Instalación generadora de autoconsumo sin excedentes hasta 100 kW
Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Objetivo
Este trámite permite realizar gestiones relacionadas con instalaciones generadoras de autoconsumo sin excedentes de hasta 100 kW.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas o jurídicas titulares de instalaciones generadoras de autoconsumo sin excedentes de hasta 100 kW.
Requisitos principales
- Cumplir con la normativa vigente en materia de instalaciones de autoconsumo.
- Presentar la documentación requerida según el tipo de trámite.
Plazos
Variable, dependiendo del tipo de trámite.
Duración del trámite
Variable, dependiendo del tipo de trámite.
Información adicional
Para más información, consulta las opciones disponibles y sus condiciones de tramitación.
Resumen
Este trámite permite a los titulares de instalaciones generadoras de autoconsumo sin excedentes de hasta 100 kW realizar diversas gestiones, como comunicar la puesta en servicio, modificar datos, cambiar la titularidad o dar de baja la instalación.
Quién puede usar este servicio:
- Personas físicas o jurídicas titulares de instalaciones de autoconsumo sin excedentes.
Antes de empezar:
- Asegúrate de tener toda la documentación necesaria según el trámite que quieras realizar.
Lo que necesitas
- La documentación requerida varía según el trámite específico (alta, modificación, etc.). Consulta los requisitos detallados para cada caso.
- Cumplir con la normativa vigente en materia de instalaciones de autoconsumo.
Cómo hacerlo
- Elige el trámite adecuado: Selecciona la opción que corresponda a tu necesidad: comunicar la puesta en servicio de una nueva instalación o ampliación, modificar datos, cambiar de titular o dar de baja la instalación.
- Prepara la documentación: Reúne todos los documentos requeridos según el trámite seleccionado.
- Realiza el trámite: Sigue las instrucciones proporcionadas para cada tipo de trámite.
Ayuda
- Contacto: Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica.
- Para más información, consulta las opciones disponibles y sus condiciones de tramitación en los siguientes enlaces: