Modificaciones de la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena en la autorización de residencia y trabajo como profesional altamente cualificado -tarjeta azul-(MOD10c)
Este procedimiento de modificación permite a las personas extranjeras que ya hayan renovado su autorización de trabajo inicial por cuenta ajena o bien se encuentren en el momento de pedir esta renovación, acceder a la situación de residencia y trabajo como profesional altamente cualificado; es decir, para realizar actividades laborales que requieran formación superior o un mínimo de cinco años de experiencia profesional.
Leer másPara hacer el pago de este trámite es necesario disponer de tarjeta bancaria (crédito o débito).
Para realizar el trámite se puede presentar la solicitud directamente en el registro de las oficinas habilitadas para su recogida.
A quién va dirigido
A las personas extranjeras, titulares de una autorización de trabajo por cuenta ajena, que quieran trabajar como profesionales altamente cualificados (tarjeta azul).
Organismo responsable
- Departament de Treball, Afers Socials i Famílies
- Secretaria General de Treball, Afers Socials i Famílies
- Subdirecció General d'Autoritzacions Inicials de Treball
Normativa
Solicitar la modificación
Plazos
La modificación se puede solicitar en cualquier momento siempre que ya se haya renovado la autorización inicial o bien, se puede solicitar en el momento de pedir esta renovación, dentro de los plazos legalmente establecidos, es decir, durante los 60 días naturales anteriores o bien, durante los 90 días naturales posteriores a la caducidad de la autorización.
Sin embargo, excepcionalmente se puede acceder a la modificación de la autorización inicial sin que haya llegado el momento de renovarla si se acredita una necesidad por circunstancias sobrevenidas para garantizar la subsistencia del trabajador/a.
Documentación
Documentación que debe adjuntar la persona solicitante (trabajador o trabajadora):
Requisitos
Requisitos que debe cumplir la empresa:
- Que la empresa presente un contrato de trabajo con fecha de inicio condicionada a la eficacia de la autorización, que garantice a la persona trabajadora una actividad continuada durante el periodo de vigencia de la autorización.
- Las condiciones fijadas en el contrato se tienen que ajustar a las establecidas para la normativa laboral vigente para la misma actividad, categoría profesional y localidad y que el salario bruto anual especificado en el contrato de trabajo sea, como mínimo, 1,5 veces el salario bruto anual medio. Para más detalle ver el artículo 87 del Real decreto 557/2011.
- Tener formalizada la inscripción en el régimen correspondiente del sistema de la Seguridad Social y encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social.
- Contar con medios económicos, materiales o personales suficientes para el desarrollo de la actividad y para atender las obligaciones asumidas en el contrato de trabajo.
Requisitos que deben cumplir las personas trabajadoras extranjeras:
- Haber renovado la autorización inicial o bien presentar la solicitud en el momento que corresponda pedir esta renovación. Excepcionalmente, no será necesario cumplir este requisito, si se acredita una necesidad por circunstancias sobrevenidas para garantizar la subsistencia del trabajador/a, como el hecho de que, por causas ajenas a su voluntad, hubiera cesado en la actividad por cuenta ajena.
- Acreditar documentalmente que se tiene la capacitación y, en su caso, la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión.
- Poseer una cualificación de enseñanza superior de duración mínima de tres años, o excepcionalmente un mínimo de cinco años de experiencia profesional que se pueda considerar equiparable, y que proporcione el nivel necesario para ejercer una profesión que exija un alto nivel de capacitación o que posibilite el ingreso en un programa de investigación avanzado. Esta cualificación tiene que estar relacionada con la actividad que se quiere desarrollar.
- No tener antecedentes penales.
Tasas
Para efectuar el pago es necesario disponer de tarjeta bancaria (crédito o débito). Vías de pago:
- Por Internet, mediante la dirección: https://portal.lacaixa.es/pagos/impuestosrecibosmatriculas_ca.html, con tarjeta de crédito o débito de cualquier entidad bancaria
- Mediante la red de cajeros automáticos "Servicaixa": con tarjeta de crédito o débito de cualquier entidad, o si se dispone, con una libreta o una cuenta corriente de "La Caixa" / CaixaBank.
Otras informaciones
Tramitación
- La autorización la debe solicitar la persona trabajadora personalmente o mediante representante legal.
- El trámite se debe realizar presentando la solicitud delante de cualquiera de las oficinas habilitadas, o en cualquier registro administrativo de Cataluña.
- La eficacia de la autorización de trabajo está condicionada al alta de la persona trabajadora en la Seguridad Social.
Observaciones
- Excepcionalmente se puede acceder a la modificación de la autorización inicial sin que haya llegado el momento de renovarla si se acredita una necesidad por circunstancias sobrevenidas para garantizar la subsistencia del trabajador/a, como el hecho de que, por causas ajenas a su voluntad, se hubiera interrumpido la actividad laboral por cuenta ajena.
- Simultáneamente a la presentación de esta solicitud, se podrá solicitar una modificación de residencia temporal a favor de los miembros de la familia que el trabajador extranjero quiera reagrupar. Estas solicitudes de modificación de residencia temporal por reagrupamiento familiar se enviarán a la Oficina de Extranjería competente para tramitarlas.
- Según el artículo 85 del Real decreto 557/2011, profesionales altamente cualificados son los trabajadores extranjeros autorizados a ejercer una actividad laboral para la cual se requiere una cualificación de enseñanza superior o, excepcionalmente, acredite un mínimo de cinco años de experiencia profesional que se considere equivalente a la mencionada cualificación, relacionada con la actividad por el ejercicio de la cual se conceda la modificación.
- Según el artículo 85, párrafo 2 del Real decreto 557/2011 se entiende por cualificación de enseñanza superior a la cualificación derivada de una formación de enseñanza superior, de duración mínima de tres años y que proporcione el nivel de cualificación necesario para ejercer una profesión que exija un alto nivel de capacitación o para ingresar en un programa de investigación avanzada.
- Para más detalle ver:
- Artículos 85 y ss., y 203.3 del Real decreto 557/2011, de 20 de abril, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, actualizado por la Ley orgánica 2/2009.
Presencialmente
Introduzca los datos que se le vaya solicitando y obtendrá el formulario de solicitud que tiene incorporada la carta de pago de la tasa de trabajo con el importe que le corresponde pagar al empleador/a.
Se debe presentar en:
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
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Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)
Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona
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