Liquidación de tasas generadas por las inspecciones periódicas de las empresas instaladoras
Información Rápida
Objetivo
Permite a las empresas instaladoras liquidar las tasas generadas por las inspecciones periódicas de instalaciones de equipos a presión y receptoras de gases combustibles.
¿Quién puede solicitarlo?
Empresas instaladoras.
Requisitos principales
- Ser una empresa instaladora.
- Realizar inspecciones periódicas de instalaciones de equipos a presión y receptoras de gases combustibles.
Plazos
La liquidación mensual debe presentarse dentro de los primeros 20 días del mes siguiente al período de liquidación. Las liquidaciones complementarias pueden presentarse en cualquier momento.
Duración del trámite
Variable, depende de la verificación de la liquidación.
Información adicional
Este trámite solo se puede realizar por internet. Las solicitudes presentadas por otros medios no serán válidas.
Resumen
Este trámite permite a las empresas instaladoras liquidar las tasas generadas por las inspecciones periódicas de instalaciones de equipos a presión y receptoras de gases combustibles. La liquidación se debe presentar mensualmente.
¿Quién puede usar este servicio?
Empresas instaladoras que realicen inspecciones periódicas de instalaciones de equipos a presión y receptoras de gases combustibles.
Lo que necesitas
Documentos requeridos
Plazos
- Liquidación mensual: dentro de los primeros 20 días del mes siguiente al período de liquidación.
- Liquidaciones complementarias: en cualquier momento.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Liquidar: Acceder al formulario de liquidación.
- Consultar el estado del trámite:
- Canal Empresa (con idCat Móvil o certificado digital).
- Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
- Teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
- Recibir la respuesta de la Administración: Se recibirá un acuse de recibo y copia del formulario enviado. La Oficina de Gestión Empresarial comunicará la finalización del trámite una vez verificada la liquidación.
Después de hacerlo
Qué sucede después
Una vez enviada la liquidación, la Oficina de Gestión Empresarial la verificará y comunicará a la empresa la finalización del trámite.
Ayuda
Normativa
- ITC-ICG 07 de instalaciones receptoras de combustibles gaseosos del Real decreto 919/2006
- Real decreto 809/2021, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión
- Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña