Modificación de la autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena: actividad laboral y/o ámbito territorial (MOD07a)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Las personas extranjeras pueden solicitar, durante la vigencia de su autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena, la modificación del alcance de la autorización en cuanto a la ocupación y/o el ámbito territorial autorizados.

En caso de que se trate de una modificación de la ocupación se tendrá en cuenta si la situación nacional de ocupación permite la contratación.

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Para hacer el pago de este trámite es necesario disponer de tarjeta bancaria (crédito o débito).

Para realizar el trámite se puede presentar la solicitud directamente en el registro de las oficinas habilitadas para su recogida.

A quién va dirigido

A las personas extranjeras titulares de una autorización inicial de trabajo por cuenta ajena que quieren modificar la ocupación o el ámbito territorial de la autorización.

Organismo responsable

Normativa

Solicitar la modificación

Plazos

La modificación se puede solicitar en cualquier momento, durante la vigencia de la autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena de la que es titular la persona trabajadora.

Documentación

Documentación que debe adjuntar la persona solicitante (persona trabajadora extranjera):

Requisitos

Requisitos que deben cumplir las personas extranjeras

  1. Tener una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena vigente.
  2. Acreditar documentalmente que se tiene la capacitación y, en su caso, la calificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión.
  3. Si la modificación implica cambio de empresa, la persona trabajadora debe disponer de un contrato de trabajo, con fecha de inicio condicionada a la eficacia de la autorización, que garantice a la persona trabajadora una actividad continuada durante el periodo de vigencia de la autorización. Las condiciones fijadas en el contrato se ajustarán a las establecidas por la normativa laboral vigente para la misma actividad, categoría profesional.
  4. Si la modificación afecta al ámbito territorial, se debe justificar documentalmente la necesidad de modificar el ámbito territorial autorizado.
  5. Si la modificación afecta al empleo, la situación nacional de empleo debe permitir la contratación de la persona trabajadora extranjera.


Requisitos que debe cumplir la empresa

  1. Tener formalizada la inscripción en el régimen correspondiente del sistema de la Seguridad Social y encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias.
  2. Contar con medios económicos, materiales o personales suficientes para el desarrollo de la actividad y para atender las obligaciones asumidas en el contrato de trabajo.

Tasas

Para efectuar el pago es necesario disponer de tarjeta bancaria (crédito o débito). Vías de pago:

  • Por Internet, mediante la dirección: https://portal.lacaixa.es/pagos/impuestosrecibosmatriculas_ca.html, con tarjeta de crédito o débito de cualquier entidad bancaria
  • Mediante la red de cajeros automáticos "Servicaixa": con tarjeta de crédito o débito de cualquier entidad, o si se dispone, con una libreta o una cuenta corriente de "La Caixa" / CaixaBank.

Consultar las tasas
No hay que pagar tasa de residencia, ya que sólo se solicita autorización de trabajo. Están exentos de pagar la tasa de trabajo, con la justificación documental correspondiente, las autorizaciones de trabajo por un período igual o inferior a seis meses.

Otras informaciones

Beneficiarios
Las personas extranjeras con una autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena vigente.
Tramitación

  1. La autorización la debe solicitar la persona trabajadora personalmente o mediante representante legal, ante cualquiera de las oficinas habilitadas, o en cualquier registro administrativo de Cataluña.
  2. Cabe recordar que a las modificaciones de ámbito territorial, el órgano competente para resolver y donde se debe presentar la solicitud es el del territorio donde se quiere iniciar la actividad laboral.

Observaciones

  1. La autorización que se conceda no ampliará la vigencia de la autorización modificada.
  2. Si se quiere información más detallada, se puede ver el artículo 203 del Real decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, actualizado por la Ley orgánica 2/2009.

Presencialmente

Introduzca los datos que se le vaya solicitando y obtendrá el formulario de solicitud que tiene incorporada la carta de pago de la tasa de trabajo con el importe correspondiente.

Presencialmente:


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

Tel. 902627781

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