Instalación generadora de autoconsumo acogida a la venta de excedentes de más de 100 kW
Información Rápida
Objetivo
Gestionar los trámites relacionados con instalaciones generadoras de autoconsumo acogidas a la venta de excedentes de más de 100 kW en Cataluña. Esto incluye la solicitud de autorizaciones, modificaciones y bajas de la instalación.
¿Quién puede solicitarlo?
Titulares de instalaciones generadoras de autoconsumo acogidas a la venta de excedentes de más de 100 kW.
Requisitos principales
- Cumplir con la normativa vigente en materia de instalaciones de autoconsumo y venta de excedentes.
- Presentar la documentación técnica y administrativa requerida para cada tipo de trámite.
- Disponer de una instalación que cumpla con los requisitos técnicos y de seguridad establecidos.
Plazos
Variable, según el tipo de trámite.
Duración del trámite
Variable, según el tipo de trámite.
Información adicional
Cada trámite tiene sus propios requisitos y documentación necesaria. Es importante seleccionar la opción correcta según el tipo de instalación y la gestión que se desea realizar.
Resumen
Este trámite permite realizar diversas gestiones relacionadas con instalaciones de autoconsumo que venden su energía sobrante a la red, siempre que superen los 100 kW de potencia. Puedes solicitar autorizaciones, modificar datos o dar de baja la instalación.
¿Qué necesitas hacer?
Consulta las diferentes opciones disponibles según tu caso:
- Solicitar la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación fotovoltaica sobre cubierta (nueva instalación y ampliación/reducción)
- Solicitar la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación fotovoltaica y eólica sobre el terreno (nueva instalación y ampliación/reducción)
- Solicitar autorización administrativa previa y construcción instalación de cogeneración, biogás, biomasa, residuos, hidroeléctrica y parques eólicos/plantas solares en suelo urbano que no requieran DUP ni AIA (nueva instalación y ampliación/reducción)
- Solicitar la autorización de explotación provisional para pruebas e inscripción previa en el RIPRE de una instalación generadora de autoconsumo acogida a la venta de excedentes de más de 100 kW (nueva instalación y ampliación/reducción)
- Solicitar la autorización de explotación definitiva de una instalación generadora de autoconsumo acogida a la venta de excedentes de más de 100 kW (nueva instalación y ampliación/reducción)
- Modificar, cambiar de titular o dar de baja la instalación