducidad), hay que utilizar el trámite AUT02a o AUT02b.
Documentación
Documentación que debe adjuntar la persona solicitante (persona trabajadora extranjera):
Requisitos
Requisitos relativos a la residencia
- No encontrarse ilegalmente en territorio español.
- No tener antecedentes penales.
Requisitos relativos al ámbito laboral
- Cumplir los requisitos que la legislación vigente exige a las personas con nacionalidad española para la apertura y el funcionamiento de la actividad proyectada.
- Poseer la cualificación profesional exigible o experiencia acreditada suficiente en el ejercicio de la actividad profesional, así como la titulación necesaria para las profesiones cuyo exija homologación específica y, en su caso, la colegiación cuando así se requiera.
- Acreditar que la inversión prevista para la implantación del proyecto es suficiente y la incidencia, en su caso, en la creación de empleo.
Tasas
Para efectuar el pago es necesario disponer de tarjeta bancaria (crédito o débito). Vías de pago:
- Por Internet, mediante la dirección: https://portal.lacaixa.es/pagos/impuestosrecibosmatriculas_ca.html, con tarjeta de crédito o débito de cualquier entidad bancaria
- Mediante la red de cajeros automáticos "Servicaixa": con tarjeta de crédito o débito de cualquier entidad, o si se dispone, con una libreta o una cuenta corriente de "La Caixa" / CaixaBank.
Otras informaciones
Tramitación
- Para modificar la situación de residencia legal por circunstancias excepcionales a la situación de residencia y trabajo no es necesario obtener visado.
- Para realizar el trámite es necesario presentar la solicitud en el registro de cualquiera de las oficinas habilitadas específicamente para su recogida.
- La eficacia de la autorización de trabajo estará condicionada a la afiliación y/o el alta de la persona trabajadora en el sistema de la Seguridad Social.
Observaciones
- La duración de la autorización es para dos años.
- Si se quiere información más detallada, se pueden ver los artículos 202, 130 y 105 del Real decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, después de la reforma de la Ley orgánica 2/2009.
Presencialmente
Introduzca los datos que se le vaya solicitando y obtendrá el formulario de solicitud que tiene incorporada la carta de pago de la tasa de trabajo con el importe correspondiente.
Se puede presentar en varios sitios:
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)
Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs
Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya
Calle Provença 339, 08037, Barcelona
Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)
Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus
Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)
Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona
Tel. 932723100
Consorci Hospitalari de Vic
Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic
Tel. 938891111
Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)
Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona
Tel. 932275706
Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)
Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona
Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)
Carrer Girona 20, 08010, Barcelona
Consorci del Parc Fluvial del Llobregat
Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella
Tel. 938250689
Cataluña Radio
Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona
Institut Català de Ciències del Clima (IC3)
Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona
Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona
Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona
Tel. 902627781