Modificaciones de la autorización de residencia y trabajo por cuenta de otro a una autorización por cuenta propia (MOD07d)

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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Las personas extranjeras titulares de una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena pueden modificar a una autorización de residencia y trabajo por cuenta propia, siempre que tengan renovada la autorización inicial o, soliciten la modificación en el momento que corresponda pedir la renovación de la autorización de la que sean titulares.

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Para hacer el pago de este trámite es necesario disponer de tarjeta bancaria (crédito o débito).

Se puede presentar la solicitud directamente en el registro de las oficinas habilitadas para su recogida.

A quién va dirigido

A las personas extranjeras titulares de una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena.

Organismo responsable

Normativa

Solicitar la modificación

Plazos

La modificación se puede solicitar en cualquier momento en caso de tener renovada la autorización inicial, o bien, en el momento que corresponda solicitar la renovación de la autorización de la que sea titular la persona trabajadora.
Excepcionalmente, se puede acceder a la modificación de la autorización inicial de residencia y trabajo sin que haya llegado el momento de renovar si se acredita una necesidad por circunstancias sobrevenidas para garantizar la subsistencia del trabajador/a.

Documentación

Documentación que debe adjuntar a la solicitud la persona solicitante (persona trabajadora extranjera):

Requisitos

Requisitos relativos a la residencia

  1. Tener una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena renovada o, solicitar su modificación en el momento que corresponda solicitar la renovación de la autorización de la que sean titulares, siempre y cuando se reúnan los requisitos establecidos y se tenga constancia de la realización habitual de actividad laboral durante el periodo de vigencia de la autorización por un período igual al que correspondería si pretendiera su renovación.
  2. No tener antecedentes penales.

Requisitos relativos al ámbito laboral

  1. Cumplir los requisitos que la legislación vigente exige a las personas con nacionalidad española para la apertura y funcionamiento de la actividad proyectada.
  2. Poseer la cualificación profesional exigible o experiencia acreditada suficiente en el ejercicio de la actividad profesional, así como la titulación necesaria para las profesiones cuyo ejercicio se exija homologación específica y, si procede, la colegiación cuando así se requiera.
  3. Acreditar que la inversión prevista para la implantación del proyecto es suficiente y la incidencia, si procede, en la creación de empleo.

Tasas

Para efectuar el pago es necesario disponer de tarjeta bancaria (crédito o débito). Vías de pago:

  • Por Internet, mediante la dirección: https://portal.lacaixa.es/pagos/impuestosrecibosmatriculas_ca.html, con tarjeta de crédito o débito de cualquier entidad bancaria
  • Mediante la red de cajeros automáticos "Servicaixa": con tarjeta de crédito o débito de cualquier entidad, o si se dispone, con una libreta o una cuenta corriente de "La Caixa" / CaixaBank.

Consultar las tasas
Se debe pagar tasa de residencia sólo en caso de solicitar la modificación en el momento que corresponda solicitar la renovación de la autorización de la que es titular la persona trabajadora.

Otras informaciones

Tramitación

  1. La autorización la debe solicitar la persona trabajadora extranjera personalmente o mediante representante legal, ante cualquiera de las oficinas habilitadas, o en cualquier registro administrativo de Cataluña.

Observaciones

  1. Excepcionalmente, podrá acceder a la modificación de la autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta propia, sin necesidad de que haya llegado el momento de renovación de la misma, la persona extranjera que acredite una necesidad por circunstancias sobrevenidas para garantizar su subsistencia, como el hecho de que, por causas ajenas a su voluntad, se hubiera interrumpido la relación laboral por cuenta ajena.
  2. La autorización que se conceda no ampliará la vigencia de la autorización modificada.
  3. Si se quiere información más detallada, se puede ver el artículo 203 del Real decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, actualizado por la Ley orgánica 2/2009.

Presencialmente

Introduzca los datos que se le vaya solicitando y obtendrá el formulario de solicitud que tiene incorporada la carta de pago de la tasa de trabajo con el importe correspondiente.

Se puede presentar en diversos lugares:


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Cinco Días
Expansión
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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.