Modificación de la situación de residencia por circunstancias excepcionales a la situación de residencia y trabajo por cuenta ajena (el empleador es el sujeto legitimado para presentar la solicitud) - MOD06b
Las personas extranjeras que vivan en España durante un año en situación de residencia legal por circunstancias excepcionales, sin estar habilitadas para trabajar, cuando dispongan de una oferta laboral o un contrato de trabajo, pueden acceder a la situación de residencia y trabajo por cuenta ajena.
Leer másPara hacer el pago de este trámite es necesario disponer de tarjeta bancaria (crédito o débito).
Se puede presentar la solicitud directamente en el registro de las oficinas habilitadas para su recogida.
A quién va dirigido
A los empresarios/as o ocupadores/as que quieran contratar personas extranjeras autorizadas a residir por circunstancias excepcionales, que no estén habilitadas para trabajar.
Organismo responsable
- Departament de Treball, Afers Socials i Famílies
- Secretaria General de Treball, Afers Socials i Famílies
- Subdirecció General d'Autoritzacions Inicials de Treball
Normativa
- Modificación de la situación de residencia por circunstancias excepcionales a la situación de residencia y trabajo por cuenta ajena (el empleador es el sujeto legitimado para presentar la solicitud) - MOD06b
Solicitar la modificación
Plazos
- La solicitud se presentará durante los 60 días naturales previos a la fecha de expiración de la autorización que se posee. Sin embargo, también se puede presentar dentro de los noventa días posteriores a la fecha en que hubiera finalizado la vigencia de la anterior autorización, sin perjuicio de la incoación del procedimiento sancionador correspondiente por la infracción en que se haya incurrido. La presentación de la solicitud en estos términos prorroga la validez de la autorización anterior hasta la resolución del procedimiento.
- Si se desea solicitar la autorización de trabajo antes de entrar en el período de renovación de la autorización que se posee (los 60 días anteriores a su caducidad), hay que utilizar el trámite AUT02a o AUT02b.
Documentación
Documentación que debe adjuntar la persona solicitante (empresario o empresaria):
Requisitos
Requisitos que deben cumplir las empresas
- Garantizar a la persona trabajadora una actividad continuada durante el período de vigencia de la autorización de residencia y trabajo.
- Tener formalizada la inscripción en el régimen correspondiente del sistema de la Seguridad Social y encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias.
- Ajustar las condiciones fijadas en el contrato de trabajo a las establecidas en la normativa vigente por la misma actividad, categoría profesional y localidad.
Requisitos que deben cumplir las personas extranjeras
- No encontrarse ilegalmente en territorio español.
- No tener antecedentes penales.
- Estar en posesión de la titulación, si es necesario, homologada debidamente.
Tasas
Para efectuar el pago es necesario disponer de tarjeta bancaria (crédito o débito). Vías de pago:
- Por Internet, mediante la dirección: https://portal.lacaixa.es/pagos/impuestosrecibosmatriculas_ca.html, con tarjeta de crédito o débito de cualquier entidad bancaria
- Mediante la red de cajeros automáticos "Servicaixa": con tarjeta de crédito o débito de cualquier entidad, o si se dispone, con una libreta o una cuenta corriente de "La Caixa" / CaixaBank.
Otras informaciones
Tramitación
- Para modificar la situación de residencia legal por circunstancias excepcionales a la situación de residencia y trabajo, no es necesario obtener visado.
- Para realizar el trámite, se debe presentar la solicitud en el registro de cualquiera de las oficinas específicamente habilitadas para su recogida.
- La eficacia de la autorización de trabajo está condicionada a la afiliación y/o alta de la persona trabajadora en el sistema de la Seguridad Social.
Observaciones
- La duración de la autorización es para dos años.
- Si se quiere información más detallada, se pueden ver los artículos 202, 130 y 64 del Real decreto 557/2011, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, después de la reforma de la Ley orgánica 2/2009.
Presencialmente
Introduzca los datos que se le vaya solicitando y obtendrá el formulario de solicitud que tiene incorporada la carta de pago de la tasa de trabajo con el importe que le corresponde pagar al empleador/a.
Se puede presentar en varios sitios:
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)
Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs
Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya
Calle Provença 339, 08037, Barcelona
Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)
Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus
Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)
Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona
Tel. 932723100
Consorci Hospitalari de Vic
Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic
Tel. 938891111
Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)
Calle Rossell ó 132, 08036, Barcelona
Tel. 932275706
Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)
Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona
Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)
Carrer Girona 20, 08010, Barcelona
Consorci del Parc Fluvial del Llobregat
Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella
Tel. 938250689
Cataluña Radio
Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona
Institut Català de Ciències del Clima (IC3)
Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona
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