Instalaciones excluidas: notificar el informe anual del régimen de comercio
Información Rápida
Objetivo
Permite a las empresas y profesionales notificar el informe anual de emisiones de gases de efecto invernadero, cumpliendo con la normativa vigente para instalaciones excluidas del régimen de comercio de derechos de emisión.
¿Quién puede solicitarlo?
Empresas y profesionales titulares de instalaciones excluidas del régimen de comercio de derechos de emisión que emiten menos de 25.000 toneladas de CO2eq.
Requisitos principales
- Disponer de resolución de exclusión del régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.
Plazos
Del 1 de enero al 31 de marzo de cada año.
Duración del trámite
Variable, dependiendo de la corrección del informe y la necesidad de subsanaciones.
Resumen
Este trámite permite a las instalaciones excluidas del régimen de comercio de derechos de emisión (RCDE) notificar su informe anual de emisiones.
Quién puede usar este servicio:
Empresas y profesionales titulares de instalaciones que emiten menos de 25.000 toneladas de CO2 equivalente (CO2eq) y que disponen de una resolución de exclusión del RCDE.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Informe anual de emisiones de gases con efecto invernadero (XLS). Debe convertirse a PDF y adjuntar ambos archivos (Excel y PDF firmado).
- Pestaña Xa del Informe anual de emisiones de efecto invernadero (si aplica). Consultar las instrucciones en la pestaña del documento. Esta hoja no debe ir verificada. Sí la deben presentar: las instalaciones excluidas con arreglo a la disposición adicional cuarta de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, y el artículo 27 de la Directiva 2003/87/CE. No la deben presentar: las instalaciones excluidas por el artículo 7.2 y 7.3 del Real decreto 18/2019, de 25 de enero, y el artículo 27 bis de la Directiva 2003/87/CE.
- Informe de verificación (XLS), firmado por el titular y el verificador (Excel y PDF firmado).
- Documento de poderes (solo si el firmante utiliza un certificado digital de persona vinculada no inscrita en el Registro Mercantil).
Requisitos previos:
- Disponer de la resolución de exclusión del régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.
Costes y plazos:
- Este trámite no tiene tasas asociadas.
- El plazo para presentar el informe es del 1 de enero al 31 de marzo de cada año.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Presentar el informe anual:
- El trámite solo se puede realizar por internet.
- Necesitas idCAT Mòbil o un certificado digital.
- Accede al formulario de presentación.
- Adjunta los documentos requeridos.
- Recibirás un correo electrónico con el código identificador (ID) del trámite para su seguimiento.
- Consulta del estado del trámite:
- Puedes consultar el estado en Canal Empresa (con idCAT Móvil o certificado digital).
- También en 'Estado de mis gestiones' (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
- O llamando al 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
- Recibir la respuesta de la Administración:
- Si el informe es correcto, recibirás una notificación por correo electrónico.
- Si las emisiones exceden el máximo permitido, se te requerirá entregar derechos de emisión y/o solicitar autorización de emisiones.
- Si el informe es incorrecto, se te pedirá que lo enmiendes.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- La Administración revisará el informe presentado.
- Recibirás una notificación electrónica con la resolución.
Plazos de resolución:
- El tiempo de resolución puede variar dependiendo de la corrección del informe y la necesidad de subsanaciones.
Siguientes pasos:
- Si se te requiere, deberás entregar los derechos de emisión correspondientes o solicitar la autorización de emisiones.
- Si se te pide que enmiendes el informe, deberás hacerlo en el plazo indicado.
Ayuda
Contacto:
- Para problemas de tramitación, consulta el apartado de Apoyo a la tramitación de Trámites gencat.
- Si persiste el problema, verifica si hay cortes de servicio en Avisos y cortes de servicio de la Sede electrónica.
Recursos adicionales:
Normativa
- Ley 9/2020, de 16 de diciembre, por la que se modifica la Ley 1/2005.
- Real Decreto 317/2019, de 26 de abril.
- Real Decreto 18/2019, de 25 de enero.
- DIRECTIVA (UE) 2018/410.
- Real Decreto 301/2011, de 4 de marzo.
- Ley 13/2010, de 5 de julio.